SECURITIZADORA SECURITY RFC SA./RIVEROS
Rol
C-10852-2020
Fecha
26 de enero de 2022
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 15 de julio de 2020 comparece el abogado Mat as Gauseí Swett, domiciliado en Paseo Estado N 235, oficina 1001, comuna de Santiago,° en representaci n de Inmobiliaria Mapsa S.A., sociedad an nima del giro Leasingó ó Habitacional, cuyo representante legal es su gerente general Francisco Montes Lyon, quien, a su vez, comparece en nombre y representaci n de Securitizadoraó Security S.A., entidad del giro de su denominaci n, domiciliada en Avenidaó Apoquindo N 3150, piso 7, comuna de Las Condes, e interpone demanda de° cumplimiento de sentencia arbitral, en procedimiento sumario, en contra de Lorena Paola Riveros Pizarro, empleada, domiciliada en el departamento 11 del edificio ubicado en calle Los Lebreles N 240, Block F, comuna de Pudahuel.° Refiere que, de acuerdo a la sentencia definitiva de fecha 21 de abril de 2016, dictada en el juicio arbitral por Hern n Retamal Vald s, seguido entre suá é representada y la demandada, se declar lo siguiente:ó UNO: Que se acoge la demanda de fojas 73 interpuesta en contra de“ do a LORENA PAOLA RIVEROS PIZARRO, ya individualizada, declar ndoseñ á resuelto el contrato de arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa celebrado entre las partes, respecto del inmueble ubicado en CALLE LOS LEBRALES 240 BLOCK F. DEPTO 11 DEL CONJUNTO LA ARBOLEDA 4 de la COMUNA DE PUDAHUEL. REGION METROPOLITANA, debiendo cancelarse la inscripci n del mismo que corre a fojas 94.763 n mero 85.219 deló ú Registro de Hipotecas y Grav menes del Conservador de Bienes Ra ces deá í Santiago, correspondiente al a o 2.005, por la causal de acumular cuatro aportesñ sin pagar. DOS: Que se condena a la parte demandada y a su grupo familiar a la restituci n del inmueble objeto del contrato, a INMOBILIARIA MAPSA SA, enó representaci n de SECURITIZADORA SECURITY SA, con sus cuentas deó consumos y servicio al d a y en similar estado a aquel en que le fue entregada,í dentro del plazo de diez d as h biles contados desde la fecha en que la presenteí
Fundamentos
considerando tercero precedente, a 268 Unidades de Fomento. CINCO: Que se ordena notificar lo resuelto al Servicio de Vivienda y Urbanismo. SEIS: Que la parte demandada deber pagar las costas de la causa. .á ” Acusa que a la fecha de su presentaci n, la demandada no ha dadoó cumplimiento a la sentencia, adeudando por rentas impagas, al mes de marzo de 2016, la suma de UF 52,5823, correspondiendo adicionarle las rentas hasta junio de 2020. Afirma que la acci n ejecutiva para exigir el cumplimiento de la se aladaó ñ sentencia arbitral se encuentra prescrita, pero que en virtud de lo dispuesto en los art culos 2515 del C digo Civil y 680 N 7 del C digo de Procedimiento Civilí ó ° ó procede demandar a trav s de procedimiento sumario el cumplimiento de dichaé sentencia arbitral. Termina solicitando que se tenga por interpuesto el libelo contra la demandada ya individualizada y que en definitiva se declare: a) Que se ordena cancelar la inscripci n del contrato de arrendamientoó con promesa de compraventa rolante a fojas 94.763 n mero 85.219 del Registroú de Hipotecas y Grav menes del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,á í correspondiente al a o 2005.ñ b) Que se condene a la demandada al pago de las rentas a las que fue condenada, las que al 10 de junio del 2020 suman 316,111 Unidades de Fomento, equivalentes a ese d a a $ 9.077.304, m s las que se devenguen hasta laí á entrega efectiva de la propiedad. c) Que se ordene la restituci n dentro de tercero d a de notificada laó í sentencia, o en el plazo que el tribunal estime, el departamento 11, ubicado en calle Los Lebreles N 240, Block F, comuna de Pudahuel, bajo el apercibimiento° de que si no se realiza voluntariamente al momento de su notificaci n, procederó á el lanzamiento de la demandada y de los dem s ocupantes de la propiedad, con elá auxilio de la fuerza p blica.ú d) Que se condene a la demandada al pago de la multa a la que fue condenada, de 268 Unidades de Fomento, equivalentes al 10 de junio del 2020 a equivalentes a $ 7.695.770. Con fecha 5 de octubre de 2020 se notific la demanda y sus prove dos,ó í en la forma prevista por el inciso segundo del art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Con fecha 9 de noviembre de 2020 se celebr el comparendo de estilo,ó con la asistencia del apoderado de la parte demandante y de la demandada. Se tuvo por evacuado el tr mite de contestaci n en rebeld a. Adem s, el tribunalá ó í á llam a las partes a conciliaci n, la que no se produjo.ó ó Con fecha 10 de noviembre de 2020 se recibi la causa a prueba,ó fij ndose los hechos sustanciales y pertinentes sobre los cuales sta hubo de recaer.á é Con fecha 28 de diciembre de 2021 se cit a las partes para o ró í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Securitizadora Security S.A., a trav s de Administraci né ó y Recaudaci n SpA, interpone demanda de cumplimiento de sentencia arbitral enó contra de Lorena Paola Riveros Pizarro. SEGUNDO: Que la demandada se mantuvo rebelde durante toda la tramitaci
Fallo
se declara que la demandada pierde a t tulo de multa oí pena por los perjuicios causados, el equivalente al cuarenta por ciento del precio de la compraventa prometida, esto es, seg n el documento referido en elú considerando tercero precedente, a 268 Unidades de Fomento. CINCO: Que se ordena notificar lo resuelto al Servicio de Vivienda y Urbanismo. SEIS: Que la parte demandada deber pagar las costas de la causa. .á ” Acusa que a la fecha de su presentaci n, la demandada no ha dadoó cumplimiento a la sentencia, adeudando por rentas impagas, al mes de marzo de 2016, la suma de UF 52,5823, correspondiendo adicionarle las rentas hasta junio de 2020. Afirma que la acci n ejecutiva para exigir el cumplimiento de la se aladaó ñ sentencia arbitral se encuentra prescrita, pero que en virtud de lo dispuesto en los art culos 2515 del C digo Civil y 680 N 7 del C digo de Procedimiento Civilí ó ° ó procede demandar a trav s de procedimiento sumario el cumplimiento de dichaé sentencia arbitral. Termina solicitando que se tenga por interpuesto el libelo contra la demandada ya individualizada y que en definitiva se declare: a) Que se ordena cancelar la inscripci n del contrato de arrendamientoó con promesa de compraventa rolante a fojas 94.763 n mero 85.219 del Registroú de Hipotecas y Grav menes del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,á í correspondiente al a o 2005.ñ b) Que se condene a la demandada al pago de las rentas a las que fue condenada, las que al 10 de junio del 2020 su
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10852-2020 CARATULADO : SECURITIZADORA SECURITY RFC SA. / RIVEROS Santiago, veintis is de enero de dos mil veintid sé ó VISTO: Con fecha 15 de julio de 2020 comparece el abogado Mat as Gauseí Swett, domiciliado en Paseo Estado N 235, oficina 1001, comuna de Santiago,° en representaci n de Inmobiliaria Mapsa S.A.,
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