1º Juzgado de Letras de Rengo

RIVEROS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RENGO

Rol

C-898-2021

Fecha

19 de enero de 2022

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 26 de mayo de 2021, a folio N 1, y rectificaci n de demanda de° ó fecha 4 de junio de 2021, a folio N 5, compareci don ° ó H CTOR ENRIQUEÉ RIVEROS NU EZÑ , empleado, c dula nacional de identidad N 7.422.015-0,é ° domiciliado en pasaje Las T rtolas N 151, Villa Oriente, comuna de Rengo, quienó ° interpuso demanda de prescripci n extintiva de deuda por concepto de derechos de aseoó domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, persona jur dica de derecho p blico, R.U.T. N 69.081.200-2, representadaí ú ° por don Carlos Soto Gonz lez, alcalde, c dula nacional de identidad N 8.437.701-5,á é ° ambos domiciliados en Bisquert N 262, comuna de Rengo, solicitando se declaren° prescritas las obligaciones que abarcan desde los a os 1996 a 2013, o las que el Tribunalñ estime de conformidad a derecho, con costas. Al fundar su demanda se al que consta del certificado de deuda acompa ado,ñ ó ñ emitido por el Departamento de Aseo de la Municipalidad de Rengo, que el rol de aval o 179-19 de esta comuna, correspondiente a su domicilio, tiene una deuda deú $1.157.873, incluidos intereses y reajustes por concepto de diversas cuotas de los a osñ 1996 a 2021 por derechos de aseo. Indic que es del caso que las cuotas que constan en el certificado entre los a osó ñ 1996 a 2013, se encuentran prescritas, por cuanto han transcurridos m s de 5 a os desdeá ñ que se hicieron exigibles, quedando vigente la deuda por los a os 2018 a 2021, queñ alcanza a la suma de $85.504. Finalmente cit lo dispuesto en los art culos 2514 y 2515 del C digo Civil. ó í ó Que, con fecha 18 de junio de 2021, a folio N 7, se notific personalmente la° ó demanda de autos y su prove do, a la parte demandada en forma legal.í Que, con fecha 29 de junio de 2021, a folio N 8, compareci do a ° ó ñ Carolina Ossand n Villarroeló , abogada, por la demandada, quien a lo principal de su presentaci n contest la demanda de autos.ó ó Fund su defensa en que la declaraci n de prescr

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que, con fecha 26 de mayo de 2021, a folio N 1, y rectificaci n de° ó demanda de fecha 4 de junio de 2021, a folio N 5, compareci don ° ó H CTORÉ ENRIQUE RIVEROS NU EZÑ , quien interpuso demanda de prescripci n extintivaó de deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, a fin de que se declare en definitiva, la prescripci n de las obligaciones que indic en su libelo pretensor, atendidaó ó las razones de hecho y de derecho se aladas en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que, con fecha 29 de junio de 2021, a folio N 8, compareci° ó do a ñ Carolina Ossand n Villarroeló , por la Ilustre Municipalidad de Rengo, quien vino en contestar la demanda de autos, haciendo presente que la declaraci n deó prescripci n corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia, atendidas lasó razones de hecho y de derecho se alados en lo expositivo del presente fallo.ñ TERCERO: Que, primeramente debe tenerse presente, que la instituci nó jur dica de la prescripci n extintiva, parte del supuesto de que exista v lidamente unaí ó á obligaci n, la cual no se ha hecho exigible ante los Tribunales competentes poró negligencia del acreedor, dentro de un per odo determinado de tiempo, para lo cual,í constituyen como requisitos legales de procedencia: 1.- la existencia de una obligaci n;ó 2.- que la acci n sea prescriptible; y 3.- la inactividad del acreedor durante unó determinado lapso de tiempo. CUARTO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos, la parte demandante rindi la siguiente prueba ó documental: 1.- Certificado de deuda, emitido por el Departamento de Aseo de la Municipalidad de Rengo, de fecha 25 de mayo de 2021, a nombre de don H ctor Enrique Riveros N ez, respecto de la propiedad ubicada en PJé úñ LS TORTOLAS 151, Rol de aval o N 000179-0019. ú ° QUINTO: Que, por su parte, la demandada rindi prueba ó documental, consistente en 1.- Certificado de deuda, emitido por el Departamento de Aseo de la Municipalidad de Rengo, de fecha 29 de junio de 2021, a nombre de don H ctoré Enrique Riveros N ez, respecto de la propiedad ubicada en PJ LS TORTOLAS 151,úñ Rol de aval o N 000179-0019.ú ° SEXTO: Que, del m rito de los elementos probatorios referidos en elé considerando cuarto y quinto, que no fueron objetados por la parte contra qui n seé hicieron valer, permite dar por acreditado el primer supuesto de la acci n, consistente enó la existencia de la deuda morosa por derechos de aseo respecto de don H ctor Enriqueé Riveros N ez, por la propiedad ubicada en PJ LS TORTOLAS 151, de la comuna deúñ Rengo, ROL 000179-0019 , correspondiente al per odo comprendido entre la cuota 1í del a o 1996 a la cuota 2 del a o 2021, por la suma total de $1.168.159. ñ ñ S PTIMO:É En lo que respecta al segundo requisito, debe se alarse que,ñ trat ndose por ende de una acci n de cobro, se trata de una acci n prescriptible.á ó ó OCTAVO: Que, en cuanto al terce

Fallo

Por tanto, y previas citas legales solicit tener por interpuesta demandaó reconvencional de cobro de pesos, en contra de la demandada reconvencional, ya individualizado en autos, acogerla a tramitaci n y, en definitiva, hacer lugar, declarandoó que debe pagar a su representada el derecho de aseo de la propiedad, por el per odoí comprendido entre el primer semestre del a o 1996ñ y el segundo semestre del a oñ 2021, que a la fecha de la presentaci n de la demanda asciende a la suma deó $1.168.159.- o las que S.S., determine conforme el m rito de autos, m s aquellas que seé á generen durante la tramitaci n del juicio, debidamente reajustadas conforme variaci nó ó que experimente el I.P.C. entre la fecha de interposici n de esta demanda y la del pagoó efectivo y total de la deuda, o por el per odo que S.S., se ale, m s intereses por el mismoí ñ á per odo, con costas. í Que, mediante resoluci n de fecha 30 de junio de 2021, a folio N 11, se tuvoó ° por interpuesta demanda reconvencional y se confiri traslado, el que no fue evacuadoó por la parte demanda reconvencional, por lo que en este acto se tendr por evacuado elá mismo en su rebeld a. í Que, con fecha 9 de agosto de 2021, a folio N 18, se llev a efecto el° ó comparendo de conciliaci n, respecto de la demanda principal y reconvencional, con laó asistencia de la parte demandante, representada por su abogado don Ra l Moralesú Matus, y en rebeld a de la parte demandada. Llamadas las partes a conciliaci n, sta noí ó é se produjo,

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-898-2021 CARATULADO : RIVEROS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RENGO Rengo, diecinueve de Enero de dos mil veintid s.ó VISTOS: Que, con fecha 26 de mayo de 2021, a folio N 1, y rectificaci n de demanda de° ó fecha 4 de junio de 2021, a folio N 5, compareci don ° ó H CTOR ENRIQUEÉ RIVEROS NU EZÑ , empleado, c dula naciona

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