ALBORNOZ/BRIONES
Rol
C-13533-2020
Fecha
13 de enero de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que con fecha 31 de agosto de 2020, comparece do a GLADYSñ DEL CARMEN ALBORNOZ ROJAS, c dula nacional de identidad Né º 11.256.271-0, corredora de propiedades, con domicilio en Caleta Toltel Nº 2226, comuna de Maip , en representaci n de don CARLOS LUCIANOú ó PACHECO CARO, c dula nacional de identidad N 5.633.451-3, coné º domicilio en Veinticinco Elizabeth Street, Farmingdale, Nueva York 11.735, Estados Unidos, y viene en juicio sumario de termino de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en demandar en contra de do añ PAULINA ALEJANDRA BRIONES SILVA, c dula nacional de identidadé N 7.999.321-2, ignora profesi n u oficio, con domicilio en calle Diagonalº ó Paraguay N 24, departamento 801, comuna de Santiago, para que enº sentencia definitiva, se declare: 1. La terminaci n del contrato deó arrendamiento celebrado; 2. Condenar a la de demandada al pago de la suma de $900.000 por rentas insolutas y $ 730.762 por concepto de gastos comunes, sin perjuicio de aquellas rentas y cuotas de gastos comunes que se devenguen hasta la restituci n material del inmueble; 3. Se ordene laó restituci n material del inmueble, dentro de tercero d a de ejecutoriada laó í sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento de todos los ocupantes; 4. Que las sumas de dinero que se ordene pagar a la arrendataria, sean reajustadas seg n lo pactado en el contrato de arrendamiento; 5. Seú condene a la demandada al pago de costas procesales y personales del presente juicio. C-13533-2020 Que en subsidio, demanda de desahucio respecto del contrato celebrado entre las partes Con fecha 20 de octubre de 2021, se llev a cabo audiencia de estilo,ó a la que concurrieron ambas partes debidamente representadas. En dicha la demandante ratific la demanda en todas sus partes, y se tuvo poró contestada la demanda. Se resolvieron las excepciones opuestas por la demandada. Se llam a las partes a conciliaci n, la que finalmente no seó ó alcanz . Se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que rola
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fecha 31 de agosto de 2020, comparece do añ GLADYS DEL CARMEN ALBORNOZ ROJAS, en representaci n de donó CARLOS LUCIANO PACHECO CARO, y viene en juicio sumario de termino de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en demandar en contra de do a PAULINA ALEJANDRA BRIONES SILVA, todos yañ individualizados, para que en sentencia definitiva, se declare: 1. La terminaci n del contrato de arrendamiento celebrado; 2. Condenar a la deó demandada al pago de la suma de $900.000 por rentas insolutas y $ 730.762 por concepto de gastos comunes, sin perjuicio de aquellas rentas y cuotas de gastos comunes que se devenguen hasta la restituci n material deló inmueble; 3. Se ordene la restituci n material del inmueble, dentro deó tercero d a de ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de lanzamientoí de todos los ocupantes; 4. Que las sumas de dinero que se ordene pagar a la arrendataria, sean reajustadas seg n lo pactado en el contrato deú arrendamiento; 5. Se condene a la demandada al pago de costas procesales y personales del presente juicio. Funda su demanda en los siguientes antecedentes de hecho y derecho: I. CONTRATO CELEBRADO Con fecha 7 de junio de 2010 se suscribi contrato de arrendamientoó con do a PAULINA ALEJANDRA BRIONES SILVA, ya individualizada,ñ respecto del inmueble ubicado en calle Diagonal Paraguay N 24,º C-13533-2020 departamento 801, comuna de Santiago, el cual comenz su vigencia el 7ó de junio de 2010, por un per odo de 12 meses, renovable.í El monto fijado por concepto de renta mensual a pagarse los 5 primeros d as de cada mes, se pact en $170.000, suma que se reajustar aí ó í cada 12 meses seg n I.P.C. El canon de arriendo en la actualidad asciendeú a la suma de $225.000.- Se pact que la arrendataria quedar a obligada al pago de los gastosó í comunes y servicios especiales y fondos de reserva que puedan corresponder al inmueble. Debiendo pagar a su vez, consumos de luz, agua potable, gas y dem s consumos que no se encuentren incluidos en los gastos comunes.á II. RENTAS Y PRESTACIONES ADEUDADAS Que, a la fecha la arrendataria NO ha pagado la renta pactada desde el mes de marzo de 2020, adeud ndose a la fecha la suma de $900.000.-á Que, la arrendataria mantiene al d a de hoy deuda por gastosí comunes, por un total de $730.762, seg n liquidaci n emitida por laú ó comunidad con fecha 8 de julio de 2020. III. ACCIONES QUE SE DEMANDAN 1. T rmino de contrato de arrendamiento. Que, en raz n de losé ó incumplimientos graves que se demandan, procede la terminaci n deló contrato de arrendamiento, seg n lo dispone el art culo 1942 y 1977 delú í C digo Civil.ó 2. Cobro de rentas y prestaciones. Que, en raz n de lo expuesto,ó solicito se condene a la arrendataria al pago de las rentas no pagadas, por un total de $900.000 y de gastos comunes, por un total de $730.762, sin perjuicio de todas las rentas y cuotas de gastos comunes que se devenguen hasta la restituci n material del inmueble, sumas debidamente reaj
Fallo
fallo que resuelva el presente litigio,í bajo apercibimiento de lanzamiento de todos los ocupantes del inmueble. 4. Reajustes, intereses, costas y multas. Se solicita que toda suma de dinero a que sea condenada la arrendataria, sea reajustada en la forma pactada en el contrato y en la ley, con intereses correspondientes y con multa equivalente a un 0.5% diario, calculado sobre el valor de arriendo mensual, seg n cl usula N 5 del contrato celebrado. A su vez, en caso deú á º constituirse la arrendataria en mora de restituir el inmueble, una vez declarado el t rmino del contrato de arrendamiento, procede aumento delé 50% en el valor de la renta, hasta la restituci n material, seg n cl usula Nó ú á º 4 del contrato celebrado. 5. Finalmente, se solicita la condena en costas de la demandada. Que en subsidio, y en caso que la demandada enervare la acci n, haó deducido demanda de desahucio, en la intenci n de no perseverar en eló contrato celebrado. SEGUNDO: Que la demandada, siendo legalmente emplazada, se mantuvo rebelde durante la prosecuci n del presente proceso.ó TERCERO: Que como se indic , llam ndose las partes a conciliar,ó á esta no se alcanz por las partes.ó CUARTO: Que recibi ndose la causa a prueba, se fijaron losé siguientes puntos: 1.- Efectividad de haberse suscrito por las partes contrato de arrendamiento, estipulaciones del mismo; 2.- Efectividad de que la demandada se encuentra al d a en el pago de las rentas, y gastos comunes.í QUINTO: Que la demandantes, ha r
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C-13533-2020 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13533-2020 CARATULADO : ALBORNOZ/BRIONES Santiago, trece de Enero de dos mil veintid só VISTOS Que con fecha 31 de agosto de 2020, comparece do a GLADYSñ DEL CARMEN ALBORNOZ ROJAS, c dula nacional de identidad Né º 11.256.271-0, corredora de propiedades, con domicilio en Caleta Toltel
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