Juzgado de Letras de Peñaflor

GALLEGOS/

Rol

V-78-2021

Fecha

15 de enero de 2022

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don Felipe Ignacio Gallegos Vargas, empleado, c dula nacional de identidad N 21.128.611-3, domiciliado en Pasaje villa Tupahueé º N 654, comuna de Padre Hurtado, solicita el cambio de sus apellidos, esto es Gallegos° Vargas, por los de Copelli Copelli, quedando su nombre en definitiva en el de Felipe Ignacio Copelli Copelli. Expone que sus nombre actual le fue puesto por sus padres biol gicos de los queó no tiene m s informaci n, que desde temprana edad fue criado y acogido por otraá ó persona que fue siempre la que se present como su madre, motivo por el cual, m s alló á á de estar inscrito en todos los lugares e instituciones como as tambi n colegios bajo suí é nombre legal, todos lo conoc an y conocen hasta el d a de hoy bajo el nombre deí í FELIPE IGNACIO COPELLI COPELLI. A ade que desde el a o 2004ñ ñ aproximadamente que usa el nombre antes indicado, que sus actuales amistades y conocidos lo conocen bajo el nombre indicado y llevar los nombres de sus padres biol gicos le causa un perjuicio moral y sentimental, pues respecto de ellos no tieneó absolutamente ning n contacto, ellos jam s se han acercado a l, nunca cumplieron susú á é obligaciones de padres, y todas las responsabilidades, cari os y afectos que puedeñ necesitar un hijo fueron asumidas y entregadas por otra mujer, a la que reconoce como su nica madre siendo estos los apellidos que actualmente usa, los de ella.ú Conforme lo expuesto y lo dispuesto en el art culo 1 de la ley 17.344 en susí ° letras a) y b), solicita se acoja su solicitud y se ordene el cambio de su nombre en la forma antes indicada. A folio 13, acompa a autos la publicaci n en el Diario Oficial de fecha 01 deñó ó octubre de 2021. A folio 7, se rindi informaci n sumaria de testigos.ó ó A folio 18, consta agregado a autos, el informe de 30 de noviembre de 2021 emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n y el extracto de filiaci n yó ó antecedentes del solicitante, sin a

Fallo

se acuerda de sus caras.ó Declar tambi n do a Marisol Eugenia Arriagada Carre o, due a de casa,ó é ñ ñ ñ domiciliada en El Filodendro 18.807, Maip , quien refiere que conoce al solicitanteú desde que l ten a dos a os ya que su hermano en ese entonces era pareja de do aé í ñ ñ Cecilia Copelli quien sigui los tr mites para su adopci n. Sabe que Felipe desde queó á ó tom conocimiento y tiene uso de raz n ha querido cambiar sus apellidos a los deó ó Copelli Copelli ya que se identifica con ellos y siempre ha querido llevar el apellido de su madre, agrega que nunca conoci a los padres biol gicos de Felipe y que l es muyó ó é tranquilo y trabajador y que siempre ha querido llevar el apellido de su madre a quien tanto ama. TERCERO: Que el tribunal para autorizar una modificaci n o rectificaci n deó ó nombre deber verificar la concurrencia de alguna de las causales previstas en el art culoá í 1 de la ley 17344, a saber:° a. Apreciar que el mismo resulte rid culo, risible o menoscabe moral oí materialmente al titular del mismo; b. Cuando el solicitante haya sido conocido por m s de cinco a os, por motivosá ñ plausibles con nombres o apellidos distintos de los que tiene en su partida, esto es ser reputado o tratado socialmente con nombre diverso del que tenga en su partida; c. En los casos de filiaci n no matrimonial o en que la filiaci n no estó ó é determinada, ya sea para contar con dos apellidos, o para cambiar aquel que se ha repetido en su inscripci n. ó Que en la especie, la so

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Pe aflorñ CAUSA ROL : V-78-2021 CARATULADO : GALLEGOS/ Pe aflorñ , quince de Enero de dos mil veintid só VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, don Felipe Ignacio Gallegos Vargas, empleado, c dula nacional de identidad N 21.128.611-3, domiciliado en Pasaje villa Tupahueé º N 654, comuna de Padre Hurtado, soli

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica