BANCO DE ESTADO DE CHILE/BUSTAMANTE
Rol
C-2674-2021
Fecha
10 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 1 de octubre de 2021, folio 1, comparecen do a GEORGETTEñ CAROLINA SOTO JONES, do a MITZI ANDREA SALAS AGUILAR, do añ ñ JAVIERA VALENTINA CHAMORRO LE ROY y do a LEYLA DENNISñ ALVAREZ PIZARRO, abogados, domiciliadas en calle San Diego Nº 81, piso 3, de la comuna de Santiago, en representaci n convencional del ó Banco del Estado de Chile, empresa aut noma deó cr ditos del Estado, representada legalmente yé conforme a su Ley Org nica, porá su Gerente General Ejecutivo Juan Cooper lvarez, ingeniero comercial, ambosÁ domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1111 de la comuna de Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Pedro Antonio Bustamante Maturana, ignoran profesi n u oficio,ó domiciliado en CALLE SIETE 2044, VI A DEL MAR, solicitando ordenar seÑ despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma deó $3.212.437.-, ello m s los intereses pactados, disponer que se le requiera de pago, yá ordenar se siga adelante esta ejecuci n hasta que a su representada se le hagaó entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Con fecha 11 de noviembre de 2021, folio 14, el ejecutado de autos opuso la excepci n 7ª del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil respecto de laó í ó deuda cuyo cobro se persigue en estos autos. Con fecha 22 de noviembre de 2021, folio 19, la parte ejecutante evac a elú traslado a la excepci n opuesta, solicitando su rechazo, con costas.ó Con fecha 23 de noviembre de 2021, folio 20, se declar admisible laó excepci n y se cit a las partes a o r sentencia.ó ó í
Fundamentos
Considerando: I.-En lo relativo a la objeci n de documentos:ó Primero: Que en el segundo otros del escrito de excepciones de fecha í 16 de noviembre de 2021, de folio 14, la ejecutada objet el pagar acompa ado poró é ñ el ejecutante, en raz n de que no le consta su autenticidad ni integridad, ó conforme a que carece de m rito ejecutivoé ya que la firma del suscriptor fue autorizada por Notario P blico sin se alar el medio por el cual le consta la identidad delú ñ suscriptor, incumpliendo de esta forma con los requisitos legales, dando por reproducidos los fundamentos expuestos en lo principal. Segundo: Que el Tribunal no acoger la objeci n opuesta al carecer esta deá ó fundamento legal, por cuanto los argumentos para sustentarla dicen relaci n conó aspectos de fondo que se discuten en este juicio a trav s de las excepci n opuesta,é ó adem s de no haberse fundado la objeci n conforme a las causales previstas en elá ó art. 346 N° 3 del C digo de Procedimiento Civil, por lo que esta objeci n seró ó á desestimada. II.- En cuanto al fondo: Tercero: Demanda ejecutiva. Con fecha 1 de octubre de 2021, folio 1, comparecen do a GEORGETTE CAROLINA SOTO JONES, do a MITZI ANDREAñ ñ SALAS AGUILAR, JAVIERA VALENTINA CHAMORRO LE ROY y do añ LEYLA DENNIS ALVAREZ PIZARRO, abogados, domiciliadas en calle San Diego Nº 81, piso 3, de la comuna de Santiago, en representaci n convencional deló Banco del Estado de Chile, empresa aut noma deó cr ditos del Estado,é representada legalmente y conforme a su Ley Org nica, porá su Gerente General Ejecutivo Juan Cooper lvarez, ingeniero comercial, ambosÁ domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1111 de la comuna de Santiago, quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de don Pedro Antonio Bustamante Maturana, ignoran profesi n u oficio, domiciliado en CALLE SIETE 2044, VI Aó Ñ DEL MAR, solicitando ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargoó en su contra por la suma de $3.212.437.-, ello m s los intereses pactados, disponerá que se le requiera de pago, y ordenar se siga adelante esta ejecuci n hasta que aó su representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Explica que el Banco del Estado de Chile es due o del pagar que fueñ é suscrito por la suma de $3.212.437.-, por concepto de capital, m s un inter s delá é 0.79% mensual, que el deudor se oblig a pagar en 70 cuotas mensuales, iguales yó sucesivas de $62.621.- cada una, salvo la ltima cuota de $62.660.-, todas conú vencimiento los d as 15 de cada mes, venciendo la primera de ellas el d a 17 deí í Mayo de 2021. Se ala que se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardoñ ó é en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor est obligado a pagar,á desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al m ximo convencionalá seg n las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los dem s derechos delú á acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile
Fallo
por tanto el Bancoí del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $3.212.437.-, m s los intereses pactados devengados y losá que se devenguen hasta el completo pago de la deuda m s las costas de esta causa.á Agrega que consta del pagar que se acompa a, la obligaci n es indivisible,é ñ ó el suscriptor relev al portador de los documentos de la obligaci n de protesto y, laó ó firma de este se encuentra autorizada por Notario y que la obligaci n es l quida,ó í actualmente exigible y la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita. ó Solicita de acuerdo a lo expuesto, documentos acompa ados, y a lo dispuestoñ en el art culo 98 y siguientes de la ley 18.092, art culos 254, 434 N° 4 yí í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, y dem s normas pertinentes tener poró á interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Pedro Antonio Bustamante Maturana, ya individualizado, ordenar se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo en su contra por la suma de $3.212.437.-; ello m s los intereses pactados,á disponer que se le requiera de pago, y ordenar se siga adelante esta ejecuci nó hasta que a su representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Cuarto: Excepci n. ó Que con fecha 16 de noviembre de 2021, folio 14, la ejecutada opone la excepci n 7ª del art. 464 del C digo de Procedimiento Civil,ó ó fundado en que la firma del suscriptor no ha sido autorizada ante Notario P blicoú de conformidad
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FOJA: 17 .- diecisiete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-2674-2021 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/BUSTAMANTE Vi a del Marñ , diez de Enero de dos mil veintid só Vistos: Con fecha 1 de octubre de 2021, folio 1, comparecen do a GEORGETTEñ CAROLINA SOTO JONES, do a MITZI ANDREA SALAS AGUILAR, do añ ñ JAVIERA VALENTINA CHAMORRO LE ROY y
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