1º Juzgado de Letras de San Carlos

SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL VERQUICÓ LIMITADA/MUÑOZ

Rol

C-1000-2019

Fecha

5 de enero de 2022

Materia

SENTENCIA JUDICIAL, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 09 de diciembre de 2019, folio 1, comparece don Moisés Alejandro Vergara Cárdenas, abogado, con domicilio en Chillán, calle 5 de abril N°315, y para estos efectos en calle Puebla 637, San Carlos, quien comparece en nombre y representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL VERQUICÓ LIMITADA, actualmente en liquidación, R.U.T. N°79.897.560-9, persona jurídica de derecho privado dedicada al giro de su nombre, domiciliada en la comuna de San Carlos, en el sector Verquicó, y en su calidad de juez árbitro-liquidador de la mencionada sociedad; quien deduce demanda en juicio ejecutivo en contra de don SERGIO IGNACIO MUÑOZ REYES, ingeniero comercial, con domicilio en Fundo El Carmen de Verquicó, comuna de San Carlos, y previas citas legales solicita despachar mandamiento de ejecución y entrega en su contra, respecto de los inmuebles singularizados en lo principal de la demanda (letras a y b) y acoger la demanda ejecutiva disponiendo que la ejecución debe seguirse adelante por todos sus trámites, hasta que el ejecutado haga total y cumplida entrega y restitución al compareciente de los terrenos materia de los arrendamientos terminados, lo que deberá hacer a más tardar dentro de tercero día hábil contado desde que cause ejecutoria la sentencia del Tribunal que así lo ordene; en subsidio de lo anterior, dentro de igual plazo y contado desde que quede ejecutoriada la sentencia; y en subsidio de lo anterior, nuevamente, dentro del plazo que el Tribunal indique, todo bajo apercibimiento de que si no cumpliere con lo ordenado, será lanzado con el auxilio de la fuerza pública de los inmuebles, la que se concederá oportunamente con facultades de allanamiento, descerrajamiento y rotura de candados, si fuese necesario, y con expresa condenación en costas. Funda su acción en que consta del título ejecutivo que acompaña, consistente en copia de sentencia definitiva ejecutoriada de fecha 1 de marzo de 2017, en causa Rol C-535-2016 de este Tribunal, que acogió la

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos el abogado Moisés Alejandro Vergara Cárdenas, en nombre y representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL VERQUICÓ LIMITADA, en calidad de juez árbitro-liquidador, interpone demanda ejecutiva en contra de don SERGIO IGNACIO MUÑOZ REYES, todos previamente individualizados, y solicita se despache mandamiento de ejecución y entrega en su contra, respecto de los inmuebles singularizados en lo principal de la demanda (letras a y b) y acoger la demanda ejecutiva disponiendo que la ejecución debe seguirse adelante por todos sus trámites, hasta que el ejecutado haga total y cumplida entrega y restitución al compareciente de los terrenos materia de los arrendamientos terminados, lo que deberá hacer a más tardar dentro de tercero día hábil contado desde que cause ejecutoria la sentencia del Tribunal que así lo ordene; en subsidio de lo anterior, dentro de igual plazo y contado desde que quede ejecutoriada la sentencia; y en subsidio de lo anterior, nuevamente, dentro del plazo que el Tribunal indique, todo bajo apercibimiento de que si no cumpliere con lo ordenado, será lanzado con el auxilio de la fuerza pública de los inmuebles, la que se concederá oportunamente con facultades de allanamiento, descerrajamiento y rotura de candados, si fuese necesario, y con expresa condenación en costas, de acuerdo a los antecedentes de hecho y derecho consignados en lo expositivo y que se tienen por reproducidos. SEGUNDO: Que, dentro de plazo legal, la ejecutada opone a la ejecución la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, y en definitiva solicita se tenga por formulada la excepción, por opuesto y se rechace la demanda, en razón de no ser exigible a su respecto el cumplimiento de lo pedido, con costas, conforme los argumentos vertidos en lo expositivo y que se tienen por reproducidos. TERCERO: Que, se recibió la causa a prueba por el término legal, fijando como hecho substancial, pertinente y controvertido el siguiente: Efectividad que el título en que se funda la ejecución carece de mérito ejecutivo. Hechos que configurarían esta situación. CUARTO: Que, para acreditar los fundamentos de su acción, la ejecutante acompañó la siguiente prueba Documental: A folio 1: a) Copia con firma electrónica avanzada de sentencia definitiva, pronunciada con fecha 1 de marzo de 2017, en causa Rol C-535-2016 sobre Terminación de contrato de arriendo predio rústico, caratulada “Sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal Verquicó Limitada con Sergio Ignacio Muñoz Reyes”, de este Tribunal y certificado de encontrarse ejecutoriada de fecha 30 de octubre de 2019; y, b) Copia de expediente de partición y liquidación caratulado “Muñoz con Muñoz”, fojas 1 a 15. QUINTO: Que, la parte ejecutada no acompañó medios de prueba. SEXTO: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, para que sea procedente la acción ejecutiva, la obligación cuyo cobro se pretende debe constar en alguno de

Fallo

se declara admisible la excepción deducida y se recibe la causa a prueba por el término legal; resolución que se notificó personalmente a la parte demandada con fecha 7 de agosto de 2020, folio 23, y que se tuvo por notificada expresamente a la ejecutante con fecha 10 de agosto de 2020, folio 25. Con fecha 18 de noviembre de 2021, folio 29, se decretó la reanudación del término probatorio; resolución que se notificó por cédula a la parte ejecutada con fecha 29 de noviembre de 2021, folio 30. Con fecha 10 de diciembre de 2021, folio 31, ambas partes solicitan se tenga presente y declaran que la entrega material y total del inmueble de autos se produjo el día 14 de abril de 2021, según consta en proceso de partición-liquidación de la sociedad demandante, sin perjuicio de una fecha anterior que pueda determinar el Tribunal en definitiva conforme al mérito del proceso; y actualmente el señor Liquidador detenta la tenencia material y jurídica del mismo. Con fecha 29 de diciembre de 2021, folio 38, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos el abogado Moisés Alejandro Vergara Cárdenas, en nombre y representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL VERQUICÓ LIMITADA, en calidad de juez árbitro-liquidador, interpone demanda ejecutiva en contra de don SERGIO IGNACIO MUÑOZ REYES, todos previamente individualizados, y solicita se despache mandamiento de ejecución y entrega en su contra, respecto de los inmuebles singularizados en lo princi

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Rol : C-1000-2019.- Materia : Sentencia judicial, cobro ejecutivo de (C26) Demandante : Sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal Verquicó Limitada. Demandado : Muñoz Reyes, Sergio Ignacio. Fecha de Inicio : 09 de diciembre de 2019.- San Carlos, cinco de enero de dos mil veintidós. VISTO: Con fecha 09 de diciembre de 2019, folio 1, comparece don Moisés Alejandro Vergara Cárdenas, abogado, con domici

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