BANCO DEL ESTADO DE CHILE/STEEK
Rol
C-1731-2020
Fecha
4 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio N 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano° Rodr guez, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencional deí ó Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado, quienó é deduce demanda ejecutiva en contra de don Carlos Alberto Steek, ignora profesi n u oficio.ó En el folio N 11, consta la notificaci n legal de la demanda a la° ó parte demandada. En el folio N 12, la demandada opone a la ejecuci n la excepci n° ó ó del art culo 464, n mero 7, del C digo de Procedimiento Civil. í ú ó En el folio N 16, la ejecutante evac a el traslado.° ú En el folio N 17, se declara admisible la excepci n opuesta y se la° ó recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Claudio Felipe° Altamirano Rodr guez, abogado, mandatario judicial, en representaci ní ó convencional de Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditosó é del Estado, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 1111,’ º piso 8 , comuna de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra deº don Carlos Alberto Steek, ignora profesi n u oficio, con domicilio en pasajeó El Quisco 26, Las Palmas Cer, departamento 13, Valpara so.í Se ala que su representado, Banco del Estado de Chile, es due o delñ ñ pagar suscrito en calidad de deudor principal por don Carlos Albertoé Steek, ya individualizado, por la suma de $8.183.989 (ocho millones ciento ochenta y tres mil novecientos ochenta y nueve pesos), por concepto de capital, m s un inter s de 0,99 % mensual, que el deudor se oblig a pagará é ó en cincuenta y cuatro cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $199.485 (ciento noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos) cada una, salvo la ltima cuota de $199.454 (ciento noventa y nueve mil cuatrocientosú cincuenta y cuatro pesos), todas con vencimiento los d as 20 de cada mes,í venciendo la primera de ellas el d a 22 de febrero de 2016.í Se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardo en eló é pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor est obligado aá pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al m ximoá convencional seg n las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de losú dem s derechos del acreedor, quedando facultado Banco del Estado deá Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligaci n.ó Es del caso se alar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuotañ con vencimiento al d a 20 de febrero de 2020 inclusive, y todas lasí posteriores, por lo que Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $1.155.919 (un mill nó ciento cincuenta y cinco mil novecientos diecinueve pesos), m s los interesesá pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, m s las costas de la causa.á Como consta del pagar que se acompa a, la obligaci n es indivisible,é ñ ó el suscriptor relev al portador de los documentos de la obligaci n deó ó protesto y, la firma de ste se encuentra autorizada por notario. Laé obligaci n es l quida, actualmente exigible y la acci n ejecutiva no seó í ó encuentra prescrita. Solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Carlos Alberto Steek, ya individualizado, en la calidad ya indicada, admitirla a tramitaci n, y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n yó ó embargo en su contra por la suma de $1.155.919 (un mill n cientoó cincuenta y cinco mil novecientos diecinueve pesos), m s intereses pactadosá y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante la ejecuci nó hasta hacer
Fallo
se declara admisible la excepci n opuesta y se la° ó recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Claudio Felipe° Altamirano Rodr guez, abogado, mandatario judicial, en representaci ní ó convencional de Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditosó é del Estado, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 1111,’ º piso 8 , comuna de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra deº don Carlos Alberto Steek, ignora profesi n u oficio, con domicilio en pasajeó El Quisco 26, Las Palmas Cer, departamento 13, Valpara so.í Se ala que su representado, Banco del Estado de Chile, es due o delñ ñ pagar suscrito en calidad de deudor principal por don Carlos Albertoé Steek, ya individualizado, por la suma de $8.183.989 (ocho millones ciento ochenta y tres mil novecientos ochenta y nueve pesos), por concepto de capital, m s un inter s de 0,99 % mensual, que el deudor se oblig a pagará é ó en cincuenta y cuatro cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $199.485 (ciento noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos) cada una, salvo la ltima cuota de $199.454 (ciento noventa y nueve mil cuatrocientosú cincuenta y cuatro pesos), todas con vencimiento los d as 20 de cada mes,í venciendo la primera de ellas el d a 22 de febrero de 2016.í Se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardo en eló é pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor est obligado aá pagar, d
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1731-2020. CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ STEEK. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. Valpara so, cuatro de enero de dos mil veintid s. í ó VISTO: En el folio N 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano° Rodr guez, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencional deí ó Banco del Estado de Chil
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