MARTÍNEZ/RESTAURANT KAREN DEL CARMEN TOBAR ÁLVAREZ E.I.R.L.
Rol
O-109-2022
Fecha
14 de diciembre de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contemplados en la demanda (Integro en audio) TRIBUNAL: Teniendo presente el atestado receptorial y que la parte demandada no compareció a audiencia, conforme lo dispone el artículo 453 N° 1 inciso 7° y N° 3 inciso 2° del Código del Trabajo y estimándose como tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda, se procede a dictar sentencia. (Integro en audio). II.- SENTENCIA Melipilla, catorce de diciembre de dos mil veintidós. VISTO, OIDO y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 15 de septiembre de 2022, comparece MARÍA ANTONIA MARTÍNEZ ÁLVAREZ, RUN 12.798.827-7, cocinera, domiciliado en Pasaje Patagonia 1, casa 204, Vista Hermosa, comuna de Melipilla, quien interpone demanda conforme a las normas del procedimiento de aplicación general, por nulidad del despido, despido incausado y cobro de prestaciones en contra de LUIS ALEJANDRO CÁRDENAS DÍAZ, Rut 13.772.779-K, ignora profesión u oficio, cuyo giro es actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas, suministro industrial de comidas por encargo; concesión de servicios y en su calidad de co-empleadora en contra de RESTAURANT KAREN DEL CARMEN TOBAR ÁLVAREZ E.I.R.L., Rut 76.585.587-K, del giro actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas, suministro industrial de comidas por encargo; concesión de servicios, representada legalmente en virtud del artículo 4 inciso primero del Código de Trabajo por doña Karen del Carmen Tobar Álvarez, todos domiciliados en Roberto Bravo N°78, comuna de Melipilla solicitando que se acoja la demanda interpuesta y ordene el pago de las prestaciones adeudadas, tal como se expone en su libelo. SEGUNDO: Que, las partes demandadas no contestaron la demanda encontrándose en rebeldía, solo compareciendo a la presente audiencia doña Karen del Carmen Tobar Álvarez, por lo cual se tiene como tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda y
Fallo
por tanto se tiene como fracasado el llamado a conciliación. TERCERO: Que por lo anterior, atendido el mérito de los antecedentes y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos a ser probados, no se recibió la causa a prueba y, se hará efectivo el apercibimiento contenido en el artículo N° 453 N° 1 inciso 7 del Código del Trabajo, teniendo los hechos contenidos en la demanda como tácitamente admitidos. CUARTO: Que, en ese sentido, se declara que respecto de MARÍA ANTONIA MARTÍNEZ ÁLVAREZ, existió una relación laboral desde el 01 del mes de febrero del año 2012 hasta el 05 de agosto del año 2022, declarándose que el despido es incausado y que por lo tanto, las demandadas deben pagar Indemnización sustitutiva del aviso previo, Indemnización por años de servicio, Recargo Legal, feriado legal, feriado proporcional y las remuneraciones y demás prestaciones, que se dirán a continuación, desde la fecha de su despido y, hasta que el mismo sea convalidado, toda vez que la demandada no dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 inciso 5° y 7° del Código del Trabajo. Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 63, 67, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 446 y siguientes, 451, 453, y 485 a 495 del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda deducida por MARÍA ANTONIA MARTÍNEZ ÁLVAREZ en contra de don LUIS ALEJANDRO CÁRDENAS DÍAZ y RESTAURANT KAREN DEL CARMEN TOBAR ÁLVAREZ E.I.R.L
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TRIBUNAL DE LETRAS DEL TRABAJO DE MELIPILLA ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 14/12/2022 RUC 22-4-0428695-5 RIT O-109-2022 MAGISTRADO JOSE SVATO NESVARA HERRERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS B.Tapia HORA DE INICIO 09:40 Hrs. HORA DE TERMINO 09:51 Hrs. Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0428695-5-0375 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE María Antonia Martínez Álvarez ABO
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