14º Juzgado Civil de Santiago

AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A./SEVERINO

Rol

C-16407-2020

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece do a Janis Ossa Riffo, abogada, como mandataria judicial enñ representaci n convencional de ó AVLA Seguros de Cr dito y Garant a S.A.é í , sociedad an nima cuyo gerente general es don Francisco Ignacio lamos Rojas, todos conó Á domicilio en calle Cerro El Plomo Nro. 5420, piso 10, comuna de Las Condes, como endosataria en comisi n de cobranza de Fondo de Inversi n Privado SGR, sociedad deló ó giro de su denominaci n, legalmente representada por Finasset S.A., y sta a su vezó é representada legalmente por don Raimundo Ducci Boetsch y por don Felipe Claro Edwards, estos ltimos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea Nro. 3621, comunaú de Las Condes; quien deduce demanda ejecutiva de cobro de mutuo hipotecario en contra de don Cristopher Abdael Severino Rojas, administrador de empresas, representado para estos efectos por do a Javiera Patricia Guardia Severino, ambos conñ domicilio en Avenida Diagonal Traves a Nro. 588, departamento 1004, Edificio A,í Condominio Parque Arrau, comuna de Pudahuel y/o en Pasaje Isluga Nro.278 B, comuna de Quilicura. Asegura que con fecha 11 de agosto de 2020 fue endosado en cobranza a AVLA Seguros de Cr dito y Garant a S.A.,é í el mutuo hipotecario endosable de vivienda materia de esta ejecuci n, otorgado por el mutuante y acreedor hipotecario Creditó ú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A., mediante la escritura p blica de mutuoú hipotecario endosable de vivienda otorgada con fecha 30 de noviembre del a o 2018,ñ en la Notar a de Santiago de don Andr s Felipe Rieutord Alvarado. í é Indica que, en virtud de tal escritura, Credit Administradora de Mutuosú Hipotecarios S.A., otorg al demandado un mutuo hipotecario endosable de viviendaó por 2.583,17 UF, cantidad que el demandado se oblig a pagar en un plazo de 30 a osó ñ C-16407-2020 Foja: 1 contados desde el d a uno del cuarto mes siguiente a la fecha del contrato por medio deí dividendos vencidos, mensuales y sucesivos de 13,91 UF con excepci n del ltimo queó ú s

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece do a Janis Ossa Rifo, abogada, en representaci nñ ó convencional de AVLA Seguros de Cr dito y Garant a S.A., como endosataria ené í comisi n de cobranza de Fondo de Inversi n Privado SGR, quien deduce demandaó ó ejecutiva de cobro de mutuo que consta en Escritura P blica en contra de donú Cristopher Abdael Severino Rojas, representado para estos efectos por su apoderada do a Javiera Patricia Guardia Severino, ordenando se despache mandamiento deñ ejecuci n y embargo en su contra por ó 2.595,13 Unidades de Fomento, m s reajustes,á intereses y costas; de acuerdo a lo relacionado en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que legalmente notificado y requerido de pago el demandado, a trav s de su apoderada do a Javiera Patricia Guardia Severino, aqu l opone a laé ñ é ejecuci n seguida en su contra las excepciones de los Nros. 7, 9 y 11 del art culo 464 deló í C digo de Procedimiento Civil, de conformidad a lo ó rese ado en lo expositivo de estañ sentencia. TERCERO: Que con el objeto de acreditar su pretensi n, la ejecutanteó acompa copia autorizada de Escritura P blica Compraventa y Mutuo Hipotecarioñó ú “ Endosable de Vivienda Inmobiliaria Parque Arrau Tres SpA a Cristopher Abdael Severino Rojas y Credit Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. , de fecha 30 deú ” noviembre de 2018, otorgada en la 36 Notar a P blica de Santiago de don Andr sª í ú é Felipe Rieutord Alvarado; Repertorio Nro. 37.087/2018. En virtud de aqu lla, la mutuaria, Credit Administradora de Mutuosé ú Hipotecarios S.A., y el comprador, don Cristopher Abdael Severino Rojas, convinieron en un contrato de mutuo hipotecario endosable, dando en pr stamo el primero alé segundo la cantidad de 2.583.17 UF, por su valor en pesos moneda legal al d a 1 deí ° dicho mes. La referida suma deb a ser pagada al acreedor en el plazo de 30 a os, contadosí ñ desde el d a 1 del cuarto mes siguiente a la fecha del contrato, por medio de dividendosí ° vencidos, mensuales y sucesivos ascendentes a 13,91 UF, con excepci n del ltimo, queó ú ser a de 13, 87 UF.í C-16407-2020 Foja: 1 La cl usula d cimo octava se ala que no obstante los plazos establecidos para elá é ñ pago de mutuo que da cuenta tal instrumento, se considerar a vencido el plazo de laí deuda en los casos que indica, pudiendo el acreedor exigir al deudor el inmediato pago del total de la deuda, consider ndose de plazo vencido.á La cl usula vig simo quinta se ala que en dicho acto y por tal instrumento elá é ñ deudor confiri poder judicial a do a Javiera Patricia Guardia Severino para que loó ñ represente con todas y cada una de las facultades contenidas en ambos incisos del art culo 7 del C digo de Procedimiento Civil, a fin de que se le notifique de cualquierí ° ó gesti n judicial que diga relaci n con el contrato de mutuo hipotecario que da cuenta eló ó referido instrumento, de modo que la notificaci n judicial que se practique al mandatarioó emplazar v lidamente a la parte deudora.á á A fin de a

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se las recibe a prueba por el t rmino legal. Consta notificaci n de la interlocutoria de prueba a ambas partes, a foliosé ó 21 y 22, de conformidad a la ley. A folio 40 se cita a las partes a o r sentencia.í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece do a Janis Ossa Rifo, abogada, en representaci nñ ó convencional de AVLA Seguros de Cr dito y Garant a S.A., como endosataria ené í comisi n de cobranza de Fondo de Inversi n Privado SGR, quien deduce demandaó ó ejecutiva de cobro de mutuo que consta en Escritura P blica en contra de donú Cristopher Abdael Severino Rojas, representado para estos efectos por su apoderada do a Javiera Patricia Guardia Severino, ordenando se despache mandamiento deñ ejecuci n y embargo en su contra por ó 2.595,13 Unidades de Fomento, m s reajustes,á intereses y costas; de acuerdo a lo relacionado en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que legalmente notificado y requerido de pago el demandado, a trav s de su apoderada do a Javiera Patricia Guardia Severino, aqu l opone a laé ñ é ejecuci n seguida en su contra las excepciones de los Nros. 7, 9 y 11 del art culo 464 deló í C digo de Procedimiento Civil, de conformidad a lo ó rese ado en lo expositivo de estañ sentencia. TERCERO: Que con el objeto de acreditar su pretensi n, la ejecutanteó acompa copia autorizada de Escritura P blica Compraventa y Mutuo Hipotecarioñó ú “ Endosable de Vivienda Inmobiliaria Parque Arrau Tres SpA a Cristophe

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C-16407-2020 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16407-2020 CARATULADO : AVLA SEGUROS DE CR DITO Y GARANT AÉ Í S.A./SEVERINO Santiago, diez de Enero de dos mil veintid só VISTOS: Comparece do a Janis Ossa Riffo, abogada, como mandataria judicial enñ representaci n convencional de ó AVLA Seguros de Cr dito y Garant a S.A.é í ,

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