VILLEGAS/
Rol
V-49-2020
Fecha
26 de enero de 2022
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece doña Eliana Villegas Urrutia, labores de casa, domiciliada en Panamericana Norte Km 122 El Melón, quien quienes deducen gestión voluntaria de insinuación de donación, solicitando la autorización judicial correspondiente para efectuar distintas donaciones de inmuebles a sus hijos matrimoniales. Indica que debido al fallecimiento de su cónyuge don Ruperto Vásquez Estay, se concedió la posesión efectiva testada de sus bienes, a su persona en el carácter de cónyuge sobreviviente y a nuestros hijos matrimoniales, Silvia de las Mercedes, María Isabel, Viviana del Carmen y Ruperto Eduardo todos de apellido Vásquez Villegas. – Añade que entre los bienes, estaba comprendida en la herencia la sociedad “Ruperto Vásquez Estay y Compañía Limitada” Rut N° 76.957.490-5, con domicilio en la ciudad y comuna de Nogales, que se constituyó mediante escritura pública de fecha 31 de agosto de 2007, otorgada ante el Notario Público Suplente de La Calera doña Giselle Tapia Romo, publicada en extracto en el Diario Oficial de fecha 13 de septiembre de 2007 e inscrita a fojas 88 N° 101 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Calera del año 2007. Señala que el testamento dejado por el causante don Ruperto Vásquez Estay y la resolución que concede la posesión efectiva de sus bienes se encuentran inscritos a fojas 1937 vuelta N° 1225 y a fojas 1936 N° 124 del Registro de Propiedad del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de La Calera. – Que, como consecuencia de la herencia quedada al fallecimiento de don Ruperto Vázquez Estay, se modificó la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA” mediante escritura pública de fecha 20 de junio de 2019 suscrita ante Notario de Quillota don Julio Abuyeres Jadue, publicada en extracto en el Diario Oficial de fecha 13 de julio de 2019; esta escritura fue rectificada por otra suscrita ante Notario de Quillota don Julio Abuyeres Jadue, con fecha 8 de agosto de 2019, publicada en el Diario Ofici
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, doña Eliana Villegas Urrutia, ya individualizada, dedujo deducen gestión voluntaria de insinuación de donación, solicitando la autorización judicial correspondiente para efectuar distintas donaciones de bienes muebles a sus hijos matrimoniales doña Silvia de las Mercedes, María Isabel, doña Viviana del Carmen y don Ruperto Eduardo todos de apellido Vásquez Villegas. Rol V-49-2021 Al respecto solicita autorización para donar el 90% de los derechos y acciones que me corresponde en la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA”, reservándose el 10 % de los mismos, por lo que la donación que proyecta corresponde al 90% de sus derechos sociales, o sea, la suma de $ 531.360.011 y desea donarla a sus hijos matrimoniales en justas e iguales partes: a) para Silvia de las Mercedes Vásquez Villegas la suma de $ 132.840.003.- correspondiente al 16,2% del capital social; b) para María Isabel Vásquez Villegas la suma de $ 132.840.003.- correspondiente al 16,2% del capital social; c) para Viviana del Carmen Vázquez Villegas la suma de $ 132.840.003.- correspondiente al 16,2% del capital social; y, d) para Ruperto Eduardo Vásquez Villegas la suma de $ 132.840.003.- correspondiente al 16,2% del capital social.- Total donación $ 531.360.011 equivalente al 64,8 % del capital social.- SEGUNDO: Que, para fundar la solicitud, se acompañaron a la misma los siguientes documentos: 1. Copia de escritura pública de constitución de la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA”. 2. Inscripción de constitución de la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Calera. 3. Copia de modificación de la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA” escritura de fecha 20 de junio de 2019 Notaría de Quillota Julio Abuyeres Jadue. 4. Inscripción de modificación, rectificación y saneamiento de modificación año 2019. 5. Certificado de composición de la sociedad Inscripción de constitución de la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en los Registros del Servicios de Impuestos Internos. - 6. Copia de formulario 22 de Declaración de Renta de la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA”, año Tributario 2020 en que consta el valor de la sociedad. 7. Certificado de Matrimonio de la donante. 8. Certificado de Defunción del cónyuge de la donante. 9. Certificado de Nacimiento de María Isabel Vásquez Villegas. 10. Certificado de Nacimiento de Silvia de las Mercedes Vásquez Villegas. 11. Certificado de Nacimiento de Viviana del Carmen Vásquez Villegas. 12. Certificado de Nacimiento de Ruperto Eduardo Vásquez Villegas. 13. Resolución del Juzgado de La Calera que concede posesión efectiva de don Ruperto Vásquez Estay. - 14. Copia de Inventario de Bienes de la posesión efectiva de don Ruperto Vásquez Estay. 15. Certificado médico que da cuenta del estado de salud de la donante. - Durante la tramitación de la causa, acompañ
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en las normas citadas, y en los artículos 1386, 1387 y siguientes del Código Civil; artículos 889 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y en la Ley N°16.271 cuyo texto refundido consta en el DFL N° 1 del mes de mayo de 2020, SE DECLARA QUE: Que, aprueba la solicitud de folio 1, y en consecuencia, se autoriza a la parte solicitante, doña Eliana Villegas Urrutia, dueña del 72% del total del capital de la sociedad “RUPERTO VASQUEZ ESTAY Y COMPAÑÍA LIMITADA” Rut N° 76.957.490-5, para donar a título de mera liberalidad un porcentaje total de 90% de sus derechos sociales, - reservando para sí el 10% restante - en una proporción de 16,2% para cada uno de sus hijos: doña Silvia de las Mercedes Vásquez Villegas, Cédula de identidad N° 7.672.166-1, a doña María Isabel Vásquez Villegas cédula de identidad N° 9.282.359- Rol V-49-2021 8; a doña Viviana del Carmen Vázquez Villegas, cédula de identidad N° 7.672.165-3, y a don Ruperto Eduardo Vásquez Villegas, cédula de identidad N° 8.154.087-K. Regístrese, notifíquese, déjese copia en el legajo correspondiente y en su oportunidad, archívese. Rol V-49-2020 Dictada por Catalina Lagos Gómez, Juez de este Juzgado de Letras y Laboral de La Calera. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Calera, veintiséis de Enero de dos mil veintidós Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificado
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Rol V-49-2021 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO: Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL: V-49-2020 CARATULADO: VILLEGAS/ La Calera, veintiséis de Enero de dos mil veintidós VISTOS: A folio 1, comparece doña Eliana Villegas Urrutia, labores de casa, domiciliada en Panamericana Norte Km 122 El Melón, quien quienes deducen gestión voluntaria de insinuación de donación, solicitan
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