TELIAS/POLICOMP S.A.
Rol
T-1655-2021
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Denuncia. Compareció don PABLO SALVADOR TELIAS PASMIÑO, cédula de identidad Nº 18.077.266-9, trabajador, actualmente cesante, para estos efectos domiciliado en calle Arturo Prat N° 625, oficina 32, San Bernardo, quien en lo principal interpuso denuncia de tutela por vulneración de la garantía de indemnidad, prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de POLICOMP S.A., rol único tributario Nº 96.692.300-8, empresa de su denominación, representada legamente por don Jaime Pollock Veloso, cédula de identidad Nº 6.448.208-4, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia Nº 1901, piso 11, comuna de Providencia. Solicita que, en definitiva, se declare lo siguiente: A) Que su despido fue vulneratorio de la garantía de indemnidad, y que la demandada ha incurrido en represalias al haber puesto término al contrato de trabajo por causa de demanda laboral presentada en este Tribunal (sic). B) Se condene a la denunciada a celebrar actos y contratos con el Estado y sus empresas, oficiando al ministerio de economía y la dirección Chile Compras. C) Que la demandada debe pagar las indemnizaciones y prestaciones referidas en el numerando III (prestaciones demandadas), o las que el Tribunal determine en mérito de los antecedentes y pruebas rendidas: 1. Indemnización especial del artículo 489 inciso 3º del Código del Trabajo, equivalente a 11 remuneraciones mensuales: de $5.912.500. 2. Feriado proporcional adeudado, periodo 2020 y 2021: $223.950. 3. Descuento adeudado de atrasos: $156.589. D) Que las sumas deberán pagarse con reajustes e intereses legales, y E) Que la demandada deberá pagar las costas de esta causa. Expone que el 9 de diciembre de 2020, ingresó a prestar servicios para la demandada, desempeñándose como operador telefónico, modalidad teletrabajo. El contrato de trabajo era indefinido. Durante toda la vigencia de la relación laboral, se desempeñó en las dependencias de la demandada y se encargaba de la atención, contestac
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Audiencia preparatoria. Excepciones. Llamado a conciliación. Hechos no controvertidos. Hechos controvertidos. Que en la audiencia preparatoria se verificaron los siguientes trámites procesales: Excepciones de pago y finiquito: el Tribunal deja su resolución para definitiva, fundamentos que constan en el registro de audio. Llamado a conciliación: resultó frustrado. Hechos no controvertidos: 1. El demandante se desempeñó para la demandada como operador telefónico desde el 9 de diciembre de 2020, percibiendo una remuneración de $537.500. 2. La demandada puso término a los servicios del demandante con fecha 29 de septiembre de 2021 invocando para ello la causal establecida en el inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo. Hechos a probar: 1. Efectividad de haber suscrito las partes al término de los servicios finiquito. En su caso, fecha, cumplimiento de las formalidades legales, contenido y alcance de dicho instrumento. 2. Efectividad de haber obedecido el despido del demandante a una vulneración de su garantía de indemnidad. En la afirmativa, circunstancias. 3. Efectividad de adeudar la demandada al demandante feriado proporcional y descuentos por atrasos. En la afirmativa, monto y periodo que se adeuda respecto de cada una de dichas prestaciones. SEGUNDO: Medios de prueba de la demandante. Que la demandante incorporó los siguientes medios de prueba: Documental 1. Contrato de trabajo de fecha 9 de diciembre de 2020. 2. Finiquito firmado con reserva de derechos de 1 de octubre de 2021. 3. Carta de despido de fecha 29 de septiembre de 2021. 4. Liquidaciones de sueldo febrero, marzo, junio, julio y septiembre de 2021. 5. Carátula de informe de fiscalización N° 13/1312/2021/1842. 6. Informe de Exposición N° 13/1312/2021/1842, de 27 de septiembre de 2021. 7. Constancia ante la Inspección del Trabajo de 30 de septiembre de 2021. Confesional Se solicitó la declaración de don Jaime Pollock Veloso, en su calidad de representante legal de la denunciada, bajo apercibimiento legal, quien no compareció. La demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento. Exhibición de documentos La demandada exhibe a la demandante: 1. Contrato y anexos de contrato del demandante por todo el periodo trabajado; 2. Liquidaciones de remuneraciones del trabajador por todo el periodo trabajado; 3. Comprobante del pago de feriado proporcional, o en su defecto documento que acredite que el trabajador hizo uso de su feriado, en ambos casos firmado por el trabajador (no exhibe, en el finiquito consta su pago); 4. Resolución de Multa 8367/21/32 (lo exhibe); 5. Registro de asistencia durante todo el periodo trabajado; 6. Libro auxiliar de remuneraciones del periodo año 2021 (meses de agosto de 2021 a enero de 2022) (no lo exhibe). La demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal por la no exhibición del documento N° 3, previo traslado, queda su resolución para definitiva. Oficio Se incorpora la respuesta de AF
Fallo
Por tanto, pide tener por opuestas las excepciones de pago y finiquito, y declarar, en base a ellas; que se rechaza íntegramente la demanda en contra de Policomp S.A., con expresa condena en costas. En el primer otrosí, en subsidio, contesta la denuncia por infracción a los derechos fundamentales y, con su mérito, pide rechazarla en todas sus partes, con expresa condenación en costas. En cuanto a los hechos o circunstancias descritos por el actor, hace presente que no son efectivos los hechos que se denuncian y/o la interpretación que se atribuye a los mismos. De acuerdo a lo previsto en los artículos 490 y 493 del Código del Trabajo no acompañó a su libelo antecedente alguno que la fundamentare. Lo anterior es fundamental, por cuanto el actor debía presentar la prueba indiciaria con la presentación original, lo que no ha efectuado y en conformidad a lo dispuesto en el Código del Trabajo, la denuncia de vulneración de derechos fundamentales debió haber sido rechazada, por no acompañar los documentos que acrediten la existencia de los hechos denunciados. En efecto, no acompañó materialmente a su denuncia documento alguno. Niega expresamente los siguientes hechos: a) No es efectivo que Policomp S.A., haya despido al Sr. Telias como represalia de una denuncia presentada por él en contra de la empresa; b) No es efectivo que el día 27 de septiembre se hayan cursado multas en contra de su representada producto de la fiscalización remota N° 1312/2021/1842; c) No es efectivo que P
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Sentencia definitiva RIT: T-1655-2021 RUC: 21-4-0371950-9 __________________/ Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: Denuncia. Compareció don PABLO SALVADOR TELIAS PASMIÑO, cédula de identidad Nº 18.077.266-9, trabajador, actualmente cesante, para estos efectos domiciliado en calle Arturo Prat N° 625, oficina 32, San Bernardo, quien en lo principal interpuso denuncia de tu
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