BANCO SANTANDER - CHILE/JONÁS
Rol
C-2988-2021
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 1545, 1551, 1560 y 1698 del Código Civil; 160, 170, 341, 434, 464 números 2 y 11, 465 y 471 del Código de Procedimiento Civil; Ley 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés; Ley 19.496 y D.L. N° 3.475 se declara: - Que se rechazan, con costas, las excepciones opuestas por el ejecutado, debiendo seguir adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado. Regístrese y notifíquese. PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA, LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Enero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-19T15:52:48-0300
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, recibiéndolas a prueba. Con fecha 4 de enero de 2022, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, a fin de acreditar sus pretensiones la ejecutante acompañó en forma legal pagarés singularizados en la parte expositiva de la presente sentencia; contrato y mandatos. SEGUNDO. que, respecto de la excepción del número 2 del artículo 464 del código de procedimiento civil, cabe consignar, que de la mera lectura de los mandatos y contrato, se colige que Cristóbal Andrade Roga tiene facultad suficiente y vigente, para suscribir pagarés en calidad de representante de Santander Gestión de Recaudación y Cobranzas Limitada, persona jurídica que actúa como mandataria del deudor, según poder otorgado por éste último en Contrato de Apertura de Crédito en Moneda Nacional y Afiliación al sistema y uso de Tarjetas de Crédito Mastercard, Uso de Servicios Automatizados y Mandatos Especiales, razones por las que se desestimará la excepción. TERCERO. Que, respecto de la excepción del número 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, y tratándose de meras afirmaciones del ejecutado, el hecho de estar en conversaciones con el actor para una prórroga del plazo en el pago de la deuda, lo que no ha sido acreditado por éste, correspondiéndole la carga de la prueba, se desestimará la excepción. CUARTO. Que, incumbe probar la existencia de las obligaciones o su extinción a quien alega aquéllas o ésta. C-2988-2021 Foja: 1
Texto Completo (Preview)
C-2988-2021 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2988-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/JON SÁ Santiago, diecinueve de Enero de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 26 de marzo de 2021, Julio Domínguez Longueira, abogado, domiciliado en Avenida El Bosque Norte N° 0177, oficina 703, comuna de Las Condes, en representac
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica