QUIÑONES/
Rol
V-274-2021
Fecha
6 de enero de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: I.- De la solicitud de autorización judicial para enajenar: En lo principal de presentación de 16 de septiembre de 2021, de folio 1, complementada mediante presentación de 21 de septiembre del mismo año, en el folio 3, compareció doña Marta Angélica Quiñones Riquelme, cédula de identidad número 6.269.679-6, chilena, viuda, empresaria, con domicilio en calle Las Heras N°1566, Forestal, Viña del Mar, solicitando se le autorice a enajenar los derechos que detenta su madre y pupila, doña Marta del Carmen Riquelme González, cédula de identidad número 4.127.096-9, de su mismo domicilio, en la propiedad que, en lo sucesivo, se singularizará, por las condiciones de hecho y de derecho que se pasan a exponer. En primer término expone los antecedentes vinculados a la declaración de interdicción por causa de demencia. Para contextualizar, señaló que desde el año 2005, en adelante, su madre comenzó a experimentar deterioros progresivos en su salud mental, siendo diagnosticada, en el año 2010, con una demencia a causa de Alzheimer. Al respecto expuso que a pesar de lo complicado de su estado de salud, gracias a los esfuerzos de su familia, las consecuencias más graves se retardaron hasta aproximadamente el año 2013, momento en el que falleció el padre de la solicitante. Debido a lo anterior, la peticionaria tomó la decisión de trasladar a su madre a su hogar, asumiendo los costos tanto personales como económicos de tal opción. Sin embargo, relató que a pesar de los esfuerzos desplegados, su madre, lamentablemente, siguió empeorando de forma paulatina y el 2017 perdió toda capacidad física y mental de auto valencia. Por tal razón inició los trámites ante la COMPIN Viña del Mar – Quillota para obtener su certificado de discapacidad. La resolución favorable dio cuenta de un grado de discapacidad profundo del 96%, tal cual se reflejaría en el certificado ofrecido en un otrosí de su presentación. Como corolario de lo señalado y, sobre todo, para poder representar a su madr
Fundamentos
considerando que tiene, actualmente, alrededor de 86 años, por lo que puedo afirmar, en este sentido, que la venta sería beneficiosa para ella. Foja: 1 Yo creo que mi tía le ha dado todos los cuidados necesarios a mi abuela, sacrificando parte de su vida, su tiempo y sus recursos por hacerlo de la mejor manera, así que siempre he visto que ella, en todo momento, ha velado por el bienestar de la abuela.” Por su parte, el segundo de los señalados declaró: “Yo soy hermano de Marta Quiñones y Marta Riquelme es mi madre, por lo que las conozco de toda la vida y tenemos una relación muy cercana. Mi madre, hace un tiempo atrás, hace como 20 años, partió con una diabetes que nunca se pudo controlar y de la cual fue muy descuidada, y luego le vino una demencia por alzhéimer, que la fue deteriorando progresivamente, hasta encontrarse en la actualidad totalmente perdida, no reconoce a nadie, postrada, vivienda en la casa de Marta, mi hermana, que es quien la cuida, siendo su curadora, quien, a su vez, se apoya en personal que asiste a mi madre, ya que mi hermana también trabaja. Mi hermana Marta siempre ha hecho una muy buena labor cuidando a mi madre, siempre preocupada de su salud y de su bienestar, siendo muy esforzada y admirable, atendidas las condiciones en que se encuentra mi madre. La venta del inmueble que se solicita corresponde a una casa que compró mi padre, en su momento, como inversión, justamente por si en algún momento de la vida había alguna necesidad, correspondiendo a una propiedad que no está siendo utilizada en la actualidad, la que se necesita vender justamente para solventar todos los gastos que mi madre genera hoy en día, y que siempre van en aumento, esto ya que nuestro patrimonio no alcanza para cubrir los gastos que mi madre necesita solventar mes a mes, por lo que la idea es, con ese dinero, poder mantenerla con los cuidados especiales que ella requiere por el mayor tiempo posible, ya que ella cumple ahora 86 años, con un estado de salud muy deteriorado. La propiedad fue tasada hace poco tiempo atrás, por lo que sería muy beneficioso para mi madre su venta, ya que está todo pensado para que el dinero de esta propiedad sea utilizado en su beneficio, para darle sus cuidados por el tiempo que sea necesario, ya que ella no es autovalente, y necesita cuidados las veinticuatro horas del día. La intención de vender el inmueble está dirigida exclusivamente a poder obtener los recursos necesarios para poder cuidar a mi madre, considerando que actualmente la propiedad se encuentra desocupada, sin generar renta alguna, ya que lo único que vale ahí es el terreno.” IV.- Del informe del señor Defensor Público: Foja: 1 El 25 de octubre de 2021, en el folio 14, se agregó a los autos el informe del señor Defensor Público Alfredo Graziani Le Fort, emitido el 24 de octubre del mismo año, según se lee en el folio 13, el cual refiere: “Este Ministerio, salvo mejor parecer de SS., estima que en mérito de autos procede conceder autorización judic
Fallo
Por tanto, señaló que los derechos que detenta la señora Riquelme en dicho inmueble, ascienden a un 75%. En cuanto al valor fiscal de la propiedad, señaló que ésta está avaluada en $9.410.733, según consta del certificado correspondiente al segundo semestre del año 2021. Sin perjuicio de ello, indicó que el avalúo comercial del inmueble asciende a $28.019.779, esto, conforme a la tasación efectuada por el arquitecto Claudio Reyes Stevens. Por su parte, respecto de las razones que justifican la autorización solicitada, declaró que la enfermedad padecida por su madre significa un esfuerzo económico importante, con gastos que superan la suma de $1.100.000.- (un millón cien mil pesos) mensuales, y que irán, necesariamente, en aumento. Asimismo afirmó que dichos gastos no son posibles de satisfacer con los ingresos ordinarios que actualmente tiene a disposición. Sumado a ello, agregó que la emergencia sanitaria que ha afectado a nuestro país también ha incidido fuertemente su peculio, ya que es empresaria de productos ganaderos y al provenir sus ingresos, Foja: 1 principalmente, de la venta de carnes a los diversos restaurantes del sector, el cierre de éstos ha significado un fuerte detrimento en el patrimonio de su empresa y, por consiguiente, personal. En atención a lo señalado y, para poder satisfacer adecuadamente las necesidades de su madre, sostuvo que se torna necesaria la enajenación del bien inmueble singularizado previamente, y así, poder contar con recursos destinado
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : V-274-2021 CARATULADO : QUI ONES/Ñ Viña del Mar, seis de enero de dos mil veintidós. Visto: I.- De la solicitud de autorización judicial para enajenar: En lo principal de presentación de 16 de septiembre de 2021, de folio 1, complementada mediante presentación de 21 de septiembre del mismo año, en el f
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