MORENO/DIRECCION DEL TRABAJO
Rol
T-1447-2021
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
hechos vulneratorios de garantías constitucionales, postuló que en el marco de una movilización gremial, específicamente el día 21 de enero de 2021, el Inspector Comunal Santiago Norte y otro funcionario (que no identifica) habrían agredido al dirigente de otra asociación movilizada señor Alexis Díaz Ampuero, por lo que –al día siguiente, viernes 22 de enero de 2021– decidieron que asistiera la demandante a la señalada entidad pública, identificándose como dirigente regional de ANFUNTCH con los guardias que estaban en la entrada y conversando con Maritza Urzúa, secretaria del inspector comunal, y la funcionaria Paola Ramírez López, relacionadora laboral, a quienes habría manifestado que se encontraría en el ingreso de la inspección durante toda la mañana sin interferir en su trabajo, ofreciéndose a atender usuarios citados para evitar aglomeraciones. Paola Ramírez se habría molestado en seguida, diciendo que ella era la encargada de Relaciones Laborales, que la habían designado como jefatura en ausencia de la jefa de dicha unidad, y que ella determinaba qué se hacía o no en la oficina ese día. Luego reconoció que Maritza Urzúa se acercó a un guardia externo, de nombre Pedro, a entregarle un rollo de números, los que dejó en la mesa y que la demandante tomó y se puso a repartirlos, pues no existe que esa función puedan ejercerla los guardias sub-contratados en ningún documento institucional. Momentos más tarde, cuando comenzaron a llegar funcionarios al 6to piso, donde se encuentra la inspección, Maritza Urzúa le habría pasado una llamada del inspector comunal, Fernando Campos Codorniu, quien le habría señalado que no había ningún inconveniente para desplegar carteles en el frontis, asegurándole la demandante que se atendería a los usuarios y que ella se encontraría orientándolos sin distinción. Luego el funcionario José Luis Gutiérrez le habría proporcionado los formularios de reclamo y cartas de renuncia por si algún usuario las requería. Así, mientras se encontra
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció doña JOCELYN MORENO HERRERA, cédula de identidad N° 16.021.100-8, periodista, domiciliada en calle Los Jacintos N° 130, comuna de Maipú, quien interpuso denuncia por vulneración de derechos fundamentales con relación laboral vigente, en contra de la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, RUT Nº 61.502.000-1, servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con domicilio en Agustinas N° 1253, comuna de Santiago. Al efecto, indicó que es funcionaria de la demandada desde el 1 de enero de 2012, en virtud de contrata asimilada a la planta profesional grado 15 Escala Única de Sueldos, cumpliendo funciones como fiscalizadora en la Unidad de Derechos Fundamentales y Libertad Sindical de la Dirección Regional Metropolitana Poniente, haciendo presente que siempre ha sido calificada en lista 1 de desempeño. Además, el 16 de octubre de 2019 habría sido elegida como dirigente gremial del Consejo Regional Metropolitano de la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo de Chile (ANFUNTCH). Sobre los hechos vulneratorios de garantías constitucionales, postuló que en el marco de una movilización gremial, específicamente el día 21 de enero de 2021, el Inspector Comunal Santiago Norte y otro funcionario (que no identifica) habrían agredido al dirigente de otra asociación movilizada señor Alexis Díaz Ampuero, por lo que –al día siguiente, viernes 22 de enero de 2021– decidieron que asistiera la demandante a la señalada entidad pública, identificándose como dirigente regional de ANFUNTCH con los guardias que estaban en la entrada y conversando con Maritza Urzúa, secretaria del inspector comunal, y la funcionaria Paola Ramírez López, relacionadora laboral, a quienes habría manifestado que se encontraría en el ingreso de la inspección durante toda la mañana sin interferir en su trabajo, ofreciéndose a atender usuarios citados para evitar aglomeraciones. Paola Ramírez se habría molestado en seguida, diciendo que ella era la encargada de Relaciones Laborales, que la habían designado como jefatura en ausencia de la jefa de dicha unidad, y que ella determinaba qué se hacía o no en la oficina ese día. Luego reconoció que Maritza Urzúa se acercó a un guardia externo, de nombre Pedro, a entregarle un rollo de números, los que dejó en la mesa y que la demandante tomó y se puso a repartirlos, pues no existe que esa función puedan ejercerla los guardias sub-contratados en ningún documento institucional. Momentos más tarde, cuando comenzaron a llegar funcionarios al 6to piso, donde se encuentra la inspección, Maritza Urzúa le habría pasado una llamada del inspector comunal, Fernando Campos Codorniu, quien le habría señalado que no había ningún inconveniente para desplegar carteles en el frontis, asegurándole la demandante que se atendería a los usuarios y que ella se encontraría orientándolos sin distinción. Luego el funcionario José Luis Gutiérrez le habría proporcionado los formularios de reclamo y cartas de renuncia
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República; artículos 1, 2, 5, 7 a 11, 415, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 459 y 485 a 495, todos del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que se rechaza íntegramente la denuncia de tutela laboral interpuesta por doña JOCELYN MORENO HERRERA en contra de la DIRECCIÓN DEL TRABAJO. II.- Que la demandante queda condenada a sufragar las costas de la causa, regulándose las personales –desde ya– en la suma de quinientos mil pesos ($500.000). Ejecutoriada esta sentencia, devuélvanse los documentos custodiados a la demandada a su solo requerimiento verbal. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. R.I.T. T-1447-2021.- R.U.C. 21-4-0366586-7.- Dictada por Víctor Manuel Covarrubias Suárez, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció doña JOCELYN MORENO HERRERA, cédula de identidad N° 16.021.100-8, periodista, domiciliada en calle Los Jacintos N° 130, comuna de Maipú, quien interpuso denuncia por vulneración de derechos fundamentales con relación laboral vigente, en contra de la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, RUT Nº 61.502.000
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica