EMPRESAS DEMARIA S.A./CAÑETE
Rol
C-391-2021
Fecha
26 de enero de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio n° 1, a lo principal y rectificaci n de folio n° 4,ó comparece Enzo Leonardo Coppa Hurtado, abogado, en representaci n judicial deó Empresas DEMARIA S.A., con domicilio para estos efectos en Avda. Nueva Providencia 1881, Of. 2006-2007, Providencia, Santiago, e interpone demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de Rafaelí Claudio Ca ete Moreno, de profesi n u oficio desconocido, con domicilio enñ ó calle Rawson 318, comuna de Valpara so, a fin que se condene alí demandado a pagar a su representada, la suma de $3.891.443.-, reajustada, m s intereses y costas.á A folio n° 10, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a delí demandado. A folio n° 23, se llev a efecto la audiencia de conciliaci n, la queó ó no pudo prosperar, dada la inasistencia del demandado. A folio n° 26, se recibi la causa a prueba.ó A folio n° 34, se reactiv a petici n de parte el t rmino probatorio,ó ó é sin que las partes rindieran testimonial. A folio n° 47, se cit a las partes para o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal de folio n° 1 y rectificaci n de folioó n° 4, comparece Enzo Leonardo Coppa Hurtado, abogado, en representaci nó judicial de Empresas DEMARIA S.A., con domicilio para estos efectos en Avda. Nueva Providencia 1881, Of. 2006-2007, Providencia, Santiago, e interpone demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuant a,í en contra de Rafael Claudio Ca ete Moreno, de profesi n u oficioñ ó desconocido, con domicilio en calle Rawson 318, comuna de Valpara so, a finí que se condene al demandado a pagar a su representada, la suma de $3.891.443.-, reajustada, m s intereses y costas.á Funda su demanda en la deuda que mantiene el demandado por concepto de precios de compraventas mercantiles, celebradas entre las partes, que se encuentran contenidas en los siguientes documentos: 1) Factura electr nica Nº 569411, de fecha 29 de noviembre de 2019, poró $1.380.226.- Respecto de la cual se registra un abono de $1.060.000.-; siendo, en consecuencia, el monto adeudado, la suma de $320.226.-; 2) Factura electr nica Nº 569750, de fecha 4 de diciembre de 2019, poró $453.997.-; 3) Factura electr nica Nº 569962, de fecha 9 de diciembre deó 2019, por $452.068.-; 4) Factura electr nica Nº 570151, de fecha 11 deó diciembre de 2019, por $384.672.-; 5) Factura electr nica Nº 570524, deó fecha 18 de diciembre de 2019, por $85.428.-; 6) Factura electr nica Nºó 570523, de fecha 18 de diciembre de 2019, por $873.981.-; 7) Factura electr nica Nº 560086, de fecha 26 de diciembre de 2019, poró $1.321.071.- Se ala que el valor expresado incluye los impuestos que lo gravan,ñ siendo las facturas individualizadas representativas de ventas de art culosí realizadas por su representada al demandado, debida y oportunamente entregadas conforme a sus instrucciones. Finalmente, invoca los art culo 1793 y siguientes de C digo Civil, y losí ó art culo 130 y siguientes de C digo de Comercio, y agrega que elí ó demandado, hasta la fecha, no ha cumplido con la obligaci n de pagar eló precio de la mencionada compraventa. Por lo anterior, solicita tener por deducida demanda ordinaria de menor cuant a de cobro de pesos en contra de Rafael Claudio Ca eteí ñ Moreno, ya individualizado, y en definitiva, se le condene a pagar el precio de la compraventa que da cuenta las facturas, por la suma de $3.891.443-, m s reajustes, intereses y costas.á SEGUNDO: Que a folio n° 10, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a del demandado.í TERCERO: Que a folio n° 23, se llev a efecto la audiencia deó conciliaci n, la que no pudo prosperar dada la inasistencia del demandado.ó CUARTO: Que a folio n° 26, se recibi la causa a prueba.ó QUINTO: Que a folio n° 34, se reactiv a petici n de parte eló ó t rmino probatorio, sin que las partes rindieran testimonial.é SEXTO: Que para acreditar sus asertos el demandante acompa añó folio n° 1, los siguientes documentos en el sistema computacional: 1) Factura electr nica Nº 569411, de fecha 29 de noviembre deó 2019, por $1.3
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los art culos 130, 139, 144 y 155 de C digo de Comercio, art culo 1698 deí ó í C digo Civil, art culos 144, 253, 254, 346, 430, 432 y 698 de C digo deó í ó Procedimiento Civil, y art culos 1°, 2° y 2° Bis de la ley N° 19.983, seí declara: 1.- Que se acoge la demanda deducida en lo principal de folio n° 1, y en consecuencia, se condena al demandado, Rafael Claudio Ca ete Moreno,ñ ya individualizado, a pagar a la parte demandante, Empresas DEMARIA S.A., la suma de $3.891.443.- (Tres millones ochocientos noventa y un mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos), por concepto de capital, m s reajustes eá intereses desde esta fecha hasta la de su pago efectivo. 2.- Que se condena en costas a la parte demandada. Reg strese y, en su oportunidad, arch vese.-í í Rol N° C-391-2.021 (C. Principal).- Pronunciada por Patricia Montenegro V squez, Juez Titular.á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, veintis is de Enero de dos mil veintid sé ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-26T10:56:5
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-391-2021 CARATULADO : EMPRESAS DEMARIA S.A./CA ETEÑ Valparaiso, veintis is de Enero de dos mil veintid sé ó VISTO: A folio n° 1, a lo principal y rectificaci n de folio n° 4,ó comparece Enzo Leonardo Coppa Hurtado, abogado, en representaci n judicial deó Empresas DEMARIA S.A., con domicilio para estos efectos
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