6º Juzgado Civil de Santiago

SAN MARTÍN/MOLINA

Rol

C-10474-2020

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 10 de julio de 2020, comparece Hugo Pavez Parisi, abogado, domiciliado en calle Hu rfanos N 1.117, oficina 822, Comuna de Santiago, ené ° representaci n de Juan Ignacio Ruz San Martin, y de Juana Albina San Mart n Sobarzoó í e interpone demanda en juicio ordinario de cumplimiento de contrato con indemnizaci n de perjuicios en contra de Luis Alberto Molina Rodr guez, empleado,ó í c dula de identidad N 8.771.966-9, domiciliado en Hu rfanos N 786, departamentoé ° é ° 303, Comuna de Santiago, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Fundamenta su presentaci n se alando que ó ñ por escritura p blica de compraventaú ante el notario de Santiago Francisco Javier Leiva Carvajal, con fecha 29 de abril de 2015, el demandado habr a í vendido la nuda propiedad a Juan Ignacio Ruz San Martin, del inmueble inscrito en el Registro de Propiedad de Fojas 32.062, N 47.464, y ° adem sá se habr a constituidoí el usufructo vitalicio a favor de Juana Albina San Mart n Sobarzo,í inscrito en el Registro de Hipotecas a Fs. 25.241, N 29.126, ambas del a o 2015 del° ñ Conservador de Bienes Ra ces de Santiago sobre el departamento 407 del edificioí ubicado en calle Hu rfanos N 786, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, deé ° ó acuerdo al plano agregado al final del Registro de Propiedad del mes de julio de 1953, cartel 34, y los derechos en proporci n al valor de lo adquirido en uni n de los otrosó ó adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al lote 1 del plano respectivo, que deslinda: Norte, con calle Hu rfanos; Sur,é sitio 2 del mismo inmueble de propiedad de la comunidad San Antonio; Oriente, con propiedad que fue de do a Teresa Portales; y Poniente, con calle San Antonio.ñ Indica que de acuerdo a la cl usula tercera del contrato: á El precio de la“ compraventa es la cantidad de $25.000.000.-, que el comprador paga del siguiente modo: a) con la suma de $10.000.000.- que se pagan en este acto de contado y en dinero efectivo al vendedor, quien declara recibirlo a plena satisfacci n; y, b) con laó suma de $15.000.000.- que las partes aval an de com n acuerdo por la ocupaci n delú ú ó C-10474-2020 Foja: 1 inmueble por parte del vendedor, sin perjuicio de la multa que se establece m sá adelante, lo que se eleva a la calidad de esencial en la celebraci n del presente contrato,ó renunciando expresamente y desde ya el vendedor a la acci n resolutoria. Queda enó consecuencia, enteramente pagado el precio de la presente compraventa.” En cuanto a la entrega, expresa que se convino en la cl usula d cima primeraá é que “el vendedor entregar la propiedad dentro del plazo m ximo de CINCO A OS Aá á Ñ CONTAR DE ESTA FECHA, libre de ocupantes, de especies y con sus consumos domiciliarios pagados y al d a.í ; alegando que llegado el 30 de abril de 2020 no fue” entregado el inmueble, y que a la fecha de la presentaci n de la demanda no lo haó efectuado. Asimismo, indica que a continuaci n la misma clausula indica Con todo, unaó “ vez vencido el plazo, por cada d a de atraso en su restituci n, las partes pactan unaí ó unidad de fomento diaria por cada d a de atraso. ; multa que de conformidad a loí ” pactado se ha devengado a partir del 30 de abril en curso en adelante y deber a serí pagada hasta la entrega material del inmueble, en la forma convenida, esto es, libre de ocupantes, de especies y con sus consumos domiciliarios pagados y al d a, prestaci n queí ó tambi n se demanda.é Agrega que el incumplimiento del dem

Fallo

Por estas consideraciones, en m rito de autos y visto, adem s, lo dispuesto en losé á art culos 1489, 1544, 1545, 1556, 1698, 1700, 1701, 1793 y siguientes, 1871 y dem sí á normas pertinentes del C digo Civil; art culo 160, 170, 253 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que, se acoge la demanda de cumplimiento de contrato interpuesta con fecha 10 de julio de 2020, y en este sentido se ordena al demandado Luis Alberto Molina Rodr guez a entregar al comprador el inmueble vendido consistente en elí departamento 407 del edificio ubicado en calle Hu rfanos 786, comuna de Santiago,é dentro de tercero d a de que este fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de que si noí lo hace se proceder al lanzamiento de todos sus ocupantes con auxilio de la fuerzaá p blica, de ser necesario.ú II.- Que, se rechaza la demanda en cuanto a la indemnizaci n de perjuicios,ó de acuerdo a lo razonado en el considerando noveno. III.- Que, no se condena en costas al demandado por no resultar totalmente vencido. An tese, reg strese y, en su oportunidad, arch vese.ó í í ROL C- 10.474-2020 RESOLVI ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DEL SEXTOÓ JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA MAR A ELENA MOYA G MERA, SECRETARIAÍ Ú SUBROGANTE Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de Enero de dos mil veintid só C-10474-2020 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

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C-10474-2020 Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10474-2020 CARATULADO : SAN MART N/MOLINAÍ Santiago, catorce de Enero de dos mil veintid só VISTOS: Que, con fecha 10 de julio de 2020, comparece Hugo Pavez Parisi, abogado, domiciliado en calle Hu rfanos N 1.117, oficina 822, Comuna de Santiago, ené ° representaci n de Juan Ign

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