1º Juzgado Civil de Rancagua

PARRAGUEZ/I. MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA

Rol

C-4168-2021

Fecha

25 de enero de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 4 de octubre de 2021, comparece do a ñ Noem Delí Carmen Parraguez Palma, labores de casa, domiciliada en Pasaje Mateo Aguilar N 969, Poblaci n Manso de Velasco, comuna de Rancagua, quien° ó deduce demanda en juicio ordinario por acci n de prescripci n extintiva enó ó contra de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, representada legalmente por su Alcalde don Juan Ram n Godoy Mu oz, ambos con domicilio enó ñ Plaza de Los H roes N 445, comuna de Rancagua. Se ala que seg n constaé ° ñ ú en la inscripci n que acompa a, que la sucesi n hereditaria quedada aló ñ ó fallecimiento de don Omar Enrique Parraguez Palma, de la cual es parte integrante, es due a de los derechos que al causante le correspond an en lañ í propiedad ubicada en Pasaje Once n mero 1392, que corresponde al Loteú Nueve, Manzana Q, del plano de la Poblaci n Rancagua Sur, IV etapa, deó la comuna de Rancagua, la que figura inscrita a fojas 4754, N mero 8482ú en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí Rancagua, del a o 2021. Refiere que la propiedad ñ mantiene actualmente una deuda por concepto de cobro de derecho de aseo domiciliario que, seg n el certificado de deuda que acompa a, asciende a la suma deú ñ $1.026.626.- por los periodos vencidos entre el 31 de octubre del a o 2006ñ hasta el 30 de noviembre del a o 2021. ñ Indica que los periodos correspondientes a los vencimientos desde el 31 de octubre del a o 2006ñ hasta el 30 de noviembre del a o 2013, ambos inclusive, est n actualmenteñ á prescritos, lo que asciende a la suma de $751.463.- En cuanto al derecho cita los art culos 2081, 2492, 2493, 2497, 2514,í y 2515 del C digo Civil.ó Por lo expuesto, solicita en definitiva declarar la prescripci n extintivaó de los derechos de aseo respecto de los per odos vencidos entre la cuotaí devengada con fecha 31 de octubre del a o 2006 ñ hasta el 30 de noviembre C-4168-2021 Foja: 1 del a o 2013, ambos inclusive, lo que asciende a la suma de $751.463.-, conñ costas. Con fech

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante pretende se declare la prescripci n extintiva de la deuda por concepto de derechos de aseoó domiciliario adeudados a la Ilustre Municipalidad de Rancagua, espec ficamente, respecto de aquellas que se hicieran exigibles entre elí 31 de octubre del a o 2006 ñ hasta el 30 de noviembre del a o 2013, ambosñ inclusive, por haber transcurrido el plazo legal para exigir su cobro, invocando como fundamento de derecho lo dispuesto en los art culos 2514 yí siguientes del C digo Civil. ó SEGUNDO: Que, la titularidad del dominio de la parte demandante respecto del inmueble fue acreditada aparejando la actora copia autorizada de inscripci n de ó fojas 4754 N mero 8482 en el Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua del a o 2021í ñ , que da cuenta de su car cter de heredera en la sucesi n quedada al fallecimiento de suá ó hermano, sucesi n que a su vez es due a de los derechos que al causante leó ñ corresponde en el bien en cuesti n. ó En cuanto a la deuda misma, esta se prob acompa ando debidamente digitalizada una copia del resumen deó ñ deuda obtenido el 29 de septiembre de 2021, no objetado de contrario. TERCERO: Que la contestaci n se tuvo por evacuada en rebeld aó í de la demandada. C-4168-2021 Foja: 1 CUARTO: Que, el cobro por concepto de extracci n de residuosó s lidos domiciliarios por parte de las Municipalidades, tambi nó é denominados derechos de aseo, encuentra justificaci n en las disposicionesó contenidas en los art culos 6 a 9 del Decreto Ley N 3063 sobre Ley deí ° Rentas Municipales; asimismo, el cuerpo legal antes citado, en su art culoí 40, define los llamados derechos municipales como aquellas prestaciones“ ” que est n obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales oá jur dicas de derecho p blico o de derecho privado, que obtengan de laí ú administraci n local una concesi n o permiso o que reciban un servicio deó ó las mismas, salvo exenci n contemplada en un texto legal expreso, y queó para el caso en comento, se encuentra establecida en su art culo 7 inciso 4í ° de la mencionada normativa, eximiendo aquellas propiedades cuyo aval oú fiscal sea igual o inferior a las 225 Unidades Tributarias Mensuales. QUINTO: Que, el cuerpo legal que regula las rentas municipales, no contiene disposici n alguna que trate la prescripci n de las acciones queó ó asisten al Municipio para el cobro de las patentes, derechos y contribuciones que pesan sobre sus deudores, debiendo necesariamente remitirnos a las normas del Derecho Com n contenidas en nuestro C digo Civil, lo queú ó hace necesario determinar cu l de las prescripciones que estipula el citadoá c digo es procedente aplicar a autos.ó SEXTO: Que, seg n el criterio sustentado por la Excma. Corteú Suprema en sentencia de fecha 18 de febrero de 2016, dictada en sus autos Rol N 13.173-2015, los impuestos han sido definidos por la doctrina como° aquel tributo exigido por el Estado a quienes se hallan en las situaci

Fallo

Por lo expuesto, solicita en definitiva declarar la prescripci n extintivaó de los derechos de aseo respecto de los per odos vencidos entre la cuotaí devengada con fecha 31 de octubre del a o 2006 ñ hasta el 30 de noviembre C-4168-2021 Foja: 1 del a o 2013, ambos inclusive, lo que asciende a la suma de $751.463.-, conñ costas. Con fecha 12 de octubre de 2021, se notifica personalmente la demanda. Con fecha 30 de noviembre de 2021, se tiene por contestada la demanda en rebeld a de la parte demandada, cit ndose a las partes a laí á audiencia de conciliaci n respectiva.ó Con fecha 29 de diciembre de 2021 a trav s de videoconferencia,é tiene lugar la audiencia de conciliaci n, certific ndose que comparece a laó á misma la apoderada de la demandante, en rebeld a de la demandada.í Llamadas las partes a conciliaci n, esta no se produce.ó Con fecha 18 de enero de 2022, trat ndose la cuesti n controvertidaá ó de un asunto estrictamente de derecho, se prescinde de la recepci n de laó causa a prueba y se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante pretende se declare la prescripci n extintiva de la deuda por concepto de derechos de aseoó domiciliario adeudados a la Ilustre Municipalidad de Rancagua, espec ficamente, respecto de aquellas que se hicieran exigibles entre elí 31 de octubre del a o 2006 ñ hasta el 30 de noviembre del a o 2013, ambosñ inclusive, por haber transcurrido el plazo legal para exigir su cobro, invocando como fundamento de d

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C-4168-2021 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : C-4168-2021 CARATULADO : PARRAGUEZ/I. MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA Rancagua, veinticinco de Enero de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 4 de octubre de 2021, comparece do a ñ Noem Delí Carmen Parraguez Palma, labores de casa, domiciliada en Pasaje Mateo Aguilar N 969, Poblaci n Manso de Velasco, c

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