1º Juzgado de Letras de Santa Cruz

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/MAESTRANZA SEMAE LIMITADA

Rol

C-8-2021

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 07 de enero del a o 2021, comparece do a ñ ñ EUGENIA GOMEZ HERMOSILLA abogada, domiciliada en Plaza de Armas Nº286, Santa Cruz, actuando en representaci n judicial, del ó BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n,ó ó representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, domiciliados en Agustinas Nº1.070, Piso 2, Ala Sur, Santiago, Regi n Metropolitana, e interpone demanda en juicio ejecutivo en contraó de MAESTRANZA SAMAE LIMITADA, en su calidad de suscriptor, representada legalmente por don V ctor Galvarino Barros Contreras y don Ram ní ó Andr s Erazo Lorca, del giro de su denominaci n, con domicilio en Hijuela A Loteé ó N°6, La Capellan a, comuna de Santa Cruz y tambi n en calle La Cruz N°636,í é Villa Las Garzas, comuna de Santa Cruz, y en contra de don VICTOR GALVARINO BARROS CONTRERAS, en su calidad de aval y codeudor solidario, domiciliado en Hijuela A Lote N°6, La Capellan a, comuna de Santaí Cruz y tambi n en calle La Cruz N°636, Villa Las Garzas, comuna de Santaé Cruz, solicitando que se despache en su contra mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de $6.197.830.-, en capital, m s intereses y costas hasta laá fecha de pago efectivo, ordenando seguir adelante con la ejecuci n hasta el pagoó ntegro de la suma adeudada.-í Se ala que el titulo ejecutivo consistente en un pagar que fue suscrito a lañ é orden de su representado por MAESTRANZA SAMAE LIMITADA, representada legalmente por V ctor Galvarino Barros Contreras y Ram n Andr s Erazo Lorca,í ó é cuya firma aparece autorizada por Notario p blico con fecha 20 de julio de 2016,ú por la suma de $6.197.830.-, y deveng ndose durante toda la vigencia del cr dito,á é calculado d a a d a, la tasa de inter s pactada en el mismo. í í é Agrega que se pact que en caso de mora o simple retardo en el pago deló capital y/o de intereses en su caso, dar a derecho al acreedor a hacer exigible deí inmediato

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 07 de enero del a o 2021, comparece do añ ñ EUGENIA GOMEZ HERMOSILLA abogada, domiciliado en Plaza de Armas Nº286, Santa Cruz, actuando en representaci n judicial, del ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONES, É sociedad an nima bancaria del giro de suó denominaci n, representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Vonó Chrismar Carvajal, ingeniero civil, domiciliados en Agustinas Nº1.070, Piso 2, Ala Sur, Santiago, Regi n Metropolitana, e interpone demanda en juicio ejecutivo enó contra de MAESTRANZA SAMAE LIMITADA, en su calidad de suscriptor, representada legalmente por don V ctor Galvarino Barros Contreras y don Ram ní ó Andr s Erazo Lorca, del giro de su denominaci n, con domicilio en Hijuela A Loteé ó N°6, La Capellan a, comuna de Santa Cruz y tambi n en calle La Cruz N°636,í é Villa Las Garzas, comuna de Santa Cruz, y en contra de don VICTOR GALVARINO BARROS CONTRERAS, en su calidad de aval y codeudor solidario, domiciliado en Hijuela A Lote N°6, La Capellan a, comuna de Santaí Cruz y tambi n en calle La Cruz N°636, Villa Las Garzas, comuna de Santaé Cruz, solicitando que se despache en su contra mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de $6.197.830.-, en capital, m s intereses y costas hasta laá fecha de pago efectivo, ordenando seguir adelante con la ejecuci n hasta el pagoó ntegro de la suma adeudada.-í SEGUNDO: con fecha 20 de febrero del a o 2021, comparece el ejecutadoñ oponiendo a la ejecuci n la excepci n contemplada en el N° 2 del art culo 464ó ó í del C digo de Procedimiento Civil, esto es “ó Falta de personer a oí representaci n legal del que comparezca en nombre del demandante”ó , solicitando que sean acogidas, rechazando la demanda, con costas. Afirma el ejecutado que no es posible tener certeza de la validez o existencia del mandato judicial otorgado a do a Eugenia G mez Hermosilla, porque no se acompa elñ ó ñó documento en que se fundar a la presunta investidura de quien confiere mandato aí la abogada compareciente en representaci n del Banco de Cr dito e Inversiones.-ó é TERCERO: Que, la falta de capacidad del demandante, o de personer a oí representaci n legal del que comparece a su nombre, considera 3 situaciones: 1)ó Falta de capacidad del demandante: puede ser absoluta, relativa o especial, 2) Insuficiencia o falta de personer a o representaci n convencional y 3) Falta deí ó representaci n legal. Por su parte, el art culo 4 del C digo de Procedimiento Civil,ó í ó dispone que “toda persona que deba comparecer en juicio a su propio nombre o como representante legal de otra, deber hacerlo en la forma que determine laá ley”. Al respecto, cabe se alar que la relaci n jur dica de origen legal, judicial oñ ó í voluntario, en virtud de la cual una persona denominada representante, actuando dentro de los l mites de su poder, realiza actos a nombre de otra, llamadaí representado, hace recaer sobre sta los efectos jur dicos emergentes de su gesti n,é í ó de modo que la falta de capac

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos 160,á í 170, 254 N°4, 434, 464 N°2, 470 y siguientes del C digo de Procedimientoó Civil, art culo 401 N°10 del C digo Org nico de Tribunales, art culo 1698 delí ó á í C digo Civil, y dem s normas legales pertinentes, ó á SE RESUELVE: I.- Que, se RECHAZA, las excepci n contemplada en el N°2 del art culoó í 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado con fecha ó 20 de febrero del a o 2021ñ .- II.- Que, se ordena seguir adelante con la ejecuci n hasta el entero yó cumplido pago de la suma de seis millones ciento noventa y siete mil ochocientos treinta pesos ($6.197.830.-), en capital, m s intereses, ordenando seguir adelanteá con la ejecuci n hasta el pago ntegro de la suma adeudada.-ó í III. Que, se condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida.- An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.-ó í í í Dictada por don MAURICIO NU EZ ECHEVERRIAÑ , Juez Titular.- En Santa Cruz, a catorce de Enero de dos mil veintid só , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte ht

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FOJA: 51.-cincuenta y uno.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Santa Cruz CAUSA ROL : C-8-2021 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/MAESTRANZA SEMAE LIMITADA Santa Cruz, catorce de Enero de dos mil veintid s.ó VISTOS: Que, con fecha 07 de enero del a o 2021, comparece do a ñ ñ EUGENIA GOMEZ HERMOSILLA abogada, domiciliada en Plaza de Armas Nº286, Santa Cruz,

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