2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

LATITUD SECURITY S.A./DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO

Rol

I-283-2022

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: Que con fecha 31 de agosto de 2022, comparece ante este Tribunal LATITUD SECURITY S.A., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.264.235-2, ambos domiciliados para estos efectos en calle Málaga 115, oficina 402, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, deduce reclamo judicial de multa, en procedimiento monitorio, en contra de la Resolución de Multa N° 8444/22/14 de fecha 22 de julio de 2022, dictada por don Sebastián Andrés Hidalgo León, fiscalizador de la Inspección comunal del Trabajo Santiago Oriente, conforme a los antecedentes de hecho y derecho que expone. Que, realizadas las audiencias de rigor, se fija como fecha de dictación de sentencia el día 22 de diciembre de 2022.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el reclamante y funda su reclamo señalando que con fecha 15 de julio de 2022, don Sebastián Hidalgo León, le notificó del inicio de fiscalización N°2480/22/22, correspondiente a la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente, en la cual le solicitó por parte del inspector: “Exhibir la documentación requerida en formulario inspectivo FI-4-1, lo anterior respecto del accidente ocurrido al trabajador Ricardo Burgos Fuentes”. Agrega, que se le señaló que la documentación debía ser enviada mediante correo electrónico a la casilla shidalgo@dt.gob.cl el día 21 de julio de 2022 hasta las 18:00 horas. Respecto a lo anterior, sostiene que con fecha 20 de julio de 2022, don Felipe Pinto López, Jefe de recursos humanos de su parte, envió al Fiscalizador mediante correo electrónico la documentación solicitada Explica que, con fecha 09 de agosto de 2022, fue notificada mediante correo electrónico de la resolución de Multa N° 8444/22/14, en virtud de la cual, y a raíz de la fiscalización realizada por el fiscalizador don Sebastián Hidalgo León, con fecha 21 de julio de 2022, se le sancionó por el siguiente hecho: 1.- “No denunciar al organismo administrador Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) en un plazo no superior a 24 horas de conocido el accidente que afectó con fecha 19.01.2021, al trabajador don Ricardo Sebastián Burgos Fuentes, C.I. 7.625.707-8 que puede ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte, hecho ocurrido en la vía pública, específicamente en las dependencias del establecimiento comercial Servicentro Copec, ubicado en Eduardo Frei Montalva N°512, provincia del Cachapoal, comuna de Rancagua. Tal hecho es un incumplimiento a las obligaciones legales sobre prevención a los eventuales accidentes del trabajo y dificulta a la autoridad disponer ante el empleador las medidas necesarias e indispensables para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.” Añade que a juicio del fiscalizador lo anterior constituiría la siguiente infracción: No denunciar al organismo administrador respectivo el accidente o enfermedad profesional, infringiendo los artículos 76 inciso 1° de la ley 16.744 y artículos 71 y 72 del D.S. N°101 de 1968, del Ministerio del trabajo y Previsión Social, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo, a lo cual correspondería la multa de 60,00 UTM, equivalentes a $3.494.880.- Explica que, el ex trabajador Ricardo Burgos Fuentes, fue contratado con fecha 07 de abril de 2020 para desempeñarse en el cargo de Guardia de Seguridad/Vigilancia, debiendo prestar sus servicios en las faenas del cliente ENEL, ubicadas en ubicadas en Camino Sauzal S/N, Comuna de Machalí, bajo una jornada ordinaria de 45 horas semanales distribuidas en turnos rotativos de lunes a domingo. Añade que, con fecha 20 de enero de 2022, se le informó que el trabajador no se encontraba en su puesto de trabajo y que tampoco habría realizado las rondas correspondientes el día anterior en su turno nocturno.

Fallo

SE RESUELVE: I. Que SE RECHAZA la solicitud principal de dejar sin efecto y la subsidiara de rebaja de la Resolución de Multa N° 8444/22/14 de fecha 22 de julio de 2022, dictada por don Sebastián Andrés Hidalgo León, fiscalizador de la Inspección comunal del Trabajo Santiago Oriente. II. Que, cada parte pagará sus costas. Devuélvase los antecedentes probatorios aportados, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, y archívense los antecedentes en su oportunidad, quedando las partes notificadas con esta fecha. RIT I-283-2022 RUC 22- 4-0425515-4 DICTADA POR DOÑA LEILA CORVACHO GAETE, JUEZA SUPLENTE SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS: Que con fecha 31 de agosto de 2022, comparece ante este Tribunal LATITUD SECURITY S.A., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.264.235-2, ambos domiciliados para estos efectos en calle Málaga 115, oficina 402, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 503 d

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