Juzgado de Letras de Parral

CÁCERES/ROJAS

Rol

O-18-2022

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos controvertidos: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes bajo vínculo de subordinación y dependencia. Hechos en que se funda. 2. Remuneración n pactada y percibida por la trabajadora al término de la relación laboral. 3. Efectividad de haber sido despedida la actora verbalmente y sin expresión de causa. Circunstancias que rodearon el despido. 4. En caso, efectividad de haber dado cumplimiento la parte demandada con los requisitos legales del despido. En su caso, efectividad de los hechos indicados en la carta de despido. Circunstancias y antecedentes. 5. Efectividad de encontrarse pagadas las cotizaciones previsionales de la demandante. 6. Efectividad de adeudarse remuneraciones pendientes en los términos planteados en la demanda. 7. Efectividad de adeudarse compensación días domingos y festivos, en los términos planteados en la demanda. 8. Efectividad de adeudarse feriado en los términos planteados en la demanda. 9. Efectividad de adeudarse domingos adicionales en los términos planteados en la demanda. 10. Efectividad de adeudarse domingos horas extras en los términos planteados en la demanda. CUARTO: Actuaciones en la audiencia de juicio. En la audiencia de juicio celebrada el día 23 de noviembre del presente año, las partes incorporaron las siguientes pruebas: PRUEBA DEMANDANTE. I.- Prueba documental: 1. Acta de comparendo de conciliación de fecha 31 de marzo del año 2022. 2. Carta dirigida a Johanna Reyes Vallejos de fecha 4 de abril del año 2022, conciliadora de Inspección Comunal del Trabajo de Parral. II.- Prueba confesional: Absolvió posiciones don Dagoberto Baeza Rojas. III.- Prueba testimonial: Declararon: 1. Mario Enrique Vallejos Moya, cédula de identidad N° 11.565.907-7. 2. Julia Rosa Maureira Fuentes, cédula de identidad N° 10.323.174-4. IV.- Prueba exhibición de documentos: 1.- Certificado de vacaciones por todo el período trabajado. 2.- Registro de Asistencia de la trabajadora demandante. La parte demandada no exhibió

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 172, 162, 168, 444, 446, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se estiman suficientemente fundadas sus pretensiones y se declara: I. Que, SE ACOGE parcialmente la demanda entablada por CONSUELO DEL CARMEN CÁCERES URRA, en contra de DAGOBERTO BAEZA ROJAS Y CONTRA NUBIA ROJAS SOLÍS y, en consecuencia, el despido de la actora verificado el 28 de febrero de 2022 es nulo e injustificado, y en consecuencia, los demandados deberán pagar, como un solo empleador, las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) $365.585, por concepto de indemnización por años de servicios sustitutiva de aviso previo. b) $731.170, por concepto de indemnización por años de servicios. c) $365.585, por concepto de recargo legal. d) $365.585.-, por concepto de remuneraciones adeudadas. e) $426.516.-, por concepto de feriado. f) Las cotizaciones previsionales devengadas durante la vigencia de la relación laboral, en razón de una remuneración mensual de $365.585. g) Las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido esto es, del 28 de febrero de 2022, y hasta que el demandado convalide legamente el despido, en razón de una remuneración mensual de $365.585. II.- Que las sumas ordenadas pagar, lo serán con los intereses y reajustes que sean procedentes. III.- Que cada parte pagará sus costas. IV.- Ofíciese en su oportunidad, a AFP Hábitat, AFC Chile y Fonasa. Regístrese, comuníquese y archíve

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Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral Procedimiento: Aplicación General Materia: Declaración de despido improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones. RIT O-18-2022 RUC 22-4-0404831-0 Demandante: CONSUELO DEL CARMEN CÁCERES URRA Demandada: DAGOBERTO ANTONIO BAEZA ROJAS y NUBIA VICTORIA ROJAS SOLÍS. Juez: Pablo Dionisio Ramos Abarzúa Fecha de ingreso: 26 de mayo de 2022 Fecha de se

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