MINERA MERIDIAN LIMITADA (EL PEÑÓN)/
Rol
V-1715-2021
Fecha
20 de enero de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 27 de agosto de 2021 a las 20:33 horas, don Roberto Acosta Muñoz, C.N.I. N° 7.106.817-K chileno, divorciado, Ingeniero, en representación de MINERA MERIDIAN LIMITADA, RUT N° 96.508.670-6, sociedad chilena del giro minería, ambos con domicilio en calle Cerro Colorado 5240, Torre del Parque II, oficina A, piso 9, comuna de Las Condes, Santiago, presentó pedimento minero a fin de constituir concesión minera de exploración denominada “PILLAN VI 24”, de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que con fecha 03 de septiembre de 2021 el pedimento minero se inscribió a fojas 3.562 vta., bajo el N°2.034, del Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas de Diego de Almagro, del año 2021. TERCERO: Que con fecha 27 de septiembre de 2021, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial. CUARTO: Que en Ord. N°7708, rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, de fecha 13 de diciembre de 2021.- QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión, expresadas en metros, son las siguientes: Punto Medio (P.M.) Norte 7.067.000,00 Este 469.453,00 Vértice V2 Norte 7.067.500,00 Este 470.953,00 Vértice V3 Norte 7.066.500,00 Este 470.953,00 Vértice V4 Norte 7.066.500,00 Este 467.953,00 SEXTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la Concesión, están referidas al Datum Provisorio Sudamericano. La canoa 1956 Elipsoide de Referencia Internacional 1924 Huso 19. Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería,
Fallo
SE DECLARA: I) QUE SE APRUEBA EL PLANO y queda constituida la Concesión de Exploración denominada “PILLAN VI 24” con una superficie total de 300 hectáreas a favor de: MINERA MERIDIAN LIMITADA, RUT N° 96.508.670-6.- II) Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo prescribe el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. III) Inscríbase la sentencia constitutiva y archívese el plano correspondiente en el Conservador de Minas de Diego de Almagro. En su oportunidad dése copia autorizada al solicitante para tales efectos. IV) Hágase entrega al interesado de copia de esta sentencia y original del plano para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 inciso primero del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° V-1.715-2021.- Dictada, por el Juez que suscribe mediante firma electrónica. Diego de Almagro, veinte de enero de dos veintidós. Notifique por el estado diario la resolución que precede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-20T14:16:24-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 8 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-1715-2021 CARATULADO : MINERA MERIDIAN LIMITADA (EL PE N)/ÑÓ Diego de Almagro, veinte de enero de dos veintidós.-. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 27 de agosto de 2021 a las 20:33 horas, don Roberto Acosta Muñoz, C.N.I. N° 7.106.817-K chileno, divorciado, Ingeniero, en representa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica