Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara

CLARA LUZ ROSALES LAGOS C/ JAIME ENRIQUE MORA QUIROZ

Rol

O-58-2020

Fecha

24 de septiembre de 2025

Materia

ABUSO SEXUAL CON CONTACTO DE MENOR DE 14 AÑOS. ART. 366 BIS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación y los antecedentes de investigación que la fundan. Sentencia en procedimiento abreviado. Ámbito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC N° 1901088615-8 RIT 58 - 2020 Juez redactor FELIPE GABRIEL FICA ÁLVAREZ. RELACIONES: JAIME ENRIQUE MORA QUIROZ/ ABUSO SEXUAL CON CONTACTO DE MENOR DE 14 AÑOS. ART. 366 BIS. Resultado CONDENADO JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE SANTA BÁRBARA C/ JAIME ENRIQUE MORA QUIROZ Santa Bárbara, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Por estas motivaciones, y visto además de las normas ya citadas, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y 9, 13, 14, 15, 30, 49, 50, 366 bis, 366 ter, 370 bis y 372 del Código Penal; artículos 36, 38, 45, 406, 407, 409, 410, 412 y 413 del Código Procesal Penal; 1, 15, y siguientes de la Ley 18.216; artículos 1, 5 y 9 de la Ley 20.066; y articulo 17 de la Ley 19.970, se resuelve que: I.- Se condena a JAIME ENRIQUE MORA QUIROZ, C.I. 9.054.922-7, ya individualizado, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor en el delito consumado de abuso sexual impropio, previsto y sancionado en el artículo 366 bis en relación con el artículo 366 ter, ambos del Código Penal, cometido en el contexto de violencia intrafamiliar, de acuerdo al artículo 5 de la Ley 20.066, por los hechos acaecidos en esta jurisdicción con fecha 06 de octubre del año 2019. II. Que, conforme al artículo 9 letra b) de la Ley 20.066, se le impone como pena accesoria la prohibición de acercarse a la víctima de iniciales A.E.M.R., ya sea en su domicilio -que el Código: VHMJBDCGXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P á g i n a | 2 Ministerio Público comunicará de forma privada al Tribunal-, a su lugar de estudios o cualquier lugar

Fallo

Por estas motivaciones, y visto además de las normas ya citadas, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y 9, 13, 14, 15, 30, 49, 50, 366 bis, 366 ter, 370 bis y 372 del Código Penal; artículos 36, 38, 45, 406, 407, 409, 410, 412 y 413 del Código Procesal Penal; 1, 15, y siguientes de la Ley 18.216; artículos 1, 5 y 9 de la Ley 20.066; y articulo 17 de la Ley 19.970, se resuelve que: I.- Se condena a JAIME ENRIQUE MORA QUIROZ, C.I. 9.054.922-7, ya individualizado, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor en el delito consumado de abuso sexual impropio, previsto y sancionado en el artículo 366 bis en relación con el artículo 366 ter, ambos del Código Penal, cometido en el contexto de violencia intrafamiliar, de acuerdo al artículo 5 de la Ley 20.066, por los hechos acaecidos en esta jurisdicción con fecha 06 de octubre del año 2019. II. Que, conforme al artículo 9 letra b) de la Ley 20.066, se le impone como pena accesoria la prohibición de acercarse a la víctima de iniciales A.E.M.R., ya sea en su domicilio -que el Código: VHMJBDCGXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P á g i n a | 2 Ministerio Público comunicará de forma privada al Tribunal-, a su lugar de estudios o cualquier lugar qu

Texto Completo (Preview)

P á g i n a | 1 Individualización de Audiencia de Procedimiento Abreviado. Fecha Santa Bárbara, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Magistrado FELIPE GABRIEL FICA ÁLVAREZ. Fiscal JUAN CARLOS VARGAS ASTORGA. Defensor Privado RODRIGO VIVANCO CORVALÁN. Hora inicio 11:08 Hora término 11:48 Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara Acta brv RUC 1901088615-8 RIT

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