4 Juzgado de Familia Santiago

ANONIMIZADO

Rol

C-716-2024

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de Ley de Matrimonio Civil, será competente para conocer de las acciones de separación, nulidad o divorcio, el juzgado con competencia en materias de familia, del domicilio del demandado.- 2.- Que por su parte, el artículo 182 del Código Orgánico de Tribunales expresa que la prórroga de la competencia sólo procede en primera instancia entre tribunales ordinarios de igual jerarquía y respecto de ...

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de febrero de dos mil veinticuatro. Téngase presente nuevo domicilio del demandado a don MIGUEL, cedula de identidad: NUM000, a saber el ubicado DIRECCION000, de la comuna de Pudahuel. Estese a lo que se resolverá. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de Ley de Matrimonio Civil, será competente para conocer de las acciones de separació

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