ANONIMIZADO
Rol
F-127-2024
Fecha
1 de febrero de 2024
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en carpeta judicial y, teniendo en especial consideración opinión técnica que precede, de la cual se desprende que los hechos denunciados no se enmarcan en los presupuestos del artículo 5 de la Ley N° 20.066; por lo que, no se hace necesaria la intervención judicial. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 8 N° 16, 81 y siguientes de la Ley N° 19.968; y normas pertinentes de la Ley N° 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar; se resuelve: - Que, se rechaza la denuncia...
Fallo
se resuelve: - Que, se rechaza la denuncia...
Texto Completo (Preview)
En Melipilla, a uno de febrero del año dos mil veinticuatro. Por ingresado a mi despacho solo con esta fecha: Proveyendo a folio N° 4: Téngase presente asesoría técnica que precede. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en carpeta judicial y, teniendo en especial consideración opinión técnica que precede, de la cual se desprende que los hechos denunciados no se enmarcan en los pr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica