Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/

Rol

V-3082-2021

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Daniel Ramírez Toledo, chileno, casado, Empleado, cédula nacional de identidad Nº 10.592.425-9, domiciliado en Avda. Nueva Oriente N° 2696 Villa Exótica, Calama, en representación de la COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, Empresa Chilena, minera, creada el 16 de mayo de 1996, domiciliada en Avda. Nueva Oriente N°2696 Villa Exótica, Calama, presentó con fecha 04 de agosto de 2021, el Pedimento Minero denominado “MALVINA B 3", solicitando la concesión del mismo. SEGUNDO: Que dicho pedimento se inscribió a fojas 4213 bajo el Número 2568, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2021. TERCERO: Que el pedimento antes referido se publicó con fecha 23 de agosto de 2021, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que con fecha 14 de diciembre de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería mediante su Ord. N°2595 emitió el correspondiente informe técnico consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley, y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento minero denominado “MALVINA B 3”, materia de esta concesión son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) P.M. 7.716.500,00 493.000,00 1 7.718.000,00 491.000,00 2 7.718.000,00 495.000,00 3 7.715.000,00 495.000,00 4 7.715.000,00 491.000,00 Y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería, y artículo 42 del Reglamento

Fallo

SE DECLARA: SE APRUEBA el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada “MALVINA B 3”, con una superficie total de 1.200 HECTÁREAS, a favor de su solicitante COMPAÑIA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez(a) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a catorce de enero del año dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede./ mad. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021,

Texto Completo (Preview)

FOJA: 8.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-3082-2021 CARATULADO : COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/ POZO ALMONTE, CATORCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDÓS VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Daniel Ramírez Toledo, chileno, casado, Empleado, cédula nacional de identidad Nº 10.592.425-9, domiciliado en Avda. Nueva Oriente N° 2696 Vill

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