DONOSO/MUGA
Rol
C-2744-2021
Fecha
17 de enero de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 13 de octubre de 2021, folio 1, comparece GERARDO ANTONIO DONOSO BARRETO, abogado, domiciliado en calle Las Perlas Norte 125, departamento 704, Re aca, Vi a del Mar, quien deduce demanda deñ ñ terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra deó CAROLINA ANDREA MUGA CER NÓ , trabajadora dependiente, con domicilio en calle Los Lobos 610, Block N, departamento 404, Villa Primavera, Conc ,ó solicitando se practiquen las reconvenciones legales y, se declare terminado el contrato de arrendamiento, condenando al demandado a pagar la suma de $15.485.172; m s reajustes e intereses, como asimismo el pago de las rentas yá consumos futuros hasta la restituci n de la propiedad, dentro de tercero d a desdeó í que se le notifique la sentencia que recaiga en esta demanda, con costas. En el primer otros , de la misma presentaci n, en subsidio deduce demanda de desahucio.í ó Con fecha 10 de noviembre de 2021, folio 10, se notifica la demanda a la demandada, de conformidad con lo dispuesto en el art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil, y se practica la primera reconvenci n de pago.ó Con fecha 19 de noviembre de 2021, folio 16, se realiza la audiencia de estilo, en la cual se tuvieron por contestadas las demandas en rebeld a de la parteí demandada, se efect o la segunda reconvenci n de pago y se efectu el llamado aú ó ó conciliaci n, el que result frustrado ante la inasistencia de la demandada. Seó ó recibi la causa a prueba, rindiendo la parte demandante su prueba.ó Con fecha 3 de enero de 2021, folio 20, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: De la demanda. Que con fecha 13 de octubre de 2021, folio 1, comparece Gerardo Antonio Donoso Barreto, quien deduce demanda de terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra deó Carolina Andrea Muga Cer nó , ambos ya individualizados; a fin de que se acoja, se practiquen las reconvenciones legales, y, en definitiva, se declare terminado el contrato de arrendamiento, condenando a la demandada a pagar la suma de $15.485.172, m s reajustes e intereses, como asimismo el pago de las rentas yá consumos futuros hasta la restituci n de la propiedad, dentro de tercero d a desdeó í que se le notifique la sentencia, con costas. Se ala que con fecha 1 de marzo de 2018 ante Notario Interino de la sextañ notar a de Vi a del Mar, don Fernando Rafael Antonio Lobos Dom nguez, dio ení ñ í arrendamiento a do a Carolina Andrea Muga Cer n, el inmueble ubicado en calleñ ó Los Lobos 610, Block N, departamento 404, Villa Primavera, Conc n, Rol SIIó 3102-328. El contrato de arrendamiento se pact por un plazo de un a o a contaró ñ del 1 de marzo de 2018 entendi ndose renovado por t cita reconducci n poré á ó periodos sucesivos de un a o cada vez.ñ Agrega que la renta de arrendamiento se estipul en la cl usula segundaó á del contrato en la cantidad de $155.000 mensuales, pagaderos mediante mensualidades anticipadas los primeros 5 d as h biles de cada mes, en la cuentaí á corriente 419-01251-06 del Banco de Chile, quedando como recibo de pago la copia del respectivo dep sito bancario o comprobante de transferencia electr nica.ó ó En caso de no pago oportuno de la renta dentro del plazo indicado, las partes fijaron de com n acuerdo una multa o recargo correspondiente al 2% de inter sú é por cada d a de atraso (sin fijarse convencionalmente el tope de dicha multa). Porí otro lado, la cl usula tercera establece la forma de reajuste del canon, siendo ená este caso seg n la variaci n que experimente el ndice de Precios al Consumidor, oú ó Í en el caso que este fuera negativo o inferior al 3%, un reajuste convencional de un 3% sobre el valor de renta vigente. Respecto a los servicios b sicos, indica que la cl usula octava indica que laá á arrendataria se encuentra obligada a “cancelar” puntalmente los gastos del inmueble objeto del contrato, tales como gastos comunes, agua, luz, gas, extracci nó de basura, etc…; permitiendo la misma cl usula al arrendador, el requerir laá exhibici n de los recibos cancelados de dichos consumos. Se ala asimismo, que laó ñ cl usula sexta impone a la arrendataria la obligaci n de mantener el inmueble ená ó buen estado de conservaci n, siendo responsable de aquellos da os,ó ñ detrimentos y deterioros que pudiese sufrir la propiedad por su falta de cuidado, los cuales, deben ser debidamente indemnizados. Indica que, a la fecha, la arrendataria en lo absoluto ha dado cumplimiento a su obligaci n emanada del contrato de arrendamiento, cual es el pago de la renta correspondiente aó los meses de mayo, j
Fallo
Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento por no pago de rentas en contra de do a CAROLINA ANDREA MUGAñ CER N, admitirla a tramitaci n, ordenar se practiquen las reconvenciones legales, la segunda enÓ ó el comparendo de estilo que se decrete al efecto, para, en definitiva, acoger la demanda decret ndose lo siguiente:á 1. Que el contrato de arrendamiento se encuentra terminado por no pago de rentas. 2. Que se condene a la parte demandada al pago de las rentas adeudadas, aquellas que se devenguen durante el juicio m s intereses, multas por retardo, reajustes e intereses, todo, hasta laá efectiva restituci n del inmueble.ó 3. Que se ordene la restituci n dentro de tercero da del inmueble arrendado, libre deó í todo ocupante, bajo el apercibimiento de lanzamiento con fuerza p blica.ú 4. Que la demandada se encuentra obligada al pago de las cuentas de consumos b sicos,á tales como agua y electricidad, que se encuentren impagos, los que se precisar n en la etapa deá cumplimiento del fallo, debidamente reajustado y con los intereses correspondientes, y los que se devenguen durante la tramitaci n del juicio, y hasta que se efect e la restituci n f sica de laó ú ó í propiedad. 5. Que se condene a la parte demandada al pago de las costas del juicio, tanto procesales como personales. En subsidio de lo principal, solicita tener por interpuesta demanda de desahucio de contrato de arrendamiento en contra de do a CAROLINA ANDREA MUGA C
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FOJA: 21 .- veintiuno.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-2744-2021 CARATULADO : DONOSO/MUGA Vi a del Marñ , diecisiete de Enero de dos mil veintid só VISTO: Con fecha 13 de octubre de 2021, folio 1, comparece GERARDO ANTONIO DONOSO BARRETO, abogado, domiciliado en calle Las Perlas Norte 125, departamento 704, Re aca, Vi a del Mar, quien dedu
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