2º Juzgado de Letras de San Fernando

FRUIT SERVICE LIMITADA/SOTO

Rol

O-68-2022

Fecha

16 de diciembre de 2022

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1,5, 7, 8, 174, 201, 420 letra a), 446 a 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se ACOGE la demanda de solicitud de desafuero maternal interpuesta por FRUIT SERVICE LIMITADA, RUT 76.177.119-1, representada legalmente por don Javier Eduardo Pérez Gaete, RUT 8.859.397-9, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Manuel Rodríguez 311, comuna de San Fernando, y en consecuencia, se le autoriza para poner término al contrato de trabajo celebrado con doña FERNANDA ELENA SOTO FARÍAS, RUT 20.346.794-K, domiciliada en Pasaje Unión El Porvenir 20, comuna de Chimbarongo. II.- Que no se condena en costas a la demandada vencida, atendido que no dedujo oposición. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Con lo actuado se puso término a la audiencia, quedando los comparecientes notificados personalmente de todo lo actuado y resuelto en la misma. Dirigió la audiencia don MARCELO ARAYA ROJAS, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós.

Fundamentos

CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1,5, 7, 8, 174, 201, 420 letra a), 446 a 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se ACOGE la demanda de solicitud de desafuero maternal interpuesta por FRUIT SERVICE LIMITADA, RUT 76.177.119-1, representada legalmente por don Javier Eduardo Pérez Gaete, RUT 8.859.397-9, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Manuel Rodríguez 311, comuna de San Fernando, y en consecuencia, se le autoriza para poner término al contrato de trabajo celebrado con doña FERNANDA ELENA SOTO FARÍAS, RUT 20.346.794-K, domiciliada en Pasaje Unión El Porvenir 20, comuna de Chimbarongo. II.- Que no se condena en costas a la demandada vencida, atendido que no dedujo oposición. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Con lo actuado se puso término a la audiencia, quedando los comparecientes notificados personalmente de todo lo actuado y resuelto en la misma. Dirigió la audiencia don MARCELO ARAYA ROJAS, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO FECHA 16-12-2022 RUC 22-4-0403442-5 RIT O-68-2022 MAGISTRADO MARCELO ARAYA ROJAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Maldonado E. HORA DE INICIO 11:14 horas HORA DE TERMINO 12:16 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240403442-5-116 PARTE DEMANDANTE FRUIT SERVICE LIMITADA RUT 76.177.119-1 ABOGADO DEMANDANTE VICTOR ANTONIO POBLETE RIOS FORMA DE NOTIFICACION E- M

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica