SCANIA FINANCE CHILE S.A./SOCIEDAD DE INVERSIONES CIUDAD DE PANAMA SPA
Rol
C-18537-2020
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Maciel Pinto Ortega, abogada, domiciliada en Pasaje Rosa Rodr guez N 1375, oficina 612, comuna y ciudad de Santiago, en representaci ní ° ó convencional de Scania Finance Chile S.A, representada legalmente por Santiago Zamar, Ingeniero Comercial, y por Diego Marcelo Mancilla Astorga, abogado, todos domiciliados en Panamericana Norte N 9850, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago° e interpone de demanda terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago deó rentas y otros, en contra de Sociedad de Inversiones Ciudad de Panam SPAá , sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por ó Kareen Natalihe Vargas Gajardo, Ingeniera comercial, ambas con domicilio en calle Latorre N 457,º comuna y ciudad de Santiago. Fundamenta su presentaci n, se alando que mediante instrumento privado deó ñ fecha 28 de diciembre del a o 2018, debidamente protocolizado con fecha 16 de eneroñ del a o 2019, bajo el n mero 1090, ante Andr s Felipe Rieutord Alvarado, Notarioñ ú é P blico de la Trig sima Sexta Notar a de la ciudad de Santiago, ú é í Repertorio N 1927-º 2019; su representado celebr un contrato de arrendamiento, con la sociedadó demandada, ya individualizada, respecto de los siguientes bienes de propiedad de su representada: 1) Un BUS, marca SCANIA, modelo K360 E5, Carrocer a Mascarelo modeloí Roma 350; nuevo y sin uso, a o 2019, color NARANJO ROSADO FUCSIAñ AMARILLO VERDE, n mero de motor 8314504, n mero de chasisú ú 9BSK4X200J3924857, placa patente LCFR.10-4, del Registro Nacional de Veh culosí Motorizados. 2) Un BUS, marca SCANIA, modelo K360 E5, Carrocer a Mascarelo modeloí Roma 350; nuevo y sin uso, a o 2019, color NARANJO ROSADO FUCSIAñ AMARILLO VERDE, n mero de motor 8314511, n mero de chasisú ú C-18537-2020 Foja: 1 9BSK4X200J3924864, placa patente LCFR.11-2, del Registro Nacional de Veh culosí Motorizados. Se ala que de acuerdo a lo pactado en la cl usula sexta del contrato, la renta deñ á arrendamiento se pagar a: í a)
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que notificada legalmente la sociedad demandada sta comparecié ó y contestando la demanda solicit el rechazo de la misma.ó SEGUNDO: Que, al tenor de lo que dispone el art culo 1698 del C digo deí ó Procedimiento Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinci n a quien alega stas oó é aquellas y que en el referido sentido el demandante acompa a los autos, no siendoñó objetados de contrario: 1) Contrato de arrendamiento suscrito entre las partes con fecha 16 de enero de 2019; 2) Acta de entrega del Bus, marca SCANIA, placa patente LCFR.10-4; 3) Acta de entrega del Bus marca SCANIA, placa patente LCFR.11-2; 4) Certificado de inscripci n y anotaciones vigentes del veh culo placa patente LCFR.10-4;ó í y 5) Certificado de inscripci n y anotaciones vigentes del veh culo placa patenteó í LCFR.11-2; documentos no objetados de contrario, que de conformidad a lo dispuesto por el art culo 346 N 3 del C digo de Procedimiento Civil en concordancia con losí ° ó art culos 1700 y 1702 del C digo Civil permiten tener por acreditada, por una parte, laí ó existencia y estipulaciones del contrato cuya terminaci n y pago de rentas se demandaó en autos, y al mismo tiempo el cumplimiento oportuno del demandante de sus obligaciones correlativas, respecto de la entrega de las especies arrendadas. TERCERO: Que asimismo, cabe establecer que ha sido la propia parte demandada quien ha reconocido expresamente en la contestaci n de la demanda, laó existencia del contrato de arrendamiento y sus estipulaciones, as como elí incumplimiento de su parte en su obligaci n del pago de rentas, haciendo alusi n enó ó primer t rmino al estallido social, desde octubre de 2019 y posteriormente a laé declaraci n de emergencia sanitaria desde octubre de 2020, lo que le habr a generadoó í un gran menoscabo econ mico a su empresa perteneciente al rubro del transporte deó pasajeros, a consecuencia de la imprevisi n de las circunstancias.ó En consecuencia, el asunto controvertido en estos autos, dice relaci n conó determinar la factibilidad de aplicar la Teor a de la Imprevisi n a las circunstanciasí ó alegadas por el demandado que habr an propiciado el incumplimiento de su obligaci ní ó de pago del canon de arrendamiento pactado, a partir de enero de 2020 en adelante. CUARTO: Que, la sociedad demandada al desarrollar sus alegaciones se alañ que con el solo prop sito de poder desarrollar a cabalidad el giro de la sociedad contrató ó los servicios de la empresa demandante, haciendo presente que a la fecha de la celebraci n del contrato, el pa s se encontraba enmarcado en una etapa normal deó í desarrollo econ mico, lo que habr a cambiado impactando gravemente sus finanzasó í primero con el estallido social y posteriormente cuando la situaci n comenzaba aó normalizarse, habr a ocurrido un impacto mayor con la declaraci n de emergenciaí ó sanitaria por la propagaci n del virus Covid-19, todo lo cual provoc dr sticaó ó á C-18537-2020 Foja: 1 disminuci n de viajes, que la h
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda de lo principal de fojas 1, en cuanto se declara la terminaci n del contrato de arrendamiento de fecha 16 de enero del a o 2019, queó ñ lig a las partes respecto de los bienes muebles correspondiente a:ó 1) Un BUS, marca SCANIA, modelo K360 E5, Carrocer a Mascarelo modeloí Roma 350; nuevo y sin uso, a o 2019, color NARANJO ROSADO FUCSIAñ AMARILLO VERDE, n mero de motor 8314504, n mero de chasisú ú 9BSK4X200J3924857, placa patente LCFR.10-4, del Registro Nacional de Veh culosí Motorizados. 2) Un BUS, marca SCANIA, modelo K360 E5, Carrocer a Mascarelo modeloí Roma 350; nuevo y sin uso, a o 2019, color NARANJO ROSADO FUCSIAñ AMARILLO VERDE, n mero de motor 8314511, n mero de chasisú ú 9BSK4X200J3924864, placa patente LCFR.11-2, del Registro Nacional de Veh culosí Motorizados. II. Que, se condena a la demandada Sociedad de Inversiones Ciudad de Panam SPA,á al pago de las rentas de arrendamiento vencidas a partir de la cuota C-18537-2020 Foja: 1 correspondiente a enero de 2020, y a la suma de las rentas devengadas posteriormente y que se adeudaren hasta la restituci n material de los bienes arrendados.ó III. Que, se condena a la demandada al pago de la cl usula penal pactada, ená la forma razonada en el considerando d cimo.é IV. Que, se condena en costas a la demandada por resultar completamente vencida. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C-18.537-2020 DICTADA POR ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DEL SEXTO J
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C-18537-2020 Foja: 1 FOJA: 49 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18537-2020 CARATULADO : SCANIA FINANCE CHILE S.A./SOCIEDAD DE INVERSIONES CIUDAD DE PANAMA SPA Santiago, diecinueve de Enero de dos mil veintid só VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Maciel Pinto Ortega, abogada, domiciliada en Pasaje Rosa Rodr guez N 1375, oficina 612, comuna y c
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