5º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CEPEDA

Rol

C-22872-2018

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 24 de julio de 2018, comparece don Octavio Calle Ávila, abogado, domiciliado en Agustinas 1291, 6° piso, oficina H, de esta ciudad, como mandatario judicial y en representación de Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representado a su vez por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, ambos domiciliados en El Golf 125, Las Condes, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de don Ismael Andrés Cepeda Benavides, ingeniero comercial, domiciliado en calle San Nicolás N° 1480, Dpto. N° 801, de la comuna de San Miguel, Región Metropolitana, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. El 27 de abril de 2021, a folio 51, el demandado opone a la ejecución la excepción del número 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando se deniegue la ejecución, según los fundamentos que señala. El 7 de mayo de 2021, a folio 54, el ejecutante evacúa el traslado a la excepción opuesta, solicitando su rechazo con costas, conforme a los argumentos que expone. El 17 de mayo de 2021, a folio 55, se tuvo por evacuado el traslado del ejecutante,

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. El 20 de diciembre de 2021, a folio 69, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 24 de julio de 2018, comparece don Octavio Calle Ávila, en representación del Banco de Crédito e Inversiones, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de don Ismael Andrés Cepeda Benavides, a objeto de que, acogiéndola, se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por un total de 3.842 Unidades de Fomento, equivalentes a $104.484.957.- de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento para el día 23 de julio de 2018 y que fuera de $27.195,46.- más intereses pactados, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, con costas. C-22872-2018 Foja: 1 Señala que la escritura pública de fecha 28 de noviembre del 2017 otorgada en la notaría de Santiago de don René Benavente Cash, da cuenta que su representado dio en mutuo al ejecutado la cantidad de 3.842 Unidades de Fomento. Indica que el deudor se obligó a pagar la referida cantidad de 3.842 Unidades de Fomento, en el plazo de 302 meses, por medio de 300 dividendos mensuales, vencidos y sucesivos de 21,3616 Unidades de Fomentos, pagaderos dentro de los primeros 5 días de cada mes, más la tasa de interés real, anual y vencida de 4,49%. Agrega que en caso de mora o simple retardo en el pago de uno cualquiera de los dividendos, éste devengaría

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C-22872-2018 Foja: 1 FOJA: 74 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-22872-2018 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/CEPEDA Santiago, catorce de Enero de dos mil veintid só VISTOS Con fecha 24 de julio de 2018, comparece don Octavio Calle Ávila, abogado, domiciliado en Agustinas 1291, 6° piso, oficina H, de esta ciudad, como mandatario ju

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