COMPAÑIA CONTRACTUAL MINERA OJOS DEL SALADO/
Rol
V-2521-2019
Fecha
25 de enero de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 19 de noviembre de 2019, a folio 1, don Alamiro Toledo Toledo, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad N° 9.098.875-1, domiciliado para estos efectos en calle O´Higgins N° 744, piso 7, oficina N° 702, Copiapó, en representación de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA OJOS DEL SALADO, Rut N° 96.635.170-5, empresa de nacionalidad chilena, domiciliada en Avda. El Bosque Norte N° 500, piso 11, oficina 1102, Las Condes, Región metropolitana, solicitó 4 pertenencias mineras denominadas "NOELIA 1 A NOELIA 4” ubicadas en la Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Región de Atacama. 2) Que el acta de mensura presentada con fecha 01 de febrero de 2021, da cuenta de la mensura de la pertenencia "NOELIA 1 A NOELIA 3", ubicadas en la Región de Atacama, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Sierra El Granate, las que abarcan una superficie total de 3 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VERTICE NORTE (MTS) ESTE (MTS) L1 6.963.050,00 374.500,00 L2 6.963.050,00 374.800,00 L3 6.962.950,00 374.800,00 L4 6.962.950,00 374.500,00 3) Que con fecha 22 de noviembre de 2019, la manifestación en referencia fue inscrita a fs.4.034 Nº 2.574 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó; y se publicó en el Boletín Oficial de Minería de Copiapó Nº 42.519, de fecha 04 de diciembre de 2019, ambos documentos acompañados con fecha 09 de junio de 2020. 4) Que con fecha 22 de junio de 2020, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería de Copiapó Nº 42.687, documento acompañado con fecha 17 de enero de 2022. 5) Que en el curso de la tramitación no se notaron faltas o ilegalidades y la operación de mensura fue practicada en forma correcta, según informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº2384, de fecha 14 de abril de 2021. No obstante lo anterior estas pertenencias abarcan parcialmente las pertenencias ya constituidas denominadas "ALCAPARROZA II/IV", Rol Nacional 03203-0749-k, “ROCIO 1/8”, Rol Nacional 03203-1482-8; “GRANATE 64/76”, Rol Nacional 03203-1651-0; “CHICA 4/12”, Rol Nacional 03203-1979-K y “JULIA 1/2”, Rol Nacional 03203-7505-3 todas de propiedad de C.C.M. OJOS DEL SALADO; agregado por resolución de fecha 16 de abril de 2021. 6) Que con fecha 16 de abril de 2021, se ordenó la publicación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Código de Minería. 7) Que con fecha 25 de octubre de 2021, comparece el abogado don James Richards Garay, en representación de la Compañía Contractual Minera Ojos del Salado, y en el primer otrosí de su presentación, viene en dar por notificada a su representada del informe de abarcamiento evacuado por el Servicio, a cuyo nombre se encuentra inscrita la manifestación NOELIA 1 AL 4, hoy NOELIA 1 AL 3 y las concesiones ALCAPARROZA II/IV; ROCIO 1/8; GRANATE 64/76; CHICA 4/12 y JULIA 1/2, ello conforme a lo dispone el inciso segundo del artículo 83 del Código de Minería, acompañando en el s
Fallo
SE DECLARA: Que, SE APRUEBA el plano y el acta de mensura y queda constituida la pertenencia "NOELIA 1 A NOELIA 3", ubicada en Sierra El Granate, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 3 hectáreas, en favor de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA OJOS DEL SALADO. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase copia autorizada de esta sentencia y del acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó; y remítase copias de las mismas piezas al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese los planos en los términos establecidos en el artículo 87 del mencionado cuerpo legal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Nº 2521-2019.- Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, veinticinco de Enero de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-2521-2019 CARATULADO : COMPAÑIA CONTRACTUAL MINERA OJOS DEL SALADO/ Copiapó, veinticinco de Enero de dos mil veintidós VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 19 de noviembre de 2019, a folio 1, don Alamiro Toledo Toledo, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad N° 9.098.875-1, domiciliado para estos efe
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