PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/MARCHANT
Rol
C-3071-2018
Fecha
4 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece con fecha 24 de agosto de 2018, don Rodrigo Zapico Guerra, abogado, domiciliado en San Antonio 19, oficina 701, edificio Torre Alameda, comuna de Santiago, en representaci n convencional deó PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., empresa del giro de su denominaci n, representada convencionalmente por don Gast n Bottazzini,ó ó argentino, casado, economista, Ingeniero Comercial, c dula de identidad paraé extranjeros N 22.923.569-9 y por don Juan Guillermo Espinosa Fuentes,° chileno, casado, Ingeniero Civil, c dula de Identidad N 10.111.041-9, todosé ° domiciliados para estos efectos en la ciudad de Santiago, Moneda 970, Piso dieciocho, Santiago Centro y expone: Que su representado es due o delñ pagar N 1575275, que se acompa a, por la suma de $798.409., poré º ñ concepto de capital, con vencimiento el d a 11 de julio de 2018, suscrito porí Servicios de Evaluaciones y Cobranzas Sevalco Limitada., representada por do a Casandra Loreto Millar Quezada, Rut 14.027.138-1, domiciliado enñ Moneda 970, piso 18 , comuna de Santiago, en representaci n de don º ó LUIS IGNACIO MARCHANT BRAVO, domiciliado Pje. Tomaso Albinoni 212 Villa Galilea, comuna de Melipilla, ignora profesi n u oficio, seg n mandatoó ú autorizado ante notario, que se acompa a.-ñ Funda su demanda se alando que el documento ten a su vencimiento alñ í 11 de julio de 2018, por un monto de $798.409., por concepto capital, fecha en la cual el deudor no lo pag , encontr ndose en mora desde ese d a, por loó á í que de conformidad a lo prevenido en el pagar , corresponde la aplicaci n deé ó intereses moratorios desde dicha fecha, que equivalen al inter s m ximoé á convencional para operaciones no reajustables, los que deben calcularse desde la fecha de vencimiento del documento.- RIT« » Foja: 1 En consecuencia, el monto total adeudado a su representada, asciende a la suma de $798.409., por concepto de capital, m s los intereses moratorios yá costas.- Expone que como consta del pagar que se acompa a, el deudor
Fundamentos
fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el ejecutado don Luis Ignacio Marchant Bravo, opuso a la ejecuci n la excepci n contemplada en el N 17 del art culoó ó ° í 464 del C digo de Procedimiento Civiló , esto es la prescripci n de la deudaó RIT« » Foja: 1 o s lo de la acci n ejecutiva, indica que el documento en que Promotora Cmró ó Falabella S.A., funda la presente demanda es un pagar suscrito por la sumaé de $798.409., el cual se encuentra vencido y la obligaci n se ha hechoó exigible, comenzando a correr el plazo de prescripci n respectivo, desde laó fecha de su vencimiento.- Seg n se desprende del mismo, la obligaci n y acciones derivadas delú ó documento se alado, se encuentran ampliamente prescritas, por haberseñ superado el plazo de prescripci n de la acci n ejecutiva, y sus correlativasó ó obligaciones, que corresponde a un a o, como lo establece el art culo 98 de lañ í Ley 18.092, sobre letra de cambio y pagar , que se ala: El plazo deé ñ prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra los obligados aló pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento del documento.-ñ í Dice que como se se ala en el art culo reci n citado, el plazo deñ í é prescripci n de un a o de las acciones cambiarias del portador contra losó ñ obligados al pago, se cuenta desde el d a del vencimiento del documento,í agregando esta misma ley, que este plazo de prescripci n se interrumpe s loó ó desde la notificaci n judicial de la demanda respectiva. As lo indica eló í Art culo 100 de la Ley 18.092: La prescripci n se interrumpe s lo respecto delí ó ó obligado a quien se notifica la demanda judicial de cobro de letra, o la gesti nó judicial necesaria o conducente para deducir dicha demanda o preparar la ejecuci n.-ó En la especie, con respecto a la obligaci n con Promotora Cmró Falabella S.A., se han dado todos los elementos exigidos por la ley, espec ficamente por los art culos 2514 y siguientes del C digo Civil, paraí í ó alegar la declaraci n de la prescripci n extintiva de la acci n judicial, yaó ó ó referida en esta demanda; como expone a continuaci n: El art culo 2514 deló í C digo Civil se ala: La prescripci n que extingue las acciones y derechosó ñ ó ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n seó haya hecho exigible.- Como se puede apreciar, en la especie, se cumplen con todos los requisitos legales para la obtenci n de la declaraci n de la prescripci nó ó ó extintiva de la acci n judicial que en su contra ejerci Promotora Cmró ó Falabella S.A.- RIT« » Foja: 1 TERCERO: Que se tuvo por evacuado el traslado en rebeld a de laí parte ejecutante.- CUARTO: Que, en autos constan los siguientes antecedentes tiles paraú resolver el asunto contenido en la excepci n invocada:ó a) En el pagar se pact el pago en una sola cuota con vencimiento elé ó d a 11 de julio de 2018;í b) La demanda ejecutiva se interpuso con
Fallo
se declara admisible laí excepci n opuesta y versando sobre un punto de derecho se omite suó recepci n a prueba.- ó Con fecha 07 de diciembre de 2021, se cit a las partes para o ró í sentencia.- C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que don Rodrigo Zapico Guerra, en representaci n deó Promotora Cmr Falabella S.A., ha interpuesto demanda ejecutiva en contra de don Luis Ignacio Marchant Bravo, ya individualizado, por las razones, fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el ejecutado don Luis Ignacio Marchant Bravo, opuso a la ejecuci n la excepci n contemplada en el N 17 del art culoó ó ° í 464 del C digo de Procedimiento Civiló , esto es la prescripci n de la deudaó RIT« » Foja: 1 o s lo de la acci n ejecutiva, indica que el documento en que Promotora Cmró ó Falabella S.A., funda la presente demanda es un pagar suscrito por la sumaé de $798.409., el cual se encuentra vencido y la obligaci n se ha hechoó exigible, comenzando a correr el plazo de prescripci n respectivo, desde laó fecha de su vencimiento.- Seg n se desprende del mismo, la obligaci n y acciones derivadas delú ó documento se alado, se encuentran ampliamente prescritas, por haberseñ superado el plazo de prescripci n de la acci n ejecutiva, y sus correlativasó ó obligaciones, que corresponde a un a o, como lo establece el art culo 98 de lañ í Ley 18.092, sobre letra de cambio y pagar , que se ala: El plazo deé ñ prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra los obligados
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-3071-2018 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/MARCHANT Melipilla, cuatro de Enero de dos mil veintid s.-ó VISTOS: Comparece con fecha 24 de agosto de 2018, don Rodrigo Zapico Guerra, abogado, domiciliado en San Antonio 19, oficina 701, edificio Torre Alameda, comuna de Santi
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