ANTOFAGASTA MINERALS S.A./
Rol
V-568-2021
Fecha
18 de enero de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, Abogado, en representación de Antofagasta Minerals S.A., ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, piso N°18, comuna Las Condes, Santiago, con fecha 01 de Septiembre del año 2021, a las 15:41:10 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “ADAGIO A 23”, con una superficie de 200 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 10 de Septiembre del año 2021, el pedimento fue inscrito a fojas 5141, bajo el Nº2708, del año 2021, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha, 27 de Septiembre del año 2021, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº8800, de fecha 28 de diciembre del año 2021, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.392.500,00 404.000,00 V1 7.393.000,00 403.000,00 V2 7.393.000,00 405.000,00 V3 7.392.000,00 405.000,00 V4 7.392.000,00 403.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos; Código: RZYSXXEPMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fallo
SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “ADAGIO A 23” con una superficie de 200 hectáreas, a favor de Antofagasta Minerals S.A. representada por don Juan Esteban Poblete Newman, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase por correo electrónico copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas ejecutoriada la presente sentencia por correo electrónico. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. Dictada por doña Marjorie Galleguillos Ayala, Juez Subrogante. Antofagasta, dieciocho de Enero del año dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Código: RZYSXXEPMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-01-18T14:29:10-0300
Texto Completo (Preview)
ROL : V-568-2021 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “ADAGIO A 23” CÓDIGO : P02 SOLICITANTE : ANTOFAGASTA MINERALS S.A. FECHA INICIO : 01.09.2021 Antofagasta, dieciocho de Enero del año dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, Abogado, en representación de Antofagasta Minerals S.A., ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, piso N°18,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica