DAZA/
Rol
V-185-2020
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 22 de mayo de 2020, a las 14:22 horas, a través de oficina judicial virtual PABLA DAZA PAREDES, RUN 11.756.418-5, chilena, Abogada, domiciliada en calle Nueva de Lyon N° 19, of. 51, Providencia, Santiago, solicitó la concesión de explotación denominada “ELIANA 7, 1 AL 200”, sobre una superficie de 200 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en esta comuna. SEGUNDO: Que tal manifestación se publicó el día 10 de junio de 2020 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.677 y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Caldera, con fecha 01 de junio de 2020, a fojas 180, Nº 141 de ese mismo año. TERCERO: Que con fecha 24 de diciembre de 2020, se solicitó la mensura del total las pertenencias manifestadas, por una superficie de 200 hectáreas. CUARTO: Que la solicitud de mensura fue publicada en el Boletín Oficial de Minería N° 42.853, de fecha 13 de enero de 2021. Que vencido el plazo legal, no hubo presentación alguna de escrito por oposición a dicha solicitud, ni a la constitución de la misma. QUINTO: Que la superficie mensurada comprende 200 pertenencias de las solicitadas, con una superficie final de 200 hectáreas, con el nombre “ELIANA 7, 1 AL 200” y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VERTICE NORTE (metros) ESTE (metros) L1 7.028.100,00 355.800,00 L2 7.028.100,00 356.800,00 L3 7.026.100,00 356.800,00 L4 7.026.100,00 355.800,00 Su punto de interés corresponde a la intersección de la coordenada 7.027.100,00 metros Norte con la abscisa 356.300,00 metros Este. SEXTO: Que el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante ORD. N° 3849, de fecha 24 de junio de 2021, entregó informe con observaciones, las que fueron subsanadas por el interesado con fecha 27 de agosto de 2021. Luego, con fecha 21 de octubre de 2021, mediante ORD. N° 6683, el Servicio Nacional de Geología y Minería, devuelve expediente por falta de datos ___________________________________________________________________________________________________ Juzgado de Letras y Garantía de Caldera - Calle Tocornal N° 317, Caldera / Fonos: (52) 2315547 - 2316140 en plano original, las que fueron subsanadas por el interesado con fecha 19 de noviembre de 2021. Finalmente, con fecha 06 de enero de 2022, mediante ORD. N° 121, el Servicio Nacional de Geología y Minería, entregó informe favorable señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos, la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias, se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado, como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. SÉPTIMO: Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. OCTAVO: Que por resolución de fecha 10 de enero de 2022, se ordenó traer los autos para fallo.
Fallo
Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 70, 85, 86, 87 y 90 del Código de Minería, SE RESUELVE: I.- Se declara constituida la concesión de explotación “ELIANA 7, 1 AL 200” con una superficie total de DOSCIENTAS (200) HECTÁREAS, a favor de PABLA DAZA PAREDES, ya individualizada. II.- Apruébese su plano y acta de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. IV.- Dese extracto y publíquese. V.- Inscríbase junto con el acta de mensura y archívense los planos. Anótese, regístrese, dese copias y archívese en su oportunidad. ROL V-185-2020 Sentencia dictada por SALVADOR BRICEÑO GUEVARA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. ara ___________________________________________________________________________________________________ Juzgado de Letras y Garantía de Caldera - Calle Tocornal N° 317, Caldera / Fonos: (52) 2315547 - 2316140 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-01-19T09:07:13-0300
Texto Completo (Preview)
Caldera, diecinueve de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 22 de mayo de 2020, a las 14:22 horas, a través de oficina judicial virtual PABLA DAZA PAREDES, RUN 11.756.418-5, chilena, Abogada, domiciliada en calle Nueva de Lyon N° 19, of. 51, Providencia, Santiago, solicitó la concesión de explotación denominada “ELIANA 7, 1 AL 200”, sobre una superficie de 200
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