Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó

M.P. C/ JOSÉ LUIS FLORES DÍAZ

Rol

O-25-2025

Fecha

5 de septiembre de 2025

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: El veintiséis de agosto del año dos mil veinticinco ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, presidido por la Magistrada Macarena Yáñez Cerda e integrada por las magistradas Paulina Rodríguez Rodríguez y Jimena Orellana Fuenzalida, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de LUIS ALBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, cédula de identidad N°17.821.119-6, nacido en Talca el día 27 de Diciembre de 1990, 34 años, soltero, temporero agrícola y en construcción, domiciliado en Población Santa Fe, Villa Eduardo Frei, Pasaje 3 Nº 455 de Curicó. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público de Curicó, representado por el fiscal Felipe Novoa González. La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público Mario Acevedo Aburto.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de acuerdo al auto de apertura de juicio oral, la acusación fiscal, versa sobre los siguientes hechos y circunstancias: “El día 08-08-2024 en horas de la tarde, los imputados José Luis Flores Díaz y Luis Alberto Sepúlveda Ramírez proceden a quebrar el vidrio trasero detrás del conductor del vehículo marca Kia motor, modelo Sorento, color plateado el año 2017, placa patente única JRFK-10 que se encontraba estacionado en la vía pública en calle Merced frente al 341 costado norte de la calzada de propiedad de Freddy Andrés Gutiérrez Moya quien lo había dejado estacionado ahí tiempo anterior mientras realizaba diligencias, quiebran el vidrio de la puerta trasera costado izquierdo y sustraen desde ahí un maletín color negro en el cual se mantenían facturas, guías de despacho y $300.000 en dinero efectivo, se dan a la fuga son detenidos en un tiempo próximo inmediato comparte la especie sustraídas en este caso el bolso negro y son detenidos y se adopta procedimiento de rigor”. Los hechos descritos precedentemente, en concepto del ente persecutor, son constitutivos del delito consumado de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, descrito y sancionado en el artículo 443 inciso 1° y 2° del Código Penal, en que al acusado le ha correspondido participación criminal en calidad de autor. En su alegato de apertura el Fiscal señala que estima que acreditará los hechos de la acusación, pide veredicto condenatorio. En su alegato de clausura señaló que cree haber acreditado los hechos y la participación del acusado en ellos. No hubo réplica. SEGUNDO: Que, en su alegato de apertura la defensa expuso que estará a lo que señalará en la clausura, su representado va a declarar. En su Alegato de Clausura, señala que ciertamente esta es la segunda parte de un juicio que en cuya primera parte estuvo involucrado José Luis. Y esa diferencia es importante entre don José Luis y su representado, efectivamente, respecto de la participación de don Luis, se podría discutir si acaso efectivamente tuvo o no participación, si es que estaba concertado o no concertado con don José Luis quien finalmente es quien rompe el vidrio del vehículo y sustrae las especies. Lo cierto es que Código: EYCXBBMNJSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ante esta posible discusión su representado presta declaración el día de hoy y señala robamos, andábamos con José Luis, él siempre se considera dentro de esta pareja, como lo señala el fiscal. Lamentablemente para su representado el Ministerio Público ve como pareja y no terminó la causa respecto de don Luis en garantía, porque también consideraba que tenían que pasarlo todo a juicio o los dos en garantía terminarla. En ese orden de ideas no se va a discutir por su representado el ilícito y que él presta declaración precisamente reconociendo su participación. No van a discutir el ilícito sin perjuicio de ello van a hacer la alegación respectiva en la audien

Fallo

Por estas consideraciones y, VISTO, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 432, 442, 443 y 449 del Código Penal; 295, 297, 325, y siguientes, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 348, y 468 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se CONDENA, a LUIS ALBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SEISCIENTOS DÍAS de presidio menor en su grado medio, a las accesorias de suspensión de cargo y oficios públicos mientras dure la condena, como AUTOR del delito de robo con fuerza en cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público en perjuicio de Freddy Gutiérrez Moya perpetrado el 8 de agosto de 2024 en esta ciudad. II. Que, por no reunir los requisitos para optar a una sanción sustitutiva, deberá cumplir integra y efectivamente la pena privativa impuesta sirviéndole de abono los días que ha estado privado de su libertad con ocasión de esta causa, detenido y sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva entre el 8 al 19 de agosto de 2024 y entre el 19 de julio de 2025 y la fecha de esta sentencia, esto es 61 (sesenta y un) días, debiendo agregarse aquellos días que medien entre esta última fecha y aquella en que quede ejecutoriado el presente fallo. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por haber sido representado por la Defensoría Penal Pública Licitada, por haber colaborado con la investigación y por presumírsele pobre. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cump

Texto Completo (Preview)

RESUMEN Acusado Luis Alberto Sepúlveda Ramírez. Robo en bienes nacionales de uso público (autor– consumado) Decisión Condenado RIT 25-2025 RUC 2400932125-6 Curicó, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO: El veintiséis de agosto del año dos mil veinticinco ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, presidido por la Magistrada Macarena Yáñez Cerda e integrada

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica