HOSPITAL CLÍNICO VIÑA DEL MAR/ZAPATA
Rol
C-4239-2019
Fecha
25 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 27 de agosto de 2019, comparece don Mario Marcelo Medina Vald s, abé ogado, con domicilio en Almirante Se oret 70, Edificio Capitan a, Of.ñ í 44, comuna y ciudad de Valpara so, quien comparece en representaci n, porí ó mandato judicial, seg n se acredita de ú Hospital Cl nico Vi a Del Mar S.A.,í ñ domiciliado en calle Limache 1741, Vi a del Mar, representada por el m dicoñ é don Carlos Orfali Bejer, con domicilio para estos efectos en Limache 1741, Vi añ del Mar, quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de Jos Luisé Zapata Ulloa, con domicilio en San Mart n #595, Vi a del Mar,í ñ por la suma total del $8.120.718.-, por concepto de pagar s suscritos,é m s intereses y costas.á Con fecha 15 de septiembre de 2021, la parte demandada viene en oponer excepci n a la ejecuci n.ó ó Con fecha 18 de diciembre de 2021, la parte demandante viene en allanarse a la excepci n opuesta.ó Se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha 27 de agosto de 2019, comparece don Mario Marcelo Medina Vald s, abé ogado, con domicilio en Almirante Se oret 70,ñ Edificio Capitan a, Of. 44, comuna y ciudad de Valpara so, quien comparece ení í representaci n, por mandato judicial, seg n se acredita de ó ú Hospital Cl nicoí Vi a del Mar S.A., ñ domiciliado en calle Limache 1741, Vi a del Mar,ñ representada por el m dico don Carlos Orfali Bejer, con domicilio para estosé efectos en Limache 1741, Vi a del Mar, quien viene en interponer ñ demanda ejecutiva en contra de Jos Luis Zapata Ulloa, é con domicilio en San Mart ní #595, Vi a del Mar.ñ Expresa que, su parte es due a de dos pagar s a la vista ñ é N 87464 y N° ° 88105, suscritos por el demandado por la sumas de $4.150.056.-; y $3.970.662.-, respectivamente, ambas cantidades pactadas en su oportunidad en 1 cuota, pagaderas en su totalidad el 25 de abril de 2019. A ade que, en los pagar s, señ é estipul que; ó en caso de mora o simple retardo en el pago, lo adeudado devengar el inter s m ximo convencional fijado por la ley, inter s que se aplicará é á é á sobre el capital reajustado conforme a la variaci n del IPC o el mecanismo que loó reemplace, el que se convertir al d a siguiente del á í vencimiento. Indica que, el deudor se encuentra en mora en el pago de su obligaci n,ó por lo que es necesario sea requerido su pago, por los montos que adeuda a su parte por las sumas de $4.150.056.-; y $3.970.662.-, m s los interesesá convencionalmente pactados. C-4239-2019 Foja: 1 Que, las firmas del suscriptor de los t tulos que sirven de fundamento de laí demanda de autos se encuentran autorizadas ante Notario P blico, don Franciscoú Fuenzalida Rodr guez, de la comuna y ciudad de Vi a del Mar. A ade que,í ñ ñ conforme al art culo 434 N 4 del C digo de Procedimiento Civil, los pagar sí ° ó é tienen m rito ejecutivo, habi ndose relevado entonces, de la obligaci n deé é ó protesto, la obligaci n l quida, liquidable, actualmente exigible y no prescrita.ó í Solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don José Luis Zapata Ulloa, por la suma total del $8.120.718.-, m s intereses y costas.á Segundo: Que, con fecha 15 de septiembre de 2021, la parte demandada viene en oponer la excepci n contemplada en el ó N 17 del art culo 464 del° í C digo de Procedimiento Civil, esto es, ó la de prescripci n de la deuda o s loó ó de la acci n ejecutiva.ó Expresa que, entre la fecha de mora el d a 25 de abril del a o 2019, queí ñ provoc la aceleraci n del cr dito y el vencimiento del pagar , y la fecha deó ó é é presentaci n de este escrito, transcurri con creces el plazo de prescripci nó ó ó extintiva establecido en la ley. Que, los documentos en que el demandante, funda la presente demanda, son dos pagar s a la vista, se alados bajo el N 87464 y N 88105, suscrito coné ñ ° ° fecha 01 de enero del 2019, el pagar é por la suma de $4.150.056.-, y con fecha 22 de enero del 2019, el pagar é por la suma de $3.970.662.-, res
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el art culo 1698 delí C digo Civil; en los art culos 160, 170, 346, 434, 470 y 471 del C digo deó í ó Procedimiento Civil; y en el art culo 102 de la Ley N 18.092, í ° se declara que: C-4239-2019 Foja: 1 Se hace lugar a la excepci n opuesta por la parte ejecutadaó don Jos Luisé Zapata Ulloa, en consecuencia, se niega lugar a la demanda, sin costas. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidadí í í . Rol N C-4239-2019 ° Dictada por do añ Cecilia Sagredo Olivares, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , veinticinco de Enero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-25T12:25:42-0300
Texto Completo (Preview)
C-4239-2019 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-4239-2019 CARATULADO : HOSPITAL CL NICO VI A DEL MAR/ZAPATAÍ Ñ Vi a del Marñ , veinticinco de Enero de dos mil veintid só Visto: Con fecha 27 de agosto de 2019, comparece don Mario Marcelo Medina Vald s, abé ogado, con domicilio en Almirante Se oret 70, Edificio Capitan a,
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