1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MOYA/PEIDE ELECTRIC SUPPLY S.A.

Rol

O-6849-2022

Fecha

20 de diciembre de 2022

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. Desistimiento acción: Consta en audio. La parte demandante viene en desistirse de la acción por daño moral y solicita admisión tácita de la demanda. El Tribunal Resuelve: Ha lugar, téngase por desistida a la demandante de la acción indemnizatoria por daño moral.

Fundamentos

Fundamentos constan íntegramente en audio. SENTENCIA: Atendido lo anterior y encontrándose dentro de los parámetros establecidos en el artículo 454 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo, no habiendo contestado la demanda encontrándose la parte demandada legalmente emplazada, se procederá a hacer uso de la facultad contenida en dicho precepto normativo, omitiendo recibir la causa a prueba y procediéndose a dictar sentencia de inmediato a petición de la parte demandante en los siguientes términos. Se deja constancia que la Sentencia dictada en audiencia se encuentra íntegramente registrada en el audio correspondiente y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del acta 71-2016, se procede a transcribir sólo la parte resolutiva. Santiago, a dieciséis de diciembre del año dos mil veintidós. Vistos, oídos y considerandos PRIMERO: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, comparece don PEDRO JOSE MOYA MALAVE, cédula de identidad número 27.586.342-4, de nacionalidad venezolano, con domicilio para efectos de este proceso en calle Agustinas 1442, oficina 303 B, Santiago, quien presenta demandan en procedimiento ordinario en causa RIT O-6849-2022, en contra de PEIDE ELECTRIC SUPPLY S.A. Rut N° 76.297.803-2, representada legalmente por don Raúl Planells Portugal Rut N° 10.382.186-K, ambos con domicilio en Calle Santa Elena de Huechuraba N° 1125, comuna de Huechuraba, Santiago, Región metropolitana. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 160, 162, 454 N° 1 inciso 7°, y siguientes del Código del Trabajo

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Pedro José Moya Malave, cédula de identidad número 27.586.342-4, en contra de en contra de PEIDE ELECTRIC SUPPLY S.A. Rut N° 76.297.803-2, representada legalmente por don Raúl Planells Portugal cédula de identidad N° 10.382.186-K, todos previamente individualizados, y SE DECLARA : 1. Que el actor prestó servicios para la parte demandada desde el 01 de diciembre del año 2021, hasta el 26 de septiembre del año 2022. 2. Que el despido del trabajador fue injustificado e indebido. 3. Que en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor lo siguiente: a. $912.531 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. $325.000 por concepto de feriado proporcional. II. Que las sumas precedentemente señaladas deberán ser pagadas, con los intereses e reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que la demandada deberá enterar en los organismos previsionales a los cuales se encuentra afiliado el actor, a saber, AFP UNO, FONASA Y AFC, las cotizaciones adeudadas correspondientes a los meses de diciembre 2021, enero/2022, marzo a septiembre de 2022, en base a una remuneración ascendente a la suma de $912.531. IV. Que se declara la nulidad del despido y en consecuencia se condena a la demandada al pago de las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo, desde la fecha del despido, esto es 26 de septiembre del 2022 hasta la fecha de la convalidación del mis

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 16/12/2022, Santiago RUC 22-4-0438941-K RIT O-6849-2022 CARATULADO MOYA/PEIDE ELECTRIC SUPPLY S.A. MAGISTRADO EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Lorena Beatriz Pérez Donoso HORA DE INICIO 09:08 HORA DE TERMINO 09:30 SALA Sala virtual 6.2 Nº REGISTRO DE AUDIO

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