3º Juzgado Civil de Concepción

ROBSON/FISCO TESORERÍA REGIONAL DEL BIOBIO

Rol

C-2404-2021

Fecha

13 de enero de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 7 de Julio de 2021, comparece Iv n Gonz lez Navarrete,á á abogado, en representaci n procesal de ó Juan Francisco Robson Schaeffer, trabajador independiente, ambos domiciliados en An bal Pintoí N 80, Concepci n, quien impetra demanda de prescripci n extintiva en° ó ó juicio ordinario en contra del Fisco de Chile, Persona de Derecho P blico,ú representada legalmente por la Tesorer a Regional de Concepci n, a trav sí ó é de su Abogado Provincial don Ra l Alejandro Vivero Pino, abogado, o porú quien le reemplace o subrogue legalmente, todos domiciliados en Bernardo O'Higgins 749, Concepci n, solicitando se declare prescrita la acci n deó ó cobro de las deudas que expone en su demanda, incluidos el reajuste, inter s penal y multa, con costas, ordenando a la Tesorer a respectiva haceré í el descargo en la Cuenta nica Fiscal de los folios declarados prescritos.Ú Funda su demanda en la prescripci n extintiva de la acci n de cobroó ó del Fisco para perseguir el pago de las obligaciones tributarias presuntamente adeudadas por su representado, as como sus respectivosí cargos. Indica que, su representado registra ante el Servicio de Tesorer as,í conforme al certificado que acompa a en un otros , las siguientes deudasñ í fiscales y tributarias que se encuentran prescritas, incluy ndose los recargosé legales, como reajustes, inter s penal y multa: Formulario 21, tipo 21, folioé 60986460, fecha de vencimiento 30 de abril de 2010, valor neto adeudado $994.162; Formulario 21, tipo 21, folio 100737535, fecha de vencimiento 30 de abril de 2008, valor neto adeudado $37.545.204, Formulario 21, tipo 21, folio 100737555, fecha de vencimiento 30 de noviembre de 2008, valor neto adeudado $167.100; Formulario 21, tipo 21, folio 100739555, fecha de vencimiento 1 de enero de 1900, valor neto adeudado $374.839.° Agrega que, a los montos anteriores debe sumarse el reajuste, inter sé y multa, lo que da un total de $192. 272.546. Expone que, las deudas se aladas precedentement

Fundamentos

fundamentos y peticiones de la demanda, solicitando al tribunal sea acogida en todas sus partes. Con fecha 22 de octubre de 2021, se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 24 de diciembre de 2021, se cit a las partes para o ró í sentencia. CONSIDERANDO: 1 .-° Que, acorde a lo consignado en lo expositivo precedente, la demandante impetra demanda de prescripci n extintiva de las deudasó fiscales y tributarias, incluy ndose los recargos legales, como reajustes,é inter s penal y multa del Formulario 21, tipo 21, folio 60986460, fecha deé vencimiento 30 de abril de 2010, valor neto adeudado $994.162; Formulario 21, tipo 21, folio 100737535, fecha de vencimiento 30 de abril de 2008, valor neto adeudado $37.545.204, Formulario 21, tipo 21, folio 100737555, fecha de vencimiento 30 de noviembre de 2008, valor neto adeudado $167.100; Formulario 21, tipo 21, folio 100739555, fecha de vencimiento 1 de enero de 1900, valor neto adeudado $374.839, monto al° que debe sumarse el reajuste, inter s y multa, lo que da un total de $192.é 272.546. 2 .-° Que, legalmente emplazado, el demandado no contest laó demanda, motivo por el que han de entenderse controvertidos todos los hechos contenidos en ella. 3 .-° Que, a fin de probar los fundamentos de su acci n, la parteó demandante acompa , sin que fueren objetados, los siguientes documentos:ñó a) Certificado de deuda emitido con fecha 14 de abril de 2021 por Tesorer a General de la Republica contenidas en los folios n merosí ú 60986460, 100737535, 100737555 y 100739555, todos por impuesto de pago referido de formulario 21, a folio 1. b) Copia de sentencias en causa Rol C-2228-2012 del Primer Juzgado Civil de Concepci n, que acoge incidente de abandono, con certificaci n deó ó estar firme y ejecutoriada, a folio 1. 4 .- ° Que, a su turno, la demandada no rindi probanza alguna enó orden a desvirtuar las alegaciones del actor. 5 .- ° Que del examen del certificado de deuda emitido por la Tesorer a General de La Rep blica, acompa ado en el folio 1, y en lo queí ú ñ interesa, se tendr por acreditado que el demandante es, respecto deá Tesorer a General de la Rep blica, deudor de los siguientes folios: í ú a) Formulario 21, tipo 21, folio 60986460, fecha de vencimiento 30 de abril de 2010, valor neto adeudado $994.162. b) Formulario 21, tipo 21, folio 100737535, fecha de vencimiento 30 de abril de 2008, valor neto adeudado $37.545.204. c) Formulario 21, tipo 21, folio 100737555, fecha de vencimiento 30 de noviembre de 2008, valor neto adeudado $167.100. d) Formulario 21, tipo 21, folio 100739555, fecha de vencimiento 1° de enero de 1900, valor neto adeudado $374.839. 6 .-° Que, el actor interpuso demanda de prescripci n extintiva de laó deuda tributaria y de las acciones para perseguir su cobro, por haber transcurrido los plazos establecidos en la ley para impetrar el pago de impuestos, su recargo y sanciones pecuniarias que les pudieren acceder. 7 .-° Que, dicho lo anterior, y atendido lo que se resolver resultaá o

Fallo

se declara abandonado el procedimiento de cobro de obligaciones tributarias de los folios 60986460, 100737535, 100737555, 100739555, respecto del contribuyente Juan Francisco Robson Schaeffer. Indica que, habiendo sido declarado abandonado el cobro ejecutivo de las obligaciones tributarias, el efecto propio que se ha generado es la extinci n de las actuaciones realizadas dentro de un procedimiento, deó modo que se extinguen entre otros, la notificaci n y requerimiento de pagoó de la demanda. As , los plazos de prescripci n del art culo 200 seí ó í encuentran cumplidos, y no proceden las interrupciones del art culo 201 delí C digo Tributario. ó Sostiene que, la representaci n del Fisco en este juicio recae sobre eló Servicio de Tesorer as, quien deber actuar representado a su vez por elí á respectivo Abogado Provincial. En efecto, de acuerdo al tenor del art culoí 186 del C digo Tributario, en todos los asuntos de car cter judicial que seó “ á produzcan o derivan del cobro, pago o extinci n de obligaciones tributariasó y cr ditos fiscales, asumir la representaci n y patrocinio del Fisco, elé á ó Abogado Provincial que corresponda; no obstante, el Fiscal de la Tesorer aí General podr asumir la representaci n del Fisco en cualquier momento . á ó ” Con fecha 3 de septiembre de 2021, se notific la demanda deó conformidad al art culo 44 de c digo de Procedimiento Civil al Fisco deí ó Chile, representada legalmente por la Tesorer a Regional de Concepci n, aí ó trav s de su Abogado

Texto Completo (Preview)

FOJA: 24 .- veiticuatro .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-2404-2021 CARATULADO : ROBSON/FISCO TESORER A REGIONAL DELÍ BIOBIO Concepci nó , trece de Enero de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 7 de Julio de 2021, comparece Iv n Gonz lez Navarrete,á á abogado, en representaci n procesal de ó Juan Francisco Robson Schaeffer, trabajador indep

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica