CAVIERES/BARRA
Rol
M-12-2020
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos, el tribunal procederá a dictar sentencia, notificándose al abogado demandante por correo electrónico y a las partes demandadas por estado diario. Se pone término a la presente audiencia, siendo las 11: 50 horas. Dirigió doña MYRIAM VERONICA ORTIZ URRA, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras de Buin, en materia laboral. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Maipo-Buin. Buin, 19 de Diciembre de 2022 SENTENCIA: Primero: Comparece don Jorge Enrique Cavieres Cortes, conductor, domiciliado en calle Horacio Fernández N°64, comuna de Buin, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido indebido y cobro de prestaciones en contra de sus ex empleadores, doña Mónica Tamara San Martín Catalán, ignora profesión u oficio, o por quien la represente legalmente o haga las veces de tal, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 4 del Código del Trabajo, con domicilio en calle Camino Padre Hurtado, parcela 16 B, Escorial, comuna de Paine, y en contra de don Danilo de Jesús Barra Sandoval, ignora profesión u oficio, dedicado al giro de transporte de pasajeros vía taxi colectivo o por quien lo represente legalmente o haga las veces de tal, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 4 del Código del Trabajo con domicilio en calle Camino Padre Hurtado, parcela 16 B, Escorial, comuna de Paine, ambos en calidad de co-empleadores y solidariamente en contra de la Empresa de Transportes Aparición Sur Buin Huelquén Limitada representada legalmente por don Danilo de Jesús Barra Sandoval o quien haga las veces de tal de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo ambos domiciliados en calle Condell N° 15 conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que expone en su demanda, lo que se dan por reproducidos. Conforme a lo relatado en su demanda
Fallo
Por tanto, pide que se tenga por interpuesta dentro de plazo legal, demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido indebido y cobro de prestaciones en contra de los demandados ya individualizados, acogerla a tramitación y, en definitiva, declarar: A.- Que los demandados doña, Mónica Tamara San Martín Catalán y don Danilo de Jesús Barra Sandoval tienen la calidad de co-empleadores. B.- Que su despido es nulo e indebido. C.- Que las demandadas deberán pagarle las prestaciones señaladas precedentemente. C.- Que las sumas adeudadas deberán pagarse con reajustes e intereses y costas. Segundo: Que según consta en la causa los demandados fueron válidamente notificados de comparecer a esta audiencia celebrada el día de hoy, en el caso de doña Mónica Tamara San Martín Catalán mediante aviso publicado en el Diario Oficial el 1 de diciembre de 2022, y el demandado don Danilo de Jesús Barra Sandoval, por sí y en su calidad de representante legal de la demandada solidaria Empresa de Transportes Aparición Sur Buin Huelquén Limitada fueron notificados el 12 de marzo de 2020, y consta que se le enviaron cartas certificadas a los dos últimos demandados el 22 de noviembre de 2022, sin embargo, ninguno de ellos se apersonó, ni contestó la demanda y debido la falta de comparecencia de las demandadas el llamado a conciliación no prosperó. Tercero: La parte demandante solicitó que se dictara sentencia de inmediato, atendido que los demandados no comparecieron,
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 19 de Diciembre de 2022. RUC 20-4-0251426-5 RIT M-12-2020 MAGISTRADO MYRIAM VERONICA ORTIZ URRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gemita de Jesús Araya Herrera SALA Única HORA DE INICIO 11:36 horas HORA DE TERMINO 11:50 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2040251426-5-377 zoom PARTE DEMANDANTE NO COMPARECE JORGE EN
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica