13º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SCOTIABANK/URRA

Rol

C-11429-2020

Fecha

26 de enero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 28 de julio de 2020, comparece en autos don Leslie Loreto Merino Mendoza, abogado, en representación de Scotiabank Chile S.A, representado legalmente por don Francisco Sardón Taboada, todos domiciliados en calle Morandé 226, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de doña Paula Ximena Urra Olivares, ignora profesión u oficio, con domicilio en La Cosecha 361, población el Progreso, comuna de Buin, en atención a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que se exponen a continuación. Funda su demanda en que su representada es dueña de los siguientes documentos: 1.- Pagaré suscrito con fecha 22 de junio de 2020, por Scotiabank, en representación de Paula Ximena Urra Olivares, en virtud del mandato conferido por este último en la cláusula 15 y 16 del Contrato de Apertura de línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal según Ley 20.027, por la suma de 81,3692 UF. 2.- Pagaré suscrito con fecha 22 de junio de 2020, por Scotiabank, en representación de, Paula Ximena Urra Olivares en virtud del mandato conferido por este último en la cláusula 15 y 16 del Contrato de Apertura de línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal según Ley 20.027, por la suma de 9,0410 UF. Indica que de acuerdo a lo pactado en los pagarés, el capital adeudado devengaría la tasa de interés máximo convencional que la ley permite establecer para este tipo de operaciones de crédito de dinero, estipulándose en estos, que en caso de no pago de la deuda a la presentación a cobro del respectivo pagaré, se capitalizan los intereses vencido y la obligación devengará a favor del banco, a partir de esa misma fecha, a título de pena, intereses moratorios a la tasa de C-11429-2020 Foja: 1 intereses máximas convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripción del pagaré, a menos que al rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrará esta última. Agrega que los pagarés fueron pactados a plazo, por lo que a contar de la presentación de esta demanda los hace exigible; demandando el pago de las deudas de los pagarés, signadas con el nº 1 y 2, con vencimiento en su equivalente en pesos monedas legal al momento del pago efectivo, más intereses pactados devengados y los que devenguen hasta el día del exacto e íntegro pago de las obligación y las cosas de estas causa, lo que asciende a un capital de 90,4102 UF.- Expone que la firma del suscriptor puesta en el pagaré se encuentra autorizada por Notario Público. Además, que la deuda es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. Previas citas legales, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de doña Paula Ximena Urra Olivares, ya individualizada, y, con su mérito, despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad 90,4102 UF, equivalentes en pesos al día 28 de julio de 2020 a la suma de $2.592.079.-, más intereses, y seguir adelante con la ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas. Con fecha 05 y 06 de enero de 2021, se notificó y requirió de pago a la ejecutada, conforme consta en el expediente electrónico. Mediante presentación de 15 de enero de 2021, el ejecutado opuso a la ejecución, las excepciones contempladas en los numerales 11,7,14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, confiriéndose el traslado respectivo, el que fu

Fallo

se declararon admisibles las excepciones, se recibió la causa a prueba, resolución que fue notificada a ambas partes. Por resolución de 07 de enero de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 28 de julio de 2020, comparece en estos autos doña Leslie Loreto Merino Mendoza, abogado, , en representación de Scotiabank Chile S.A, representado legalmente por don Francisco Sardón Taboada e interpone demanda ejecutiva en contra de doña Paula Ximena Urra Olivares, todos ya individualizados, y, con su mérito, solicita despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de 90,4102 UF, equivalentes en pesos al día 28 de julio de 2020 a la suma de $2.592.079.- más intereses, y seguir C-11429-2020 Foja: 1 adelante con la ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de este fallo; SEGUNDO: Que, el ejecutado opuso a la ejecución las excepciones contempladas en los numerales 11, 7,14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la concesión de esperas o la prórroga del plazo, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado la nulidad de la obligación y la ineptitud del libelo; Asimismo, constando dos pagarés en autos como títulos fundant

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C-11429-2020 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-11429-2020 CARATULADO : BANCO SCOTIABANK/URRA Santiago, veintiséis de Enero de dos mil veintidós VISTOS Con fecha 28 de julio de 2020, comparece en autos don Leslie Loreto Merino Mendoza, abogado, en representación de Scotiabank Chile S.A, representado legalmente por don Franci

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