2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

AREYUNA/EZENTIS ENERGIA SPA

Rol

M-2583-2022

Fecha

13 de diciembre de 2022

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS PACÍFICOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA x Digitalizaciones: A los escritos presentados por ambas partes, con fecha 07 de diciembre de 2022, se resuelve: Demandante: por digitalizados los documentos. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1) La fecha de inicio el 01 de octubre del año 2021. 2) Que realizo labores de electricista maestro segundo. 3) Que fue despedido el 13 de mayo de 2022 por el liquidador invocando la causal del artículo 163 Bis del Código del Trabajo y que con fecha 06 de mayo del año 2022 el 18° Juzgado Civil de Santiago en el Rol que ahí esta declaro en liquidación concursal a la empleadora EZENTIS ENERGIA SPA. 4) Reconoce el pago parcial que se hizo en el reparto por $1.709.930. feriado proporcional $406.415, indemnización sustitutiva por falta de aviso previo $1.099.290 y remuneración del mes de mayo de 2022 por $177.291. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Remuneración pactada y efectivamente percibida por el actor ítems que la componen para los efectos de lo dispuesto en el artículo 172 y para el pago del feriado. 2) Jornada de trabajo del actor y si este trabajó horas por exceso de su jornada ordinaria en los meses de abril y mayo. En la afirmativa, número y monto. 3) Efectividad de haberse realizado descuentos al actor en sus remuneracion

Fundamentos

considerando: Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, de la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes.

Fallo

se resuelve: Demandante: por digitalizados los documentos. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1) La fecha de inicio el 01 de octubre del año 2021. 2) Que realizo labores de electricista maestro segundo. 3) Que fue despedido el 13 de mayo de 2022 por el liquidador invocando la causal del artículo 163 Bis del Código del Trabajo y que con fecha 06 de mayo del año 2022 el 18° Juzgado Civil de Santiago en el Rol que ahí esta declaro en liquidación concursal a la empleadora EZENTIS ENERGIA SPA. 4) Reconoce el pago parcial que se hizo en el reparto por $1.709.930. feriado proporcional $406.415, indemnización sustitutiva por falta de aviso previo $1.099.290 y remuneración del mes de mayo de 2022 por $177.291. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Remuneración pactada y efectivamente percibida por el actor ítems que la componen para los efectos de lo dispuesto en el artículo 172 y para el pago del feriado. 2) Jornada de trabajo del actor y si este trabajó horas por exceso de su jornada ordinaria en los

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 09 DE DICIEMBRE DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4° RUC 22-4-0431865-2 RIT M-2583-2022 MAGISTRADO CAROLINA LUENGO PORTILLA ADMINISTRATIVO DE ACTAS BORIS ANTIVERO PINOCHET HORA DE INICIO 10:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:00 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO

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