NOVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO
Rol
C-3812-2019
Fecha
13 de enero de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 comparece do a MARCELA NOVA ARACENAñ , casada, chilena, domiciliada en Lago Colico N 5493, Talcahuano, en representaci n de su c nyuge don° ó ó CRISTIAN ADRIAN MOLINA RODRIGUEZ, montajista industrial, de su mismo domicilio e interpone demanda de declaraci n de prescripci n extintiva en contra de laó ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, persona jur dica de derechoí p blico, representada legalmente por su Alcalde don ú HENRY CAMPOS COA, funcionario p blico, ambos con domicilio en calle Sargento Aldea 250, Talcahuano,ú fundada en los siguientes antecedentes de hecho y derecho: Expone que don Cristian Molina Rodr guez es due o del inmueble ubicado ení ñ Lago Colico N 5493, comuna de Talcahuano, respecto del cual existe una deuda a favor° de la I. Municipalidad de Talcahuano por cobro de servicio de extracci n de residuosó domiciliarios por un monto total de $860.381. Se ala que parte de estos cobros, espec ficamente los que corresponden al periodoñ í entre el 30 de septiembre de 2008 hasta el a o 2013, equivalente a la suma de $774.60ñ (sic), estar an extinguidos por la prescripci n establecida en los art culos 2514 y 2515 delí ó í C digo Civil, los cuales transcribe.ó Finaliza solicitando que en m rito de lo expuesto y las disposiciones y citas legalesé pertinentes, se tenga por interpuesta demanda de prescripci n extintiva en contra de laó Ilustre Municipalidad de Talcahuano, representada legalmente por su alcalde, don Henry Campos Coa o por qui n lo subrogue en sus funciones; acogerla a tramitaci n, y ené ó definitiva, declarar la prescripci n extintiva de los derechos de aseo municipales poró servicio de extracci n de residuos domiciliarios, respecto del inmueble ubicado Lagoó Colico 5493, Talcahuano; por el periodo comprendido entre los a os 2008 hasta el a oñ ñ 2013, por un total de $774.620 (setecientos setenta y cuatro mil seiscientos veinte), con sus respectivos intereses, reajustes y multas, y en sentencia definitiva declare extinguidas tod
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareci do a MARCELA NOVA ARACENA,ó ñ en representaci n legal de su c nyuge don ó ó CRISTIAN ADRIAN MOLINA RODRIGUEZ y dedujo demanda para que se declare la prescripci n extintiva de largoó tiempo de los derechos de aseo que indica, respecto del inmueble de su propiedad ya singularizado, en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, representada legalmente por su alcalde Sr. Henry Campos Coa; demanda que se reseñó en la parte expositiva de esta sentencia, a la cual nos remitimos. SEGUNDO: Que el demandado no contest la demanda de autos,ó manteni ndose rebelde durante el curso de la litis. é TERCERO: Que, con el fin de acreditar los fundamentos de su acci n, la parteó demandante rindi prueba documental consistente en:ó 1.- Informe de Deuda de Derechos de aseo vigente, de fecha 10 de octubre del 2019, emitido por la Direcci n de administraci n y finanzas de la I. Municipalidad deó ó Talcahuano. Dicho documento acredita que el inmueble ubicado en calle Lago Colico N 5493° de la comuna de Talcahuano adeuda derechos de aseo por los per odos comprendidosí entre el 30 de septiembre de 2008 y el 30 de septiembre de 2018, de acuerdo al detalle que all se adjunta y que comprende los a os 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, paraí ñ luego saltarse al a o 2018.ñ 2.-. -Copia legalizada de la inscripci n de la compraventa con fecha 11 de junioó del a o 2019, respecto del inmueble ubicado en Lago Colico n 5493 comuna deñ ° Talcahuano. Con dicha documento se acredita el dominio del demandante Cristianb Molina Rodr guez respecto del inmueble referido, verific ndose as la legitimaci n activa queí á í ó posee para deducir la presente acci n.ó C-3812-2019 Foja: 1 3.- Mandato judicial otorgado por don Cristian Molina Rodr guez a su c nyugeí ó Marcela Nova Aracena. CUARTO: Que el art culo 2514 del C digo Civil establece que La prescripci ní ó “ ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ó ” Por su parte el art culo 2515 establece que El tiempo es en general de tres a osí “ ñ para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias .” QUINTO: Que, de acuerdo a lo consignado, la prescripci n extintiva de laó acci n deducida se encuentra comprendida en el art culo 2515 del C digo Civil y es deó í ó 5 a os contados desde que la obligaci n se hizo exigible, motivo por el que, ñ ó teniendo presente la fecha de la notificaci n de la demanda, practicada el 18 de noviembre deó 2019, ha de considerarse prescrita la acci n para el cobro de losó derechos municipales de servicios de extracci n de residuos domiciliarios de todos aquellos per odos anteriores aló í 18 de noviembre de 2014, los que de acuerdo al detalle del Informe de Deuda acompa ado, comprende los periodos conñ vencimiento entre el 30 de septiembre de 2008 hasta el 02 de diciembre de 2013, ambos inclusive,
Fallo
se declarar en loí á resolutivo de este fallo. Por estas consideraciones, Y VISTO, adem s lo dispuesto por los art culos 1698 yá í 2521 del C digo Civil; 144, 160, 170, 342, del C digo de Procedimiento Civil y art culosó ó í 12 y siguientes del Decreto Ley 3063, SE DECLARA: - QUE SE HACE LUGAR, sin costas, a la demanda interpuesta a folio 1, por do a Marcela Nova Aracena, en representaci n de don CRISTIAN ADRIAN MOLINAñ ó RODRIGUEZ en contra de la I. Municipalidad de Talcahuano, representada legalmente por su alcalde don Henry Leonardo Campos Coa; y en consecuencia se declara prescrita la acci n, ejecutiva y ordinaria, para el cobro de los derechosó municipales por extracci n de residuos domiciliarios correspondiente a los per odos conó í vencimiento entre el 30 de septiembre de 2008 hasta el 02 de diciembre de 2013, ambos incluidos, en relaci n con el inmueble ubicado en Lago Colico N 5493, Comuna deó ° Talcahuano, por el monto total de $774.620.- (setecientos setenta y cuatro mil seiscientos veinte pesos), incluidos reajustes e intereses An tese, reg strese notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Rol N 3812-2019° Dictada por don CESAR GUZMAN ANDRADE, Juez Subrogante del Primer Juzgado Civil de Talcahuano. C-3812-2019 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talcahuano, trece de Enero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verifi
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C-3812-2019 Foja: 1 FOJA: 43 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-3812-2019 CARATULADO : NOVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO Talcahuano, trece de Enero de dos mil veintid só VISTO: A folio 1 comparece do a MARCELA NOVA ARACENAñ , casada, chilena, domiciliada en Lago Colico N 5493, Talcahuano, en representaci n de su c nyuge don° ó ó CRIS
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