AMAZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO
Rol
C-2284-2019
Fecha
23 de enero de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 compareci donó RICARDO EDUARDO AMAZA MANR QUEZ, Í domiciliado en calle El Tamarindo N 4633, Talcahuano° , quien interpuso demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por suí ú Alcalde don Henry Campos Coa, ambos con domicilio en calle Sargento Aldea N 250° de la comuna de Talcahuano, solicitando que se declare la prescripci n extintiva de lasó acciones judiciales de cobro de extracci n de residuos domiciliarios.ó Para justificar su libelo se al que ñ ó es propietario del inmueble ubicado en Calle El Tamarindo N 4633, comuna de Talcahuano. Adem s, afirm que la I.° á ó Municipalidad de Talcahuano, en el mes de mayo de 2019, emiti un informe de deudaó de aseo en el cual figuran los periodos adeudados y por los cuales solicita de declare la prescripci n, cuyas fechas de vencimiento comprenden desde el a o 2005 hasta el mesó ñ de junio de 2016, por un monto total de $1.609.151-. Expres que la Ilustre Municipalidad de Talcahuano jam s ha ejercidoó á acciones de cobro por las obligaciones de pago de los servicios de aseo domiciliario, por lo cual todas las acciones para el cobro de las obligaciones vencidas, m s intereses yá multas correspondientes, se encuentran a la fecha extinguidas por prescripci n extintiva.ó En cuanto al derecho, previa cita al art culo 2.514 y 2.521 del C digoí ó Civil, se al que resulta absolutamente claro que las acciones de cobro se encuentranñ ó clasificados en el concepto de impuesto, para los efectos de la aplicaci n del este ltimoó ú precepto. As , partiendo de un an lisis integral, el art culo 19 n mero 20 de laí á í ú Constituci n Pol tica de la Rep blica de Chile se refiere a la igual repartici n de losó í ú ó tributos y dem s cargas p blicas, se al ndose que á ú ñ á stos, cualquiera que sea su naturaleza,é ingresar n al patrimonio de la naci n, autorizando aqu llos que gravan actividades yá ó é bienes que tengan una clara identificaci n regiona
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 compareci don ó RICARDO EDUARDO AMAZA MANR QUEZ, Í quien interpuso demanda de prescripci n extintiva de lasó acciones judiciales de cobro de extracci n de residuos domiciliarios, en contra de laó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, persona jur dica de derechoí p blico, representada legalmente por su Alcalde don Henry Campos Coa, libelo queú fund , en lo principal, en la prescripci n de corto tiempo y, en subsidio, de largo tiempo,ó ó en virtud de los fundamentos se alados en la parte expositiva del fallo.ñ SEGUNDO: Que, a folio 7 compareci do a ó ñ Estefan a Estrada Rivasí , por la Ilustre MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, quien, por una parte, contest la demanda y, por otra, interpuso demanda reconvencional de cobro deó derechos de aseo en contra de la actora principal, seg n lo resumido en la parteú expositiva del fallo. TERCERO: Que, a folio 12 el demandado reconvencional contest dichoó libelo. CUARTO: Que, en orden a acreditar los fundamentos de la acci nó deducida, el demandante principal acompa a autos, sin objeci n ni impugnaci n, lañó ó ó prueba documental consistente en: a) Copia de escritura P blica de contrato de compraventa de fecha 16 deú junio de 1998, donde el actor principal figura como comprador del inmueble ubicado en calle El Tamarindo N 4633, Talcahuano.° b) Informe de Deuda de Derechos de Aseo de fecha 27 de mayo de 2019, emanado de la I. Municipalidad de Talcahuano, en el cual don Ricardo Eduardo Amaza Manr quez, respecto del inmueble ubicado en El Tamarindo N 4633, Talcahuano,í ° figura como deudor por concepto de derechos de aseo, consistente en 56 giros con diversos vencimientos, por un total de $1.910.939.- QUINTO: En cuanto a la demanda principal: Que, en estos autos, se ha interpuesto como acci n la instituci n de laó ó prescripci n extintiva, esto es, un modo de extinguir las obligaciones, reguladoó fundamentalmente en el t tulo XLII del libro IV del C digo Civil, y m s espec ficamenteí ó á í los art culos 2.514 y siguientes del mismo c digo, modo de extinguir obligaciones queí ó requiere la demostraci n de la existencia de una acci n o derecho ajeno y, adem s, eló ó á transcurso de los plazos que la ley indica en el caso respectivo. SEXTO: Que, es dable se alar que de acuerdo a lo establecido en elñ art culo 40 del Decreto Ley N 3.063 de 1979 sobre rentas municipales, los derechosí ° municipales son definidos como "las prestaciones que están obligadas a pagar a las C-2284-2019 Foja: 1 municipalidades, las personas naturales o jurídicas de derecho público o de derecho privado, que obtengan de la administración local una concesión o permiso o que reciban un servicio de las mismas, salvo exención contemplada en un texto legal expreso". Ahora bien, dentro del T tulo III del mismo cuerpo legal, bajo el ep grafeí í "Del producto de los establecimientos y explotaciones municipales", su art culo 6 indicaí ° que "El servicio municipal de extracción de residuos sólidos domiciliarios se cob
Fallo
Por tanto, previas citas legales, pidi presentada demanda de declaraci nó ó de prescripci n extintiva de corto tiempo de 3 a os de las acciones judiciales de cobroó ñ por concepto de deudas de aseo domiciliario, con sus respectivos reajustes y multas, adeudadas desde el a o 2005 hasta junio de 2016, por un monto total de $1.609.151-,ñ en contra de la I. Municipalidad de Talcahuano, representada legalmente por su alcalde, don Henry Campos Coa, ya individualizado, la acoja a tramitaci n y, en sentenciaó definitiva, se declaren extinguidas todas las acciones por prescripci n extintiva que seó solicitan, o las que el tribunal considerare que se encuentran prescritas conforme al m rito del proceso, con expresa condenaci n en costas.é ó En subsidio de lo anterior, y ante la eventualidad que el tribunal determine que la prescripci n de corto tiempo consagrada en el art culo 2.521 deló í C digo Civil no sea aplicable al caso de autos, interpuso demanda de prescripci nó ó extintiva de largo tiempo (5 a os), solicitando al tribunal se declare la prescripci nñ ó extintiva ordinaria de las acciones judiciales de cobro de extracci n de residuosó domiciliarios, respecto del inmueble del cual es propietario, ya indicado, que comprenden los periodos desde 2005 hasta el 30 de junio 2014, correspondiente a la suma de $1.369.018.-, la que se hizo exigible hace m s de 5 a os, en conformidad alá ñ art culo 2.514 y en especial el art culo 2.515 del C digo Civil.í í ó Por tanto, pidi tener por inte
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C-2284-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-2284-2019 CARATULADO : AMAZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO Talcahuano, veintitr s de Enero de dos mil veintid s.é ó VISTO: A folio 1 compareci donó RICARDO EDUARDO AMAZA MANR QUEZ, Í domiciliado en calle El Tamarindo N 4633, Talcahuano° , quien interpuso demanda en contra de la ILUSTRE
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