6º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SAENZ

Rol

C-20269-2018

Fecha

5 de enero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1, comparece Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, ená representaci n judicial, de fuente convencional del Banco de Cr dito e Inversiones,ó é sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, representada legalmente por eló ó se or Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, ambosñ domiciliados en Bulnes N 80, oficina 74, comuna de Santiago, y este, a su vez, en° representaci n convencional de la Tesorer a General de la Republica, entidad del giro deó í su denominaci n, cuyo representante legal es Pamela Cuzmar Poblete, ingeniero civiló industrial, cesionario del cr dito cuyo cobro se persigue por esta v a, domiciliada ené í Teatinos 28, oficina 301, comuna de Santiago e interpone demanda ejecutiva en contra de Loreto Alejandra Saenz Lorca, ignora profesi n u oficio, domiciliada en La Liguaó 1108 Poblaci n Cipriano Uribe Rosas, comuna de Osorno, a fin de que se despacheó mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $3.402.964, equivalentes aó 125,6226 Unidades de Fomento, m s intereses, reajustes y costas.á Fundamenta su presentaci n, se alando que la ejecutada precitada, adeuda eló ñ importe contenido en el pagar suscrito con fecha 1 de junio de 2018, por la suma deé 125,6226 Unidades de Fomento, actuando el deudor representado por el Banco de Cr dito e Inversiones en virtud del mandato conferido por est ltimo en elé é ú Contrato de Apertura para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estataló í seg n Ley 20.027, y ste a su vez actuando a trav s de apoderado del Banco al queú é é deleg la facultad en comento, seg n escritura p blica que contiene Delegaci n deó ú ú ó Facultades, cuyas copias se acompa aron a los autos.ñ Indica que el capital adeudado m s los intereses se pagar an totalmente el d a 4á í í de junio de 2018. Adicionalmente, esgrime que se estableci en dicho documento que en caso deó mora o simple retardo en el pago del capital y/o de intereses en su caso, tendr derechoá el acreedor a h

Fallo

por tanto, esgrime que si un acreedor presenta su demanda ante los tribunales de justicia cobrando la suma adeudada, se entiende que a m s tardar en ese momento, se haá producido el vencimiento del pagar .é Que, con fecha 26 de noviembre de 2021, rola evacuado el traslado conferido a la parte ejecutante, allan ndose a la excepci n promovida en autos, solicitando laá ó exoneraci n en la condena en costas.ó Que, con fecha 5 de enero de 2022, se cit a las partes a o r sentencia.ó í C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que seg n lo dispone el art culo 1698 del C digo Civil,ú í ó corresponde la prueba de la existencia de las obligaciones, o su extinci n, al que alegaó aquellas o stas y que en orden a evacuar dicha carga procesal el ejecutante acompa aé ñó la presente causa el pagar que se individualiz en lo expositivo, cuya firma se encuentraé ó autorizada por Notario P blico y habi ndose rechazado la objeci n impetrada,ú é ó atendido lo dispuesto por el art culo 346 N 3 del C digo de Procedimiento Civil,í ° ó permite tener por suficientemente acreditada la obligaci n cuyo pago se pretende enó autos. SEGUNDO: Que en cuanto a la excepci n del n mero 17 del art culo 464 deló ú í C digo de Procedimiento Civil, consta del s lo examen del pagar sub-lite y el m ritoó ó é é del proceso, que la obligaci n objeto de la presente ejecuci n se hizo exigible a la fechaó ó de vencimiento del instrumento en comento, esto es, el d a 4 de junio de 2018,í C-20269-2018 Foja: 1 comenzando s lo a partir

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C-20269-2018 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-20269-2018 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/SAENZÉ Santiago, cinco de Enero de dos mil veintid só VISTOS: Que, a folio 1, comparece Jaime Gabriel Vel squez Navarro, abogado, ená representaci n judicial, de fuente convencional del Banco de Cr dito e Inversiones,ó é soc

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