Juzgado de Letras y Gar.de Calbuco

ENGIE ENERGÍA CHILE S.A./

Rol

V-25-2021

Fecha

31 de diciembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 14 de mayo de 2021, se present ante este Tribunal Manueló Ponce Delgado, chileno, soltero, abogado, c dula de identidad N°é 15.801.522-6, en representaci n de ó ENGIE ENERG A CHILE S.A.,Í sociedad chilena, del giro de su denominaci n, Rol nico Tributario N° 88.006.900-4,ó Ú ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3721 piso 19, Comuna de Las Condes, solicitando se declare constituida una concesi n deó exploraci n minera en su favor, la que se denominar ó á “ALBATROZ 7”. Con fecha 24 de mayo de 2021 se inscribi el pedimento de autos a fojasó 42 N°19 del Registro de Descubrimientos de Minas del a o 2021 del Conservadorñ de Minas de Calbuco, seg n consta de copia acompa ada a estos antecedentes.ú ñ Con fecha 14 de junio de 2021, copia autorizada de la inscripci n se aladaó ñ precedentemente fue publicada en el Bolet n Oficial de Miner a de Santiago.í í Con fecha 30 de diciembre del 2021, rola informe del 29 del mismo mes y– a o- del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, en que se informa a esteñ í í Tribunal acerca de los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud de autos y elé plano acompa ado a sta, se alando que stos se encuentran conforme con lasñ é ñ é disposiciones legales vigentes, y que la forma, las dimensiones y orientaci n de laó cara superficial de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, quedando staó é comprendida dentro del terreno pedido. Que, las coordenadas U.T.M. del Punto Medio y de los v rtices del per metro deé í la cara superior de la concesi n, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Laó Canoa de 1956, Huso 18, son las siguientes: V RTICEÉ NORTE (m.) ESTE (m) P.M. 5.384.300,00 641.990,00 V-1 5.384.800,00 640.490,00 V-2 5.384.800,00 643.490,00 V-3 5.383.800,00 643.490,00 V-4 5.383.800,00 640.490,00

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 34 delí C digo de Miner a, ó í “Las concesiones mineras se constituyen por resoluci n judicialó dictada en un procedimiento no contencioso, sin intervenci n decisoria de otraó autoridad o persona”. SEGUNDO: Que, el art culo 43 del mismo C digo se ala los requisitos queí ó ñ debe contener el pedimento y el art culo 56 del mismo cuerpo legal, los tr mitesí á posteriores. Por otra parte, el art culo 57 inciso 3° dispone que í “si el informe es favorable, el juez dictar sentencia, declarando constituida la concesi n deá ó exploraci n”ó . TERCERO: Que consta de los antecedentes allegados a la solicitud que se han cumplido con todos los tr mites que se ala la ley y que el informe delá ñ Servicio Nacional de Geolog a y Miner a de Chile es favorable al peticionario.í í Y vistos, adem s, lo dispuesto en los art culos 34 a 58, 86 y siguientes delá í C digo de Miner a, art culos 13 y siguientes del Reglamento del C digo de Miner a,ó í í ó í y art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,

Fallo

SE RESUELVE:í ó I.- Que SE APRUEBA el plano de la concesi n de exploraci nó ó “ALBATROZ 7” acompa ado; yñ II.- Que SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESI N DEÓ EXPLORACI N “ALBATROZ 7”Ó , ya singularizada, a favor del peticionario ENGIE ENERG A CHILE S.A., Í Rol nico Tributario N° 88.006.900-4.Ú Extr ctese la presente sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en el art culoá í 90 del C digo de Miner a; publ quese dicho extracto; inscr base en el Registro deó í í í Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas respectivo y arch vese en dichoí registro, una copia del plano. El solicitante entregar al Servicio Nacional de Geolog a y Miner a copiaá í í autorizada de esta sentencia y el original del plano. En su oportunidad se archivará copia del plano de la concesi n conforme al art culo 42 del Reglamento del C digoó í ó de Miner a.í An tese, reg strese, notif quese, y arch vese, en su oportunidad.ó í í í Habi ndose firmado la presente sentencia con firma electr nica avanzada,é ó obt ngase copia autorizada de la misma a trav s de la Oficina Judicial Virtual oé é del Portal del Poder Judicial. Rol V-25-2021 Resolvi don ó RODRIGO HERN N RIQUELME MENDOZAÁ , Juez Titular del Juzgado de Letras, Garant a y Familia de Calbuco.í Certifico: Que, con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 162 del C digo de Procedimiento Civil. Calbuco, treinta y uno deí ó diciembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ve

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NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Calbuco CAUSA ROL : V-25-2021 CARATULADO : ENGIE ENERG A CHILE S.A./Í Calbuco, treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 14 de mayo de 2021, se present ante este Tribunal Manueló Ponce Delgado, chileno, soltero, abogado, c dula de identidad N°é 15.801.522-6, en representaci n de ó ENGIE ENERG A CHILE S.A.,Í soc

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