JOFRÉ/ALVARADO
Rol
C-20922-2019
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO, INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 158, 160, 170, 341, 346 y siguientes y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 1437, 1438, 1545, 1698 y 1977 del Código Civil; artículos 1, 2, 4, 6, 10 y 21 de la ley N° 18.101 y sus modificaciones, se declara: I. Terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes; II. Que se condena al demandado a pagar al demandante la suma de $4.001.035.- por concepto de rentas y servicios básicos insolutos, según lo expuesto en la parte expositiva de la presente sentencia, montos reajustados conforme el artículo 21 de la Ley N° 18.101; III. Que se condena en costas al demandado. Regístrese y notifíquese. C-20922-2019 Foja: 1 PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA, LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Enero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-19T16:33:19-0300
Fundamentos
fundamentos de su acción, se hizo valer de la DOCUMENTAL, consistente en copia de dominio vigente del inmueble sub-lite; comprobante de deuda de empresa de electricidad Enel por la suma de $623.021.-; boleta con detalle de la deuda de empresa de agua potable Aguas Smapa, emitido por el Servicio Municipal de agua potable y alcantarillado de la municipalidad de Maipú $665.550.-; y certificado de deuda de derechos de aseo emitido por la municipalidad de Maipú por el monto de $512.464.-; y de la TESTIMONIAL de Odett Alejandra Fernández Pérez, Magaly Acuña Acuña y José Manuel Espinoza Espinoza, quienes legalmente juramentados, sin tachas, C-20922-2019 Foja: 1 afirmaron la existencia del contrato de arriendo celebrado entre las partes respecto del inmueble sub-lite, de carácter verbal, por una renta mensual inicial de $85.000.-, que terminó en $200.000, la que no se ha pagado, así como los servicios básicos, lo que les consta por ser vecinos al inmueble sub-lite. SEGUNDO. Que, con el mérito de la testimonial, se acredita que la demandante entregó en arriendo al demandado, mediante contrato de arriendo verbal, el inmueble ubicado en calle Abisinia N° 1176, comuna de Maipú, por una renta mensual inicial de $85.000.-, pagadera los primeros cinco días de cada mes, resultando suficiente para tener por satisfecho el hecho materia de prueba establecido con el N° 1 de la interlocutoria de prueba. TERCERO. Que, seguido el juicio en rebeldía del demandado este no aportó probanza alguna en orden a acreditar el cumplimiento de su obligación contractual de pagar las rentas y consumos básicos insolutos que se le demandan, y practicadas que le fueron las reconvenciones legales de pago no lo verificó ni garantizó, por lo que se configuran en el caso los presupuestos del artículo 1977 del Código Civil, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 10 de Ley N° 18.101 y sus modificaciones, lo que llevará a esta sentenciadora a acoger la demanda. CUARTO. Que, incumbe probar la existencia de las obligaciones o su extinción a quien alega aquéllas o ésta.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 158, 160, 170, 341, 346 y siguientes y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 1437, 1438, 1545, 1698 y 1977 del Código Civil; artículos 1, 2, 4, 6, 10 y 21 de la ley N° 18.101 y sus modificaciones, se declara: I. Terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes; II. Que se condena al demandado a pagar al demandante la suma de $4.001.035.- por concepto de rentas y servicios básicos insolutos, según lo expuesto en la parte expositiva de la presente sentencia, montos reajustados conforme el artículo 21 de la Ley N° 18.101; III. Que se condena en costas al demandado. Regístrese y notifíquese. C-20922-2019 Foja: 1 PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA, LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Enero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-19T16:33:19-0300
Texto Completo (Preview)
C-20922-2019 Foja: 1 FOJA: 50 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-20922-2019 CARATULADO : JOFR /ALVARADOÉ Santiago, diecinueve de Enero de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 28 de junio de 2019, VICTOR RENE JOFRE PEREZ, pensionado, domiciliado en Pasaje Lilenes N° 4300, villa Andes del Sur, comuna de Puente Alto, deduce demanda en juicio s
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