SCOTIABANK CHILE S. A./GRUPO GESTIÓN LIMITADA
Rol
C-15368-2020
Fecha
26 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 9 de octubre de 2020, comparece en autos doña Alejandra Amar Zaninetti, abogada, en representación convencional de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, representada por su gerente general don Francisco Sardón de Taboada, abogado, ambos con domicilio en Avenida Costanera Sur N°2710, Torre A, comuna de Las Condes, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Sociedad Gestión Limitada, en su calidad de deudora principal, representada por doña Cristina Anai Rozas Albornoz, de quien ignora profesión u oficio, y doña Cristina Anai Rozas Albornoz, ya individualizada, en su calidad de avalista, ambos domiciliados en calle Girardi N°1194, comuna de Providencia y/o calle Condell N°1415, comuna de Santiago, fundada en los antecedentes de hecho y derecho que se reseñan a continuación. Funda su demanda en que la demandada es deudora de las siguientes obligaciones que constan en los siguientes documentos: 1. Pagaré Nº 710085751988, suscrito con fecha 4 de diciembre de 2019 por la suma de $15.000.000.- por concepto de capital, la que devengaría intereses a una tasa del 0,90% mensual. Agrega que el capital e intereses debían ser pagados conjuntamente en 36 cuotas mensuales y sucesivas, cada una por $499.424.-, con vencimientos los días 2 de cada mes, a partir del 2 de marzo de 2020 y hasta el 2 de febrero de 2023. Manifiesta que en caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte de una cualquiera de las cuotas en que se divide la obligación, se devengaría a partir de esa fecha la tasa de interés máxima convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripción del pagaré, a menos que la que rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrará ésta última; estipulándose también que este mismo hecho facultaba al acreedor para hacer exigible el saldo insoluto de la obligación, como si fuere de plazo vencido. C-15368-2020 Foja: 1 Precisa que doña Cristina Anai Rozas Albornoz se constituyó en avalista de la deudora principal, r
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 9 de octubre de 2020, comparece en autos doña Alejandra Amar Zaninetti, abogada, en representación convencional de Scotiabank Chile, representada por su gerente general don Francisco Sardón de Taboada, e interpone demanda ejecutiva en contra de Sociedad Gestión Limitada, en su calidad de deudora principal, representada por doña Cristina Anai Rozas Albornoz, y doña Cristina Anai Rozas Albornoz, en su calidad de avalista, todos ya individualizados y, con su mérito, solicitan despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo respecto de la sociedad Grupo Gestión Limitada, por la suma de $ 19.388.742.-; y respecto de doña Cristina Anai Rozas Albornoz, por la suma de $ 14.905.430.-, más intereses, y ordenar que se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo; SEGUNDO: Que, la ejecutada, opuso a la ejecución, respecto de los tres pagarés acompañados por la ejecutante, las excepciones contempladas en los numerales 11 y 2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la concesión de esperas o la prórroga del plazo; y la falta de capacidad del demandante, o de personería o representación legal del que comparezca a su nombre; C-15368-2020 Foja: 1 TERCERO: Que, el demandante con la finalidad de acreditar el sustrato fáctico de su acción, allegó en autos como título ejecutivo, tres pagarés, uno suscrito el 4 de diciembre de 2019, y los otros dos el 14 de septiembre de 2020, y que corren custodiados bajo el N°4789-2020; CUARTO: Que, a fin avalar sus dichos, la demandada no allegó al proceso prueba alguna; QUINTO: Que, la primera excepción propuesta por el ejecutado, esto es, la concesión de esperas o la prórroga del plazo, el ejecutado la opuso respecto de los tres pagarés acompañados por la ejecutante, y la funda en que concurrió a las dependencias de la entidad bancaria y sostuvo innumerables reuniones con ejecutivos del factoring, tendientes a obtener prorrogas para el pago de sus acreencias, accediendo la contraria a la concesión de esperas o prorroga de sus créditos, negociación que fue aprobada de común acuerdo; SEXTO: Que, evacuando el traslado conferido respecto a la excepción en comento, la ejecutante señala que su parte no ha otorgado ninguna prórroga de plazo en el cumplimiento de la obligación al ejecutado de autos; SÉPTIMO: Que, entrando en el análisis de la excepción opuesta, es menester tener presente que esta tiene el carácter de excepción de dilación, esto es, aquellas que permiten rechazar momentáneamente la demanda ejecutiva sin extinguir la obligación. La prórroga es una convención nueva entre acreedor y deudor por la que estipulan un mayor plazo que el primitivamente acordado. En cambio, la espera es el plazo que el acreedor concede a su deudor para el pago de sus deudas. En consecuencia, probada la excepción de concesión de espera o la p
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, encontrándose ambas partes notificadas. Con fecha 29 de noviembre de 2021, encontrándose la causa en estado, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 9 de octubre de 2020, comparece en autos doña Alejandra Amar Zaninetti, abogada, en representación convencional de Scotiabank Chile, representada por su gerente general don Francisco Sardón de Taboada, e interpone demanda ejecutiva en contra de Sociedad Gestión Limitada, en su calidad de deudora principal, representada por doña Cristina Anai Rozas Albornoz, y doña Cristina Anai Rozas Albornoz, en su calidad de avalista, todos ya individualizados y, con su mérito, solicitan despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo respecto de la sociedad Grupo Gestión Limitada, por la suma de $ 19.388.742.-; y respecto de doña Cristina Anai Rozas Albornoz, por la suma de $ 14.905.430.-, más intereses, y ordenar que se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo; SEGUNDO: Que, la ejecutada, opuso a la ejecución, respecto de los tres pagarés acompañados por la ejecutante, las excepciones contempladas en los numerales 11 y 2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la concesión de esperas o la prórroga del plazo; y la falta de capac
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C-15368-2020 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-15368-2020 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./GRUPO GESTIÓN LIMITADA Santiago, veintiséis de Enero de dos mil veintidós VISTOS Con fecha 9 de octubre de 2020, comparece en autos doña Alejandra Amar Zaninetti, abogada, en representación convencional de Scotiabank Chile, sociedad anónima banca
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