3º Juzgado de Letras de Coquimbo

TERCER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO /

Rol

V-99-2021

Fecha

18 de enero de 2022

Materia

CARGO JUDICIAL, CONCURSO A

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con el mérito de los antecedentes y de lo dispuesto en los artículos 290 y 294 del Código Orgánico de Tribunales, se procederá a confeccionar la terna en base a las siguientes consideraciones: a) Que se recibieron las postulaciones contenidas en el listado de preselección remitido por la unidad de reclutamiento de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, las que total ascienden a 15 personas, procediéndose a citar a todos los postulantes preseleccionados, a una audiencia pública con la Juez que suscribe, habiéndose desistido del concurso la postulante cédula de identidad N° 15.183.028-5 y concurriendo únicamente 8 de los preseleccionados a la respectiva citación, siendo aquel subgrupo el que será tomado en consideración para los efectos de confección de la respectiva terna. b) Que el artículo 294 inciso séptimo del Código ya citado, señala que en las ternas para cargos de quinta categoría se incluirá al empleado más antiguo de la sexta categoría calificado en la lista de méritos que se oponga al concurso. Que consta de los antecedentes que no existe ningún postulante de aquellos señalados en la norma, puesto que en la lista de preselección no consta ningún funcionario que se encuentre en la sexta categoría del escalafón de empleados. c) Que la misma disposición ya referida, señala que los otros dos lugares los ocuparán empleados de la quinta categoría o sexta categoría calificados en lista de méritos que se opongan al concurso de conformidad a lo establecido en el inciso segundo; o personas extrañas al Poder Judicial elegidos por sus méritos. d) Que en consecuencia, los oponentes que conforman la lista de preselección y que asistieron a la entrevista personal, se encuentran en la hipótesis de Foja: 1 dicho inciso, la que permite conformar la presente terna con postulantes de la quinta o sexta categoría o personas extrañas al Poder Judicial elegidos por sus méritos. e) Que, así se conformará la terna conforme a los méritos y aptitudes relevantes

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Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : V-99-2021 CARATULADO : TERCER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO / Coquimbo, dieciocho de Enero de dos mil veintid só VISTOS: Con el mérito de los antecedentes y de lo dispuesto en los artículos 290 y 294 del Código Orgánico de Tribunales, se procederá a confeccionar la terna en base a las siguient

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