1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VILLALOBOS/KAPSCH TRAFFICCCOM CHILE S.A.

Rol

O-3182-2022

Fecha

9 de diciembre de 2022

Materia

Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Señala que, su relación laboral comenzó con fecha 3 de septiembre de 2018 mediante contrato de trabajo de la misma fecha para desempeñarse como "Analista de Operaciones de Recursos Humanos". Agrega que, su remuneración mensual, para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, ascendía a la suma de $1.965.145.- monto que es reconocido por la demanda en la carta de despido y en el finiquito. Expone que, con fecha 20 de abril de 2022 su empleador le entregó una carta en que le comunica el término de su contrato de trabajo, por la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, para hacerlo efectivo a partir del 29 de abril de 2022, carta que firmó al momento de su entrega. Refiere que, la carta de despido es la siguiente: Santiago, 20 de Abril de 2022 Señor Robert Villalobos Orillo Cédula de identidad N° 13.576.174-5 Lo Castro 11 B, Lampa, Región Metropolitana Presente Ref.: Notificación de término de contrato de trabajo. Por medio de la presente comunicamos a Ud. que Kapsch TrafficCom Chile S.A ha resuelto poner término a su contrato de trabajo, celebrado el 3 de Septiembre de 2018, donde se desempeñaba actualmente como Analista de Operaciones de Recursos Humanos, por la causal prevista en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es. "Necesidades de lo Empresa, establecimiento o servicio ", a partir del 29 de abril de 2022, derivada de la necesidad de la compañía en desarrollar un proceso de reorganización del cargo en el área de recursos humanos, en lo que usted presta actualmente los servicios. * La reorganización mencionada se debe a la externalización de gran parte de actividades que hoy realiza el cargo de Analista de Operaciones de Recursos Humanos, a través de! prestador de servicio TAWA, por lo que es necesario un ajuste el cargo, tanto a nivel de actividades perfil el cual tendrá mayor foco en lo que compete a desarrollo organizacional. En la forma como se encuentran concebidas las funciones

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Robert Antonio Villalobos Castillo, cédula de identidad N°13.576.174- 5, domiciliado, para estos efectos, en calle Cerro El Plomo N°5931, oficina 1104, Comuna de Las Condes, e interpone demanda en procedimiento ordinario de aplicación general por despido injustificado, indebido e improcedente y restitución de descuento indebido del Seguro de Cesantía en contra de Kapsch TrafficCom Chile S.A., Rut N°96.978.000-3, del giro tecnologías de la información, representada legalmente por doña Dalila Ester Aránguiz González, ignora profesión, cédula de identidad N°15.339.854-2, ambos domiciliados en Av. del Valle Norte N°857, piso 3, sector Ciudad Empresarial, comuna de Huechuraba, fundada en los siguientes hechos: Señala que, su relación laboral comenzó con fecha 3 de septiembre de 2018 mediante contrato de trabajo de la misma fecha para desempeñarse como "Analista de Operaciones de Recursos Humanos". Agrega que, su remuneración mensual, para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, ascendía a la suma de $1.965.145.- monto que es reconocido por la demanda en la carta de despido y en el finiquito. Expone que, con fecha 20 de abril de 2022 su empleador le entregó una carta en que le comunica el término de su contrato de trabajo, por la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, para hacerlo efectivo a partir del 29 de abril de 2022, carta que firmó al momento de su entrega. Refiere que, la carta de despido es la siguiente: Santiago, 20 de Abril de 2022 Señor Robert Villalobos Orillo Cédula de identidad N° 13.576.174-5 Lo Castro 11 B, Lampa, Región Metropolitana Presente Ref.: Notificación de término de contrato de trabajo. Por medio de la presente comunicamos a Ud. que Kapsch TrafficCom Chile S.A ha resuelto poner término a su contrato de trabajo, celebrado el 3 de Septiembre de 2018, donde se desempeñaba actualmente como Analista de Operaciones de Recursos Humanos, por la causal prevista en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es. "Necesidades de lo Empresa, establecimiento o servicio ", a partir del 29 de abril de 2022, derivada de la necesidad de la compañía en desarrollar un proceso de reorganización del cargo en el área de recursos humanos, en lo que usted presta actualmente los servicios. * La reorganización mencionada se debe a la externalización de gran parte de actividades que hoy realiza el cargo de Analista de Operaciones de Recursos Humanos, a través de! prestador de servicio TAWA, por lo que es necesario un ajuste el cargo, tanto a nivel de actividades perfil el cual tendrá mayor foco en lo que compete a desarrollo organizacional. En la forma como se encuentran concebidas las funciones que lleva a cabo hoy el cargo, no se puede dar cumplimiento a los requerimientos. Por esta razón, la empresa se ha visto en la necesidad de incorporar personal con conocimientos en el área de desarrollo organizacional, con el objeto de estructurar el

Fallo

se declarase injustificado el despido, no correspondería declarar la improcedencia de la imputación del aporte del seguro de cesantía realizado por el empleador a las indemnizaciones por años de servicios de la actora. Agrega que, sostener lo contrario importaría necesariamente modificar la causal legal de despido de la actora, siendo en la especie, la causal de término del contrato la impuesta por la sentencia judicial y no la establecida en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo. Previos fundamentos de derecho, solicita el rechazo de la demanda con costas. TERCERO: Que en la audiencia preparatoria, no prosperó el llamado a conciliación. Que se fijaron como hechos no controvertidos: 1.- Que el actor ingresó a prestar servicios para la demandada en calidad de Analista de Operaciones de Recursos Humanos fue el día 3 de septiembre de 2018, 2. Que el término de la relación laboral se produjo el día 29 de abril de 2022 por la causal de necesidades de la empresa, 3. Que se suscribió finiquito entre las partes en el que el trabajador efectuó reserva de derechos, y 4. Que la remuneración última percibida por el actor a la época del despido era la suma de $1.965.145.- Asimismo se establecieron como hechos a probar los siguientes: 1. Efectividad que la carta de despido cumple con las exigencias legales de forma y fondo que permite calificar objetivamente de justificada, debida o procedente a la causal de despido invocada y 2. Naturaleza y monto de las prestaciones e in

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT Nº : O-3182-2022 RUC Nº : 22-4-0403544-8. MATERIA: DESPIDO INJUSTIFICADO, Y COBRO DE PRESTACIONES. DEMANDANTE: ROBERT ANTONIO VILLALOBOS CASTILLO. DEMANDADA: KAPSCH TRAFFICCCOM CHILE S.A. Santiago, nueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Robert Antonio Villalobos Castillo, cédula de ident

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