PÉREZ/
Rol
V-1373-2021
Fecha
21 de enero de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 31 de agosto de 2021, don Miguel Ángel Pérez Vargas, chileno, divorciado, industrial minero, cédula de identidad N° 10.625.251-3, domiciliado en calle Copayapu N° 2873, Copiapó; y don Darío Alberto Pérez Delard, chileno, casado, ingeniero civil de minas, cédula de identidad N° 4.191.107-7, domiciliado en Entre Lomas N° 110, Departamento N° 802, comuna de Concón, Región de Valparaíso, presentaron un pedimento minero, solicitando la concesión de exploración denominada “PUYEHUE 3”, de 200 hectáreas de superficie total, ubicada en la Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con el objeto que dicha concesión de exploración se constituya a favor de ambos solicitantes. 2) Que de la copia autorizada de la inscripción del pedimento consta que con fecha 06 de septiembre de 2021, fue inscrito a fojas 4.553 N° 2.698 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó. Se señala, además, en la parte final del documento, al margen de la inscripción dice que transfirieron sus derechos por Ministerio de la Ley a la “Sociedad Legal Minera Puyehue 3 del Río La Gallina”, quedando inscrita a fs. 4.554 N° 2.699 en el Registro de Descubrimientos; y en fojas 92 vuelta N° 110 en el Registro de Accionistas, ambos del Conservador de Minas de esta ciudad, correspondientes al año 2021; y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 43.059 de fecha 22 de septiembre de 2021, ambos documentos acompañados a la carpeta digital con fecha 23 de noviembre de 2021. 3) Las coordenadas U.T.M. de los vértices de la configuración perimetral de la concesión son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) PUNTO MEDIO (P.M.) 6.932.500,00 485.000,00 V1 6.933.000,00 484.000,00 V2 6.933.000,00 486.000,00 V3 6.932.000,00 486.000,00 V4 6.932.000,00 484.000,00 4) Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería informó favorablemente los aspectos técnicos de la concesión de exploración “PUYEHUE 3”, mediante ordinario N° 08297, de fecha 29 de diciembre de 2021, agregado mediante resolución de fecha 30 de diciembre de 2021. Y Vistos, además, lo dispuesto en el artículo 87 del Código de Minería,
Fallo
SE DECLARA: Que, SE APRUEBA, el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “PUYEHUE 3”, ubicada en la Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 200 hectáreas en favor de SOCIEDAD LEGAL MINERA PUYEHUE 3 DEL RIO LA GALLINA. Publíquese en extracto la presente sentencia constitutiva. Inscríbase la presente sentencia y archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Copiapó. Entréguese al interesado copia de esta sentencia conjuntamente con el original del plano para el Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 1373-2021. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Titular. En Copiapó, a veintiuno de enero de dos mil veintidós, notifiqué por el Estado Diario la sentencia que antecede. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veintiuno de Enero de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-21T09:54:24-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1373-2021 CARATULADO : PÉREZ/ Copiapó, veintiuno de Enero de dos mil veintidós VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 31 de agosto de 2021, don Miguel Ángel Pérez Vargas, chileno, divorciado, industrial minero, cédula de identidad N° 10.625.251-3, domiciliado en calle Copayapu N° 2873, Copiapó; y don Darío Alb
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