MIRANDA/AGRÍCOLA FUNDO VITAHUE LIMITADA
Rol
O-34-2021
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Otras Indemnizaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen doña Gricelda Rosa Miranda Muñoz, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 9.641.295-9, domiciliada en Población Escorial 19, La Viña, Cabildo; don Jose Adolfo Miranda Muñoz, trabajador dependiente, cédula nacional de identidad número 9.815.613-5, domiciliado en Población El Cuadro Sitio 18, La Viña, Cabildo; don Jorge Antonio Miranda Muñoz, trabajador dependiente, cédula nacional de identidad número 10.222.219-9, domiciliado en Camino Alicahue, Sitio 5, La Viña, Cabildo; don Luis Alberto Miranda Muñoz, trabajador dependiente, cédula nacional de identidad número 14.415.029-5, domiciliado en Camino Alicahue Sitio 66, La Viña, Cabildo; don David del Transito Miranda Muñoz, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número 12.399.385-3, domiciliado en Camino Alicahue Sitio 66, La Viña, Cabildo, don Gabriel Alfredo Miranda Muñoz, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número 8.854.039-5, domiciliado en Los Naranjos Casa 54, San José de Piguchén, Putaendo y don Juan Amable Miranda Muñoz, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número 9.823.705-4, domiciliado en pasaje Pablo Neruda 210, Villa El Rosario, Cerrillos de Tamaya, Ovalle. Invocando la calidad de sucesores, en nombre y representación de don Ricardo Enrique Miranda Muñoz, cédula nacional de identidad número 12.816.382-4, ejercen acción de indemnización de perjuicios derivados de accidente del trabajo, en contra de Agrícola Fundo Vitahue Limitada, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.620.930-9, representada legalmente por don Juan Pablo Javier Fernández Pérez, agricultor, cédula nacional de identidad número 6.789.616-, ambos domiciliados en Quebrada de Vitahue sin número, Cabildo. SEGUNDO: Que los actores reclaman el pago de la suma de $400.000.000.- (cuatrocientos millones de pesos) por concepto de indemnización del daño moral experimentado por don Ricardo Enrique Miranda Muño
Fallo
Por tanto, la “conducta asumida consiste en el grado de culpa o deber de diligencia que pesa sobre el deudor. Toda obligación conlleva un determinado grado de diligencia que está dado por la culpa de la cual responde. Tratándose de la responsabilidad contractual, la ley distingue tres tipos diversos de culpa: la grave, la leve y la levísima”. Y la prestación es “la descripción del resultado que se proyecta alcanzar con el contrato, y concretamente, con aquello que se trata de dar, hacer o no hacer”. (Rodríguez Grez, Pablo, Responsabilidad Contractual, Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 2005, págs. 121 y 130). Así, conforme al artículo 184 del Código del Trabajo, la conducta que asumió Agrícola Fundo Vitahue Limitada, al celebrar el contrato de trabajo, fue la de tomar todas medidas de protección respecto a la vida y salud del actor, por ende, es a su respecto un deudor de seguridad. Pero dicha obligación no fue cumplida por la empresa, toda vez que no contó con implementos de seguridad, ni para asistir a Ricardo Miranda en su evento alérgico. Más aún, fue tal la demora en su atención médica que finalmente fallecería producto del shock anafiláctico por la picadura de abeja sufrida en su lugar de trabajo, mientras realizaba sus labores. De esta manera el incumplimiento de la obligación de seguridad se configura cuando, esta obligación (que es de medios) no se cumple con el grado de diligencia que le era exigible. Nuestra doctrina y la jurisprudencia están contestes que el
Texto Completo (Preview)
La Ligua, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen doña Gricelda Rosa Miranda Muñoz, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 9.641.295-9, domiciliada en Población Escorial 19, La Viña, Cabildo; don Jose Adolfo Miranda Muñoz, trabajador dependiente, cédula nacional de identidad número 9.815.613-5, domiciliado en Población El Cuadro
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica